
tati22
POLICÍA
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Tranquila mujer, si no pasa nada, estamos aqui todos para ayudarnos, o intentarlotati22 dijo:Cierto fenix,jstamente me perdí ese mensaje,gracias chic@s,menudo jaleo me monté yo sola!


Si te refieres al codigo civil yo creo que tras la modificación que hubo ,es la ecléctica,que combina nacimiento y concepción no?a ver que opinan los demás.cabote dijo:¿Rige la teoría de la viabilidad o la de la concepción? porque civilmente se le protege desde antes de nacer por ejemplo en los temas de herencia, y penalmente igual con el aborto.












Y entonces lo de reconocer derechos al concebido ?? :?arnold92 dijo:si estamos hablando de aparición de la personalidad, se produce en el nacimiento y actualmente no se requiere ninguna otra circunstancia, por lo tanto, la actual teoria que rige el código civil español sobre la determinación de la personalidad es la del nacimiento. En el anterior era viabilidad, porque? porque aparte de estar nacido se pedían aptitud para seguir viviendo, concretamente que tuviere figura humana y viviere 24h desprendido del seno materno, lo entendeis? :S



Ok,no sé porque me obcequé con eso :lol:arnold92 dijo:es una protección hecha al ''nasciturus'' pero no tiene NADA que ver con la determinación de la personalidad, que me reitero en lo dicho..
Artículo 30.
La personalidad se adquiere en el momento del nacimiento con vida, una vez producido el entero desprendimiento del seno materno.
= teoría del nacimiento.

cabote dijo:De acuerdo en lo de la personalidad pero lo de los derechos del concebido en lo civil ya me descoloca.
Y penalmente si se le defiende desde antes de nacer parece claro que rige la teoría de la concepción.