2.- En cuanto a la plantilla... en la GC se hacen las pruebas escritas un sábado y el lunes cuelgan las plantillas para autocorregirse, y ya publicarán los resultados cuando hayan sido corregidos los
exámenes... en el
CNP nada de nada, si la plantilla de resultados la cuelgan el mismo día de las notas, y tampoco tiene ningún valor como prueba a la hora de reclamar, ¿para qué sirve?.
Acabo de leer este punto y voy a contar mi experiencia sobre esta convocatoria (2012):
Yo (imagino que otros tantos) he suspendido este año el temario con un 4,94 y orto con 7,9.
Mis puntuaciones reflejadas en policia.es son estas:
NÚMERO PREGUNTAS ACIERTOS FALLOS BLANCOS DOBLES NOTA
PARTE A) CONOCIMIENTOS 97 51 6 40 0 4,948
PARTE B) ORTOGRAFÍA 49 39 1 9 0 7,891
Hasta aquí todo correcto, hasta que una corazonada me hace repasar detenidamente mi copia de la plantilla, y para mi sorpresa y "alegría" cuento 52 ACIERTOS y NO 51, lo cual me daría el Apto con un 5,05. Decir que de las impugnaciones contesté 2 y 1 la dejé en blanco.
Repaso mil veces la copia, contando y contando, y nada que yo tengo 52 aciertos. Al día siguiente me dirijo urgentemente a la DFP, expongo mi problema y la secretaria me dice que haga un escrito, pido, a ser posible que me atienda un miembro del Tribunal, cosa que me lo niega rotundamente, como ya me lo esperaba, me dice que la única vía es hacer el escrito exponiendo el problema.
Hago el escrito, PIDIÉNDO UNA REVISIÓN DE LA CORRECCIÓN Y LA CONVOCATORIA A LAS RESTANTES PRUEBAS, hablo con ella, hace un breve comentario del tipo: "qué buena nota en ortografía" y "qué lástima haberme quedado tan cerca". Pone el sello oficial de la DFP en el escrito, me hace fotocopia y me comenta que si es favorable me citarían para continuar con el proceso, que me llamarían por teléfono. Añadir también, que me dijo que la corrección la hace una lectora, y que se nos dieron unas instrucciones para marcar correctamente, que lo más normal es que no hubiése marcado correctamente alguna casilla, la dije que bueno, que en ese caso me hicieran una corrección manual, y me dijo que eso ya NO ES ESTAR EN IGUALDAD DE CONDICIONES CON LOS RESTANTES OPOSITORES SUSPENDIDOS, la dije que no entendía el porqué, aquí zanjé la conversación, no quería meterme en discusiones absurdas.
A los pocos días recibo una CARTA (supuestamente era una llamada) diciéndome a "grosso modo" que para la próxima vez marqué mejor las casillas.
La contestación fue la siguiente:
En contestación a su solicitud, sobre revisión de
examen, se participa, que la corrección de las hojas A-9 de respuesta se realizan de forma mecanizada, mediante la utilización de una lectora óptica de marcas y el correspondiente programa informático, NO EFECTUÁNDOSE EN NINGÚN CASO LA CORRECCIÓN MANUAL. Dicha lectora registra todas las marcas realizadas por el opositor en la zona correspondiente.
Los datos de la lectora son los que se le facilitaron a través de internet con carácter personal.
En consecuencia, la no concordancia entre los datos que a usted le constan en su hoja autocopiativa (copia amarilla), y los resultados publicados por el Acuerdo del Tribunal Calificador,
son consecuencia de no haber cumplimentado de manera correcta la hoja A-9 conforme a las instrucciones impartidas tanto en la explicación del desarrollo de la prueba como en las reflejadas en la propia hoja de respuestas.
Esa fue la maravillosa pronunciación de nuestros "amigos" de la DFP.
En la convocatoria de la Escala Ejecutiva han añadido lo siguiente:
6.3 Corrección de la/s hoja/s de respuestas normalizadas.
Los resultados obtenidos en las pruebas en las que se utilicen hojas de respuestas
normalizadas, corresponderán con la lectura automatizada que se realizará con una
lectora óptica de datos aplicada a la/s hoja/s de respuestas de cada opositor.
Para cumplimentar los datos y responder a las pruebas, el opositor deberá rellenar el
círculo correspondiente, con bolígrafo azul o negro, tal y como se le indicará tanto en la
lectura de las instrucciones como en las que figuran en el reverso de la propia hoja de
respuestas normalizadas.
La posibilidad de no concordancia entre los datos que le constarán al opositor en la
hoja autocopiativa de su
examen (copia amarilla), y los resultados que se publicarán por
Acuerdo del Tribunal Calificador, serán consecuencia de no haber cumplimentado de
manera correcta, y conforme a las instrucciones impartidas, la referida hoja de repuestas.
Esta ha sido mi gran experiencia, 5º año de mi vida tirado a la basura.