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- 11 Feb 2013
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Será antes de finalizar instancias no?Yo pagué tasas antes de finalizar el plazo de la convocatoria ya que se comento algo en el foro y por si acaso así lo hice

Será antes de finalizar instancias no?Yo pagué tasas antes de finalizar el plazo de la convocatoria ya que se comento algo en el foro y por si acaso así lo hice

Exacto perdón compiSerá antes de finalizar instancias no?

16 mayo finalisima eindhoven eterno puerta 16 jejejeLa familia no se abandona así que lo primero fuerza para los que habéis caído.
Entrevista 16 de mayo, se me va a hacer eterno. Quién lo diría.

Esto no lo creo, debido principalmente a dos cuestiones.
El certificado anterior a fecha de instancias, es un certificado acreditativo, con lo cual nos olvidamos de que tenga que ser anterior, la obtención del curso en cuestión de equivalencia obviamente sí.
Por otra parte en la página del MECD http://www.mecd.gob.es/servicios-al...sitarios/titulos-espanoles/equivalencias.html no encontramos entre líneas con esto:
"Las equivalencias reconocidas de manera específica en disposiciones legales, no necesitan de resolución individualizada, ya que la propia normativa determina la equivalencia de sus efectos."
Hablo desde la ignorancia.
Un saludo.
Quizá no vaya aquí, pero ayudará a alguno que esta perdido respecto a lo del bachiller y la equivalencia en cuanto a la prueba de acceso a CFS, es la respuesta que me ha dado la Consejería de Educación de mi CCAA.
"Conforme a lo que nos indica en su correo, entendemos que el documento obtenido por Vd. en la Secretaría del instituto es una CERTIFICACIÓN (PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS – GRADO SUPERIOR), en la que consta como “Apto”.
Conforme a ello, le indicamos:
1) La equivalencia está recogida en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio (BOE nº 146, de 17 de junio de 2009), que le adjuntamos. La citada Orden recoge, en el artículo 4, apartado 1, que “la superación de la prueba de acceso a la formación profesional de grado superior (…) será equivalente al título de Bachiller, a los únicos efectos de acceso a empleos públicos y privados, siempre que se acredite estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente académico”
2) Asimismo, el artículo 5 de la mencionada Orden establece, con relación a la ACREDITACIÓN, que la presentación del título o de la certificación académica de los estudios o pruebas requeridos en cada caso y la mención a esta orden, será suficiente para la acreditación de la equivalencia, sin necesidad de otro trámite administrativo.
Así pues, en el momento de exhibir la CERTIFICACIÓN (PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS – GRADO SUPERIOR), en la que consta como “Apto”, y su título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente académico, se aconseja aportar un escrito donde usted haga mención a la Orden y en el que cite lo expresado en los apartados 1 y 2 que le hemos indicado. Asimismo, aunque redundante, también es aconsejable presentar una copia de la Orden donde Vd. haya subrayado los artículos citados".
En resumen, lo que pone en las bases, en el apartado de acreditación de requisitos o estudios.

Tal cual.
Este mensaje lo explica perfectamente:
Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Artículo 5. Acreditación.
Excepto para las equivalencias establecidas en el punto 4 del artículo 3, la presentación del título o de la certificación académica de los estudios o pruebas requeridos en cada caso y la mención a esta orden, será suficiente para la acreditación de la equivalencia con el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o el título de Bachiller, sin necesidad de otro trámite administrativo.
+ info en 1.º mensaje de este hilo: http://www.todopolicia.com/foro/threads/requisito-de-bachiller-equivalentes-en-la-1º-página.9757/

No me he enterado muy bien, he ido al hilo último que has puesto y ahí está el hilo para las equivalencias u no se abre que puedo buscarlos por internet claro está, pero mi duda es que no entiendo nada de lo que has puesto jaja, tengo que ir algún lado para que me den la orden esa de equivalencia? O con imprimirla me vale... gracias


Además de que no sé el motivo de inventar nada. Cada uno es lo que ha vivido.Los que preguntáis sobre poner en el cv trabajos en negro, ya sabéis que es ilegal y queréis ser policías, por muy normal que sea, lamentablemente, son cosas que no debería consentir ni hacer alguien con este objetivo. Y esto lo piensa el tribunal.

Creo que es peor decir que te has pegado 7 años tirado en el sofaLos que preguntáis sobre poner en el cv trabajos en negro, ya sabéis que es ilegal y queréis ser policías, por muy normal que sea, lamentablemente, son cosas que no debería consentir ni hacer alguien con este objetivo. Y esto lo piensa el tribunal.

Mucho ánimo compañero. En el RM ya te dijeron algo sobre la audición, te repitieron la prueba?Por aquí no apto según cuadro de exclusiones 4.2 (pérdida auditiva). Creo que esto no tiene solución, por lo que no sé si voy a recurrir o a tirar la toalla. Estoy con la moral por tierra.
Enhorabuena a los aptos, aunque escribo muy poco en este foro, os seguiré leyendo. Mucha suerte en la entrevista y los psicos que ya os queda poco para entrar en la ENP.
Un saludo.

Tú que prefieres un tío que no haya trabajado y no sabes qué ha estado haciendo en unos años o a un mentiroso? La mentira solo va en contra en la entrevista y te lo digo por experiencia.Creo que es peor decir que te has pegado 7 años tirado en el sofa

No no, si yo no digo que no haya trabajado, si no que haya trabajado sin contrato. Obviamente el que se invente un trabajo ojalá lo pillenTú que prefieres un tío que no haya trabajado y no sabes qué ha estado haciendo en unos años o a un mentiroso? La mentira solo va en contra en la entrevista y te lo digo por experiencia.

Al final el que ha trabajado sin contrato ha colaborado en un delito, por lo tanto... das a entender que no estas del todo en la parte correcta.No no, si yo no digo que no haya trabajado, si no que haya trabajado sin contrato. Obviamente el que se invente un trabajo ojalá lo pillen

La vida laboral es información confidencial y solo puede ser consultada de forma personalísima, no creo que vayan a saltarse la legalidad.Enhorabuena a todos los aptos y mucho ánimo a los caídos. Una duda, q¿uiénes habéis estado trabajando en negro lo vais a omitir en el currículum, o lo vais a reflejar?, con el riesgo de que lo contrasten.

A ver si crees que la gente trabaja sin contrato por gusto... Que también los habrá porque sean unos piratas... Pero a quien no le queda más remedio que aceptar un trabajo en negro porque no sale otra cosa... Entonces dices que mienta?Al final el que ha trabajado sin contrato ha colaborado en un delito, por lo tanto... das a entender que no estas del todo en la parte correcta.

Yo no entro en la necesidad de nadie en trabajar sin contrato, solo digo que el día de mañana vas a tener que investigar actitudes iguales a esas. Y no tiene mucha ética saltarse la ley y ser policía, aun teniendo razones sólidas para hacerlo.A ver si crees que la gente trabaja sin contrato por gusto... Que también los habrá porque sean unos piratas... Pero a quien no le queda más remedio que aceptar un trabajo en negro porque no sale otra cosa... Entonces dices que mienta?