Re: PREGUNTAS A.G.E. Y FUNCIONARIOS PÚBLICOS (Temas 5 y 6)
Javyh dijo:
¿Por cierto de dónde lo habéis sacado? Yo no lo tengo en mis apuntes.
yo lo tengo de MAD y viene así:
2.3. FUNCIONARIOS INTERINOS
En cuanto a los funcionarios interinos dice que son: “los que, por razones expresamente justificadas de necesidad y urgencia, son nombrados como tales para el desempeño de funciones propias de funcionarios de carrera, cuando se dé alguna de las siguientes circunstancias”:
a) La existencia de plazas vacantes cuando no sea posible su cobertura por funcionarios de carrera. Estas plazas desempeñadas por funcionarios interinos deberán incluirse en la oferta de empleo correspondiente al ejercicio en que se produce su nombramiento y, si no fuera posible, en la siguiente, salvo que se decida su amortización.
b) La sustitución transitoria de los titulares.
c) La ejecución de programas de carácter temporal.
d) El exceso o acumulación de tareas por plazo máximo de seis meses, dentro de un período de doce meses.
La selección de funcionarios interinos habrá de realizarse mediante procedimientos ágilesque respetarán en todo caso los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.
El cese de los funcionarios interinos se producirá cuando finalice la causa que dio lugar a su nombramiento (además de por las previstas en el artículo 63 que veremos más adelante).
A los funcionarios interinos les será aplicable, en cuanto sea adecuado a la naturalezade su condición, el régimen general de los funcionarios de carrera.
No se procederá al nombramiento de funcionarios interinos, salvo casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables, con autorización conjunta de los Ministerios de la Presidencia y el Ministerio de Economía y Hacienda.