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Preguntas SEGURIDAD VIAL (Temas 36, 37 y 38)

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Unido
4 Sep 2013
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Yo pienso que estos temas nuevos se podrían unificar en uno, por que básicamente es todo lo mismo, en fin...
Ahí va una pregunta:

-¿Quién tiene la competencia de las bajas temporales de los vehículos?
a)Ministerio de Industria.
b)Ministerio del Interior.
c)A nadie, puesto que no es una baja definitiva.
 
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5 Ago 2015
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Es que es un EPI y un equipo de dotacion del vehiculo policial. Yo vería la coherencia de las otras dos respuestas por si me dan una pista y casi lo más seguro que contestaría que es un EPI. Me fiaría de mis apuntes y aparte pienso que la función del chaleco reflectante es hacerte ver y en definitiva protegerte.
El chaleco reflectante entra en los dos términos es un EPI y es un elemento de equipo de dotación del vehículo. Un chaleco es un elemento individual no colectivo. Los triángulos es un elemento del equipo de dotación del vehículo y EPC (equipo de protección colectiva)
Estáis mezclando dos concepto que son completamente diferentes.
En el mío viene como que forma parte del equipo de dotación del vehículo policial, quedando por tanto excluido de ser un EPI.
Gracias chicos!!:oops:
 
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2 Feb 2009
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Yo pienso que estos temas nuevos se podrían unificar en uno, por que básicamente es todo lo mismo, en fin...
Ahí va una pregunta:

-¿Quién tiene la competencia de las bajas temporales de los vehículos?
a)Ministerio de Industria.
b)Ministerio del Interior.
c)A nadie, puesto que no es una baja definitiva.

Yo diría que la B si es en relaccion con los vehiculos policiales...

Es B, Ministerio del Interior a través del Organismo Autónomo de la Jefetura Central de Tráfico (Dirección General de Tráfico) y sin que necesariamente sean vehículos policiales.
 
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4 Sep 2013
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Yo pienso que estos temas nuevos se podrían unificar en uno, por que básicamente es todo lo mismo, en fin...
Ahí va una pregunta:

-¿Quién tiene la competencia de las bajas temporales de los vehículos?
a)Ministerio de Industria.
b)Ministerio del Interior.
c)A nadie, puesto que no es una baja definitiva.

Pues sí, es la B, y como bien dice @Omix_84 es indiferente de qué vehículo se trate y el tipo de baja que sea. Muy bien chaponcetes:D:D
 
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2 Feb 2009
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Ya que estamos de aquí tengo yo una duda. Y es que sobre la autorización del personal exterior/ajeno al CNP según qué temario pone una cosa u otra y no sé si es que hilo muy fino o que, pero me raya:

Decuma:
El personal AJENO al CNP solo podrá conducir vehículos POLICIALES cuando exista autorización expresa y nominal firmada por el jefe del Área de Automoción.

OCS:
Para el personal EXTERNO al CNP que haga uso de vehículos OFICIALES resulta imprescindible la autorización del director general de la Policía, cuya expedición la efectúa el Área de Automoción, por delegación del propio director.

¿Es lo mismo dicho de formas diferentes? Me lía lo de las autorizaciones.
 
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21 Dic 2011
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Ya que estamos de aquí tengo yo una duda. Y es que sobre la autorización del personal exterior/ajeno al CNP según qué temario pone una cosa u otra y no sé si es que hilo muy fino o que, pero me raya:

Decuma:
El personal AJENO al CNP solo podrá conducir vehículos POLICIALES cuando exista autorización expresa y nominal firmada por el jefe del Área de Automoción.

OCS:
Para el personal EXTERNO al CNP que haga uso de vehículos OFICIALES resulta imprescindible la autorización del director general de la Policía, cuya expedición la efectúa el Área de Automoción, por delegación del propio director.

¿Es lo mismo dicho de formas diferentes? Me lía lo de las autorizaciones.
Yo entiendo que la competencia para dar esa autorización es del director general de la Policía, que la delega en jefe de Área de Automoción.
 
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8 Ago 2015
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Entonces si desaparece el BTP, qué permiso será válido para llevar un vehículo de servicios públicos de menos de 3500kg.?
 
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6 Oct 2015
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Os dejo otra pregunta por aquí:

-Para conducir vehículos oficiales del CNP es necesario estar en posesión de :
A) Permiso BTP B)Permiso BTP+B
C)Permiso de conducción para vehículos policiales, expedido por el área de automoción
D)Las opciones A y C son correctas
 
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Fran88

POLICÍA
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20 Jun 2015
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Os dejo otra pregunta por aquí:

-Para conducir vehículos oficiales del CNP es necesario estar en posesión de :
A) Permiso BTP B)Permiso BTP+B
C)Permiso de conducción para vehículos policiales, expedido por el área de automoción
D)Las opciones A y C son correctas
C
 
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4 Sep 2013
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Os dejo otra pregunta por aquí:

-Para conducir vehículos oficiales del CNP es necesario estar en posesión de :
A) Permiso BTP B)Permiso BTP+B
C)Permiso de conducción para vehículos policiales, expedido por el área de automoción
D)Las opciones A y C son correctas

D
 
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8 Mayo 2015
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Os dejo otra pregunta por aquí:

-Para conducir vehículos oficiales del CNP es necesario estar en posesión de :
A) Permiso BTP B)Permiso BTP+B
C)Permiso de conducción para vehículos policiales, expedido por el área de automoción
D)Las opciones A y C son correctas
D
 
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31 Oct 2012
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Os dejo otra pregunta por aquí:

-Para conducir vehículos oficiales del CNP es necesario estar en posesión de :
A) Permiso BTP B)Permiso BTP+B
C)Permiso de conducción para vehículos policiales, expedido por el área de automoción
D)Las opciones A y C son correctas
C
 
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6 Oct 2015
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En la academia han dado buena D, pero tengo una pregunta a ver si me podéis aclarar. Si por ejemplo llevas el coche a un taller, ¿El mecánico, lo probaría y al no estar en carácter de urgencia, podría probarlo con el permiso B?
¿¿U obligatoriamente es B+BTP y permiso de vehículos policiales expedido por al área a automoción??
 
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19 Jul 2015
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Os dejo otra pregunta por aquí:

-Para conducir vehículos oficiales del CNP es necesario estar en posesión de :
A) Permiso BTP B)Permiso BTP+B
C)Permiso de conducción para vehículos policiales, expedido por el área de automoción
D)Las opciones A y C son correctas
Tiro de memoria e igual me equivocó,¿no había una posibilidad que sin pertenecer al CNP se podía conducir vehículos del cuerpo,pero previa autorización cuya duración no podía superar un año?

Es decir,si sólo es autorización y existe yo diría que siempre como mínimo deberías de tener el B+BTP, que sin el B no puedes conducir y a día de hoy te hce falta también el btp

Repito me suena,igual estoy totalmente equivocado jajaja
 
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