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Preguntas DERECHO (temas 1, 15 y 16)

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12 Nov 2011
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¿Rige la teoría de la viabilidad o la de la concepción? porque civilmente se le protege desde antes de nacer por ejemplo en los temas de herencia, y penalmente igual con el aborto.
 
cabote dijo:
¿Rige la teoría de la viabilidad o la de la concepción? porque civilmente se le protege desde antes de nacer por ejemplo en los temas de herencia, y penalmente igual con el aborto.
Si te refieres al codigo civil yo creo que tras la modificación que hubo ,es la ecléctica,que combina nacimiento y concepción no?a ver que opinan los demás.
 
Tengo entendido que lo que ha cambiado ha sido la de la viabilidad que al quitar lo de las 24h se queda igual que la del nacimiento, por lo que se dice que se da la teoria del nacimiento cuando el feto sale del seno materno ( ha nacido) y la teoria de la viabilidad se determina cuando se corta el cordon umbilical ( si cortas y el feto se queda vivo, pues como que es viable).

PD: espero haberos aclarado :wink:
 
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12 Nov 2011
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Con lo que me habeís dicho ya me había enterado hasta que he visto en unos apuntes de clase que me han dejado lo siguiente:

"Coinciden C.C y C.P en la teoría de la concepción porque civilmente se le protege desde el principio aunque no llegue a nacer como puede ser a efectos de una herencia"
 
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1 Mar 2012
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Eso de la herencia se refiere al art 29;

Artículo 29.

El nacimiento determina la personalidad; pero el concebido se tiene por nacido para todos los efectos que le sean favorables , siempre que nazca con las condiciones que expresa el artículo siguiente.

Artículo 30.

La personalidad se adquiere en el momento del nacimiento con vida, una vez producido el entero desprendimiento del seno materno.
 
Yo no se si estoy muy de acuerdo con lo del nacimiento,hablando del codigo civil,si se le reconocen derechos al concebido..entiendo que es una mezcla de la de concepción(art29cc)y del nacimiento(art30cc) no?
Teoría ecléctica:sostiene que la personalidad comienza en el nacimiento8art 30) si bien debe reconocerse una serie de derechos al concebido(art29)
 
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1 Mar 2012
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si estamos hablando de aparición de la personalidad, se produce en el nacimiento y actualmente no se requiere ninguna otra circunstancia, por lo tanto, la actual teoria que rige el código civil español sobre la determinación de la personalidad es la del nacimiento. En el anterior era viabilidad, porque? porque aparte de estar nacido se pedían aptitud para seguir viviendo, concretamente que tuviere figura humana y viviere 24h desprendido del seno materno, lo entendeis? :S
 
arnold92 dijo:
si estamos hablando de aparición de la personalidad, se produce en el nacimiento y actualmente no se requiere ninguna otra circunstancia, por lo tanto, la actual teoria que rige el código civil español sobre la determinación de la personalidad es la del nacimiento. En el anterior era viabilidad, porque? porque aparte de estar nacido se pedían aptitud para seguir viviendo, concretamente que tuviere figura humana y viviere 24h desprendido del seno materno, lo entendeis? :S
Y entonces lo de reconocer derechos al concebido ?? :?
 
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1 Mar 2012
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es una protección hecha al ''nasciturus'' pero no tiene NADA que ver con la determinación de la personalidad, que me reitero en lo dicho..

Artículo 30.

La personalidad se adquiere en el momento del nacimiento con vida, una vez producido el entero desprendimiento del seno materno.



= teoría del nacimiento.
 
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12 Nov 2011
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De acuerdo en lo de la personalidad pero lo de los derechos del concebido en lo civil ya me descoloca.

Y penalmente si se le defiende desde antes de nacer parece claro que rige la teoría de la concepción.
 
arnold92 dijo:
es una protección hecha al ''nasciturus'' pero no tiene NADA que ver con la determinación de la personalidad, que me reitero en lo dicho..

Artículo 30.

La personalidad se adquiere en el momento del nacimiento con vida, una vez producido el entero desprendimiento del seno materno.



= teoría del nacimiento.
Ok,no sé porque me obcequé con eso :lol:
:wink:
 
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1 Mar 2012
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cabote dijo:
De acuerdo en lo de la personalidad pero lo de los derechos del concebido en lo civil ya me descoloca.

Y penalmente si se le defiende desde antes de nacer parece claro que rige la teoría de la concepción.

no me suena ninguna pregunta con respecto a la teorias de la protección penal ni demás, simplemente se estudia las teorías para la determinación de la personalidad.
 
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