Re: PREGUNTAS A.G.E. Y FUNCIONARIOS PÚBLICOS (Temas 5 y 6)
En ese caso la Ley diría "del titular del departamento del que dependan" y no "del titular del Departamento", que es el Ministro, con Departamento la Ley se refiere solamente al Ministerio, además, los demás órganos son departamentos, pero con d minúscula, y no mayúscula, puesto que se refiere única y exclusivamente al Ministerio. Algunas referencias:
Artículo 2 de la Ley del Gobierno
2. En todo caso, corresponde al Presidente del Gobierno:
j. Crear, modificar y suprimir, por Real Decreto,
los Departamentos Ministeriales, así como las Secretarías de Estado. Asimismo, le corresponde la aprobación de la estructura orgánica de la Presidencia del Gobierno.
Si las Secretarías de Estado fueran "Departamento" no se especificarían aparte.
Artículo 8 de la Ley del Gobierno
1. La Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios estará integrada por los titulares de las Secretarías de Estado y por los Subsecretarios de los distintos Departamentos Ministeriales.
Clara referencia a que los Departamentos Ministeriales son los Ministerios, puesto que las Subsecretarías solamente pueden depender de las Secretarías de Estado y de los Ministros.
Y un ejemplo práctico:
El Consejo de Ministros ha aprobado hoy el nombramiento de Jaime Suárez Pérez-Lucas nuevo
director general de Energía
a propuesta del ministro de Industria, Energía y Turismo, José Manuel Soria.
http://www.minetur.gob.es/es-ES/Gabinet ... ergia.aspx