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Preguntas DERECHO (temas 1, 15 y 16)

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Unido
8 Mayo 2012
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cerrato dijo:
Si, opino igual.

¿Cómo está protegido el derecho a la objeción de conciencia?
a. se puede recurrir ante la jurisdicción ordinaria, por el recurso de amparo o mediante recurso de
inconstitucionalidad
b. tan solo se puede recurrir su protección ante la jurisdicción ordinaria
c. tanto por el recurso de amparo como por el recurso de inconstitucionalidad

exprimiendo el articulo 53, es verdad que no dice nada de que el artículo 30 se pueda recurrir ante la jurisdicción ordinaria pero eso realmente es así?

Por un lado tenemos la vulneración del derecho en sí. Los tipos de recurso que podrían aplicarse los tenemos en el artículo 53.2, que lo incluye dentro de la jurisdicción ordinaria y recurso de amparo en su caso (también recogido en el artículo 161.1.b).

Por otro lado tenemos la inconstitucionalidad de la ley que desarrolle ese derecho. Ocurre cuando esa ley, o parte de su contenido, es inconstitucional, por lo que se tendría que acudir al recurso de inconstitucionalidad (artículo 161.1.a).

No especifica si se refiere a una u otra cosa, luego me decantaría por la a.
 
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8 Mayo 2012
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cabote dijo:
patrullero dijo:
TEMA 3. El Ministerio Fiscal ejerce sus funciones por medio de órganos propios pero estos órganos ¿conforme a qué principios realizan sus actividades?
a. principios de unidad de actuación y dependencia jerárquica
b. legalidad e imparcialidad
c. todos ellos

Aqui pones como correcta la A,no sería la c,todos ellos.

Es correcta.

para ser C debería decir sujeta a qué principios.

No es lo mismo conforme que sujeta.

No estoy de acuerdo.

El artículo especifica: El Ministerio Fiscal ejerce (aquí está la cuestión, los ejerce todos los que nombra) sus funciones por medio de órganos propios conforme a (de nuevo, los incluye a todos) los principios de unidad de actuación y dependencia jerárquica y con sujeción (los ejerce con sujeción a...), en todo caso, a los de legalidad e imparcialidad.

Yo los elegiría todos.
 
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12 Nov 2011
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conforme y sujeto no es lo mismoa efectos de test, hay cientos de test con esas preguntas y todos dan como válidas lo mismo.

Pero vamos que cada uno es libre de marcar lo que quiera como correcto.

Para mí la A es correcta.
 
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22 Jul 2008
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En las penas pecuniarias de personas jurídicas la extensión máxima es de 5000 o 3000€ ?
 
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12 Nov 2012
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morató dijo:
En las penas pecuniarias de personas jurídicas la extensión máxima es de 5000 o 3000€ ?




SECCIÓN 4

De la pena de multa

Artículo 50.4. La cuota diaria tendrá un mínimo de dos y un máximo de 400 euros, excepto en el caso de las multas imponibles a las personas jurídicas, en las que la cuota diaria tendrá un mínimo de 30 y un máximo de 5.000 euros. A efectos de cómputo, cuando se fije la duración por meses o por años, se entenderá que los meses son de treinta días y los años de trescientos sesenta.


Fuente: http://noticias.juridicas.com/base_dato ... .l1t3.html
 
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12 Abr 2012
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TEMA 3. El Ministerio Fiscal ejerce sus funciones por medio de órganos propios pero estos órganos ¿conforme a qué principios realizan sus actividades?
a. principios de unidad de actuación y dependencia jerárquica
b. legalidad e imparcialidad
c. todos ellos

Vamos a hacer una aproximación por partes:

http://www.fiscal.es/El-Ministerio-Fisc ... enidoFinal

Bajo los principios de legalidad e imparcialidad, el Ministerio Fiscal ejerce sus funciones en las áreas que le señalan su norma reguladora y el ordenamiento jurídico estatal.

Según su propia web el ministerio fiscal declara que es bajo los principios de legalidad e imparcialidad.

Pero no nos quedemos con eso pues es una "bonita web" que no tiene el peso que tiene el Estatuto del Ministerio Fiscal:

http://noticias.juridicas.com/base_dato ... t1.html#t1

Artículo segundo
Uno. El Ministerio Fiscal es un órgano de relevancia constitucional con personalidad jurídica propia, integrado con autonomía funcional en el Poder Judicial, y ejerce su misión por medio de órganos propios, conforme a los principios de unidad de actuación y dependencia jerárquica y con sujeción, en todo caso, a los de legalidad e imparcialidad.

