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- 26 Sep 2013
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Buscando en el codigo civil no veo que discrimine entre forma de adquisición derivativa u originaria.
Solo habla de españoles de origen y resto en el art. 17
Con esto quiero decir que si no está por escrito en la ley, igual lo importante es que los adoptados son españoles de origen y ya esta.
Valga que estoy con el movil y no da para profundizar mucho más...
Solo habla de españoles de origen y resto en el art. 17
Con esto quiero decir que si no está por escrito en la ley, igual lo importante es que los adoptados son españoles de origen y ya esta.
Valga que estoy con el movil y no da para profundizar mucho más...




