Por último, como bien dice el EBEP en su artículo 55.2 en cuanto al acceso al empleo público y adquisición de la relación de servicio
2. Las Administraciones Públicas, entidades y organismos a que se refiere el artículo 2 del presente Estatuto seleccionarán a su personal funcionario y laboral mediante procedimientos en los que se garanticen los principios constitucionales antes expresados, así como los establecidos a continuación:
a) Publicidad de las convocatorias y de sus bases.
b)
Transparencia.
c) Imparcialidad y profesionalidad de los miembros de los órganos de selección.
d) Independencia y discrecionalidad técnica en la actuación de los órganos de selección.
e) Adecuación entre el contenido de los procesos selectivos y las funciones o tareas a desarrollar.
f)
Agilidad, sin perjuicio de la objetividad, en los procesos de selección.
Además del principio de transparencia del cual ya he sugerido algo, insistiría también en el de agilidad, una unificación de las pruebas escritas por ejemplo, como se hace en la Guardia Civil y creo que también antiguamente en ésta misma
oposición, no es normal estar 6-8 meses haciendo pruebas, ya que éste principio no se cumple, se pueden hacer todas las pruebas escritas el mismo día, como se hace en la Guardia Civil...