Ahora si que la hemos liado, según su web es solo legalidad e imparcialidad y en el estatuto PARECE dar a entender otra cosa, pero leamos bien el enunciado.

La pregunta nos dice: El Ministerio Fiscal ejerce sus funciones por medio de órganos propios pero estos órganos ¿conforme a qué principios realizan sus actividades?

Es decir la pregunta NO es bajo que principios realiza su actividad el Ministerio Fiscal, es bajo que principios lo hacen los órganos dependientes del ministerio Fiscal.

Así pues la respuesta correcta es C. Los distintos órganos del ministerio Fiscal se rigen por la unidad de actuación y la dependencia jerárquica, es decir que se coordinan entre ellos y se reparten el trabajo, y existe una estructura jerárquica que los organiza, y como están debajo de ministerio fiscal también les afectan los principios de este.

Sin embargo, si preguntasen SOLO por el Ministerio Fiscal, la respuesta seria B, pues son los principios de ministerio, no los de sus organismos.

Para resumir, el ministerio Fiscal tiene unos principios más generales y los organismos tienen unos más específicos, pero cumpliendo los generales del ministerio Fiscal.

No sé si me he explicado.
 
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Hirban

POLICÍA
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13 Nov 2011
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He estado buscando alguna respuesta a mi pregunta en base al esto:

(Art 24.3 del Cc) Los que habiendo nacido y residiendo en el extranjero ostenten la nacionalidad española por ser hijos de padre o madre españoles, también nacidos en el extranjero, cuando las leyes del país donde residan les atribuyan la nacionalidad del mismo, perderán, en todo caso, la nacionalidad española si no declaran su voluntad de conservarla ante el encargado del Registro Civil en el plazo de tres años, a contar desde su mayoría de edad o emancipación.

La cuestión está en lo que he indicado en negrita. Esta persona, española, por ¿Ius Sanguinis? (no sé si estoy en lo cierto) puede perder la nacionalidad española si el país en el que reside le da otra nacionalidad y no declara la voluntad de conservarla en el plazo de 3 años.
Bien,... la pregunta es la siguiente: ¿qué diferencia hay entre que una persona haya adquirido la nacionalidad porque sus padres son españoles nacidos en España y entre que hayan nacido en el extranjero? ¿A qué se refiere este artículo, acaso quiere dar una excepción o algo?
Espero que me ayudéis, puede ser algo muy fácil, pero no le veo claridad a este tema.
 
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21 Oct 2012
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creo que es porque si tu padre o madre ha nacido en españa, tienes nacionalidad española originaria por filiación (ius sanguinis), o sea español de "pura cepa".
Con el art. 24.3 del Código Civil, los españoles que habiendo nacido y residiendo en el extranjero ostenten la nacionalidad española por ser hijos de padre o madre españoles, también nacidos en el extranjero, perderán la nacionalidad española si no declaran su voluntad de conservar la nacionalidad española ante el Encargado del Registro Civil del Consulado General en el plazo de tres años a contar desde su mayoría de edad o emancipación; es decir, antes de cumplir 21 años de edad.
 
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31 Ene 2013
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No sé para que me meto a ver estas preguntas porque lo único que hago es liarme la cabeza... jajajaja que si sujeto, conforme que si la ley dice con sujeción y no con arreglo a.... y luego el día del examen es pregunta y respuesta así de fácil, pero oye que me encanta que es como la rutina del opositor.
 
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7 Oct 2013
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Hirban dijo:
He estado buscando alguna respuesta a mi pregunta en base al esto:

(Art 24.3 del Cc) Los que habiendo nacido y residiendo en el extranjero ostenten la nacionalidad española por ser hijos de padre o madre españoles, también nacidos en el extranjero, cuando las leyes del país donde residan les atribuyan la nacionalidad del mismo, perderán, en todo caso, la nacionalidad española si no declaran su voluntad de conservarla ante el encargado del Registro Civil en el plazo de tres años, a contar desde su mayoría de edad o emancipación.

La cuestión está en lo que he indicado en negrita. Esta persona, española, por ¿Ius Sanguinis? (no sé si estoy en lo cierto) puede perder la nacionalidad española si el país en el que reside le da otra nacionalidad y no declara la voluntad de conservarla en el plazo de 3 años.
Bien,... la pregunta es la siguiente: ¿qué diferencia hay entre que una persona haya adquirido la nacionalidad porque sus padres son españoles nacidos en España y entre que hayan nacido en el extranjero? ¿A qué se refiere este artículo, acaso quiere dar una excepción o algo?
Espero que me ayudéis, puede ser algo muy fácil, pero no le veo claridad a este tema.

A ver si te la puedo aclarar: ( Basados en hechos no reales... :D )

Mi abuelo, español de nacimiento, emigró a Nueva Zelanda en 1940. Allí nació mi padre en 1960, neozelandés de nacimiento y español por Ius Sanguinis. Ahora bien, yo nazco en 1990 en Nueva Zelanda de padres españoles, no nacidos en España. Es decir, yo tendría hasta los 21 años o hasta 3 años después de emanciparme para hacer constar que quiero seguir manteniendo mi nacionalidad española, si no lo hago, automáticamente la perdería.

Espero haber sido claro con el ejemplo.

Un saludo.
 
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Hirban

POLICÍA
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13 Nov 2011
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Eres un máquina, compañero. Alto y claro.
Tan fácil como eso.... muchas gracias por el ejemplo, me ha venido estupendo!!! :ok:
 
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30 Mayo 2013
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Yo tambien tenia dudas con esto pero con este ejemplo se me queda clarisimo,gracias!

Enviado desde mi GT-S5830 usando Tapatalk 2
 
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Unido
22 Oct 2011
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1
hola que tal, no se si colgar esto aquí o en otro lado. Pero bueno... he decidido colgarlo aquí para que la gente vaya refrescando preguntas del temario y le de por pensar! Hoy en un grupo de wasap que tengo con los de mi academia uno a puesto una pregunta. La cuelgo aquí a ver que pensáis vosotros que es la respuesta correcta.

el hijo de un matrimonio diplomados ingleses a efectos de trabajo en un consulado extranjero que reside en españa, tiene un hijo en territorio español, que nacionalidad le atribuirían a su hijo sabiendo que su madre fue originariamente española.

a) la española por ius sanguinis
b) la española por ius soli
c) no tiene opción a optar


yo creo que ninguna es correcta.....
 
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Adri GG

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2 Dic 2011
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santidiaz dijo:
hola que tal, no se si colgar esto aquí o en otro lado. Pero bueno... he decidido colgarlo aquí para que la gente vaya refrescando preguntas del temario y le de por pensar! Hoy en un grupo de wasap que tengo con los de mi academia uno a puesto una pregunta. La cuelgo aquí a ver que pensáis vosotros que es la respuesta correcta.

el hijo de un matrimonio diplomados ingleses a efectos de trabajo en un consulado extranjero que reside en españa, tiene un hijo en territorio español, que nacionalidad le atribuirían a su hijo sabiendo que su madre fue originariamente española.

a) la española por ius sanguinis
b) la española por ius soli
c) no tiene opción a optar


yo creo que ninguna es correcta.....
Si su madre es española de origen el hijo también será español, otra cosa es que después tenga doble nacionalidad, pero español será.
 
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21 Sep 2011
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santidiaz dijo:
hola que tal, no se si colgar esto aquí o en otro lado. Pero bueno... he decidido colgarlo aquí para que la gente vaya refrescando preguntas del temario y le de por pensar! Hoy en un grupo de wasap que tengo con los de mi academia uno a puesto una pregunta. La cuelgo aquí a ver que pensáis vosotros que es la respuesta correcta.

el hijo de un matrimonio diplomados ingleses a efectos de trabajo en un consulado extranjero que reside en españa, tiene un hijo en territorio español, que nacionalidad le atribuirían a su hijo sabiendo que su madre fue originariamente española.

a) la española por ius sanguinis
b) la española por ius soli
c) no tiene opción a optar


yo creo que ninguna es correcta.....


Debería ser la a no?
 
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21 Oct 2012
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si la madre es española de nacimiento, es ius sanguinis.
si la madre es española, pero no lo es de nacimiento (ha nacido en otro lugar que no es españa), el niño es español y tendrá hasta los veintiún años (tres años después de la mayoría de edad), para ir al registro civil y declarar que quiere mantener la nacionalidad española.
 
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14 Dic 2011
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Yo creo que la respuesta correcta es la c) (No tiene derecho a optar)

Español por ius sanguini no puede ser pues ninguno de los padres es español, y por ius soli tampoco puede ser pues se exceptúan los hijos de diplomáticos acreditados en España.

Para poder optar, el padre o la madre deben haber sido originariamente españoles y "nacidos en España", requisito este último que en ningún momento nos aclara la pregunta, por lo que, la más correcta sería en mi opinión c)
 
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