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Preguntas CONSTITUCIÓN (temas 2 y 3)

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Unido
31 Oct 2012
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Ahora una cosa, hay 350 diputados entre ellos los miembros del gobierno, se puede pedir una moción de censura a uno mismo.
Yo creo que eso de 10 mociones es imposible y falso. Ya que plantear la moción de censura a uno mismo, se llama "cuestión de confianza".
Otra cosa esa pregunta de donde ha salido? y da la correcta la C?
PD: De todas maneras si sale yo apuesto por A
 
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29 Oct 2011
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De poder se puede, pero lógicamente el mismo partido no va a plantear una moción contra su presidente.

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oskilla

POLICÍA
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6 Sep 2014
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Ahora una cosa, hay 350 diputados entre ellos los miembros del gobierno, se puede pedir una moción de censura a uno mismo.
Yo creo que eso de 10 mociones es imposible y falso. Ya que plantear la moción de censura a uno mismo, se llama "cuestión de confianza".
Otra cosa esa pregunta de donde ha salido? y da la correcta la C?
PD: De todas maneras si sale yo apuesto por A
Cuestión de confianza sería cuando la presenta el propio presidente del gobierno, pero 35 signatarios del mismo partido podrían presentar una moción de censura contra el presidente (no ocurrirá en la vida)
 
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13 Nov 2010
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Estais haciendo cabalas absurdas. Lo que ocurra o no ocurra en la practica da igual. Lo importante es lo que "puede ocurrir"y poder, puede.
 
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31 Oct 2012
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Pero, para que os salgan vuestras cuentas el presidente tendría que ser uno de los firmantes.
Quitando al presidente serían 349 diputados. Ya no salen las cuentas :D
 
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13 Nov 2010
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Granero... diputados... los diputados son los que la presentan...y los diputados no tienen que ser Ministros...ni Presidentes del Gobieno
 
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19 Sep 2011
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Como he dicho no puede ocurrir porque es una interpretación absurda de la ley, prohibida por la ciencia del Derecho que es fuente del ordenamiento jurírico, tenéis varias sentencias del TC donde se rechazan casos similares de interpretaciones absurdas de la CE. En Derecho no todo es ley y BOE como os pensáis, pero allá cada uno, tampoco voy a insistir más.
 
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13 Nov 2010
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La interpretacion absurda cual es? Que los diputados puedan ejercer su derecho a presentar mociones?
 
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13 Nov 2010
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A lo mejor es que no tienes claro lo que es una mocion de censura... porque la mocion de censura la plantea el Congreso y no el Gobierno...y repito los Diputados no tienen porque ser Ministros. Ese razonamiento de plantearsela "a si mismo" cae por su propio peso.
 
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31 Oct 2012
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A lo mejor es que no tienes claro lo que es una mocion de censura... porque la mocion de censura la plantea el Congreso y no el Gobierno...y repito los Diputados no tienen porque ser Ministros. Ese razonamiento de plantearsela "a si mismo" cae por su propio peso.
Lo tenía claro hasta que he visto esa pregunta y sus razonamientos de todos los compis, y yo solo me he hecho un lio. Ahora ya lo vuelvo a ver otra vez ;)
 
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13 Nov 2010
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Le decia a walter..pero si a ti tambien te ha valido, me alegro. [emoji1]
 
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16 Jul 2014
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¿Alguien sabe de esto? En la "Reforma esencial" de la CE:
1. Se decide que hay que reformarla por mayoría de 2/3 de cada cámara
2. Se disuelven las Cortes Generales que hay en ese momento y se eligen Cortes nuevas
3. Estas nuevas Cortes deben ratificar la decisión de necesidad de reforma, ahora bien, ¿por qué mayoría?
- 2/3 de las nuevas Cortes
- mayoría absoluta de las nuevas Cortes

4. Se estudiará el texto y se aprobará por mayoría de 2/3 de cada cámara
Si sabéis aclararme el punto 3 os lo agradezco, ya que en unos apuntes he visto un tipo de mayoría y en un examen la otra :confused:
 
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5 Mar 2013
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En el artículo 168.2 de la constitución te dice: "Las Cámaras elegidas deberán ratificar la decisión y proceder al estudio del nuevo texto constitucional que debera ser aprobado por mayoría de dos tercios de ambas cámaras"
 
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PLEX

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12 Sep 2013
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Creo que la pregunta de la moción de censura está clarísima. Otra cosa es que quien haya fallado le busque las 5 patas al gato. Lo dice muy claro la Constitución. Soy novato pero como en el examen le deis esas vueltas a cada pregunta... Soy de los que al leerla o la sé o no la sé, y si es tan dudosa como decís, la dejo.
 
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16 Jul 2014
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¿Alguien sabe de esto? En la "Reforma esencial" de la CE:
1. Se decide que hay que reformarla por mayoría de 2/3 de cada cámara
2. Se disuelven las Cortes Generales que hay en ese momento y se eligen Cortes nuevas
3. Estas nuevas Cortes deben ratificar la decisión de necesidad de reforma, ahora bien, ¿por qué mayoría?
- 2/3 de las nuevas Cortes
- mayoría absoluta de las nuevas Cortes

4. Se estudiará el texto y se aprobará por mayoría de 2/3 de cada cámara
Si sabéis aclararme el punto 3 os lo agradezco, ya que en unos apuntes he visto un tipo de mayoría y en un examen la otra :confused:

Me autorrespondo y lo dejo por si alguien tiene la misma duda:
Según los reglamentos de cada Cámara:
- Congreso de los Diputados: Mayoría simple
- Senado: Mayoría absoluta

Esto es para ratificar o "volver a aprobar la necesidad de la reforma". (Punto 3 de mi mensaje)
Lo de los 2/3 es para votar el texto final reformado. (Punto 4 de mi mensaje)

P.D.: Gran descubrimiento las "sinopsis" de la CE
 
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5 Mar 2013
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Me autorrespondo y lo dejo por si alguien tiene la misma duda:
Según los reglamentos de cada Cámara:
- Congreso de los Diputados: Mayoría simple
- Senado: Mayoría absoluta

Esto es para ratificar o "volver a aprobar la necesidad de la reforma". (Punto 3 de mi mensaje)
Lo de los 2/3 es para votar el texto final reformado. (Punto 4 de mi mensaje)

P.D.: Gran descubrimiento las "sinopsis" de la CE[/QUO

Ahora sí me he quedado con la duda, yo tenía pensado que en la reforma de una parte esencial, era mayoría de 2/3 de cada cámara, luego se disuelven las cámaras y se eligen otras que deben aprobar el texto otra vez por mayoría de 2/3 y luego se somete a referéndum.
¿Lo de la mayoría absoluta del senado no es para la reforma que no sea parte esencial o total de la Constitución cuando no haya acuerdo entre la Comisión paritaria de diputadores y senadores?
 
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5 Mar 2013
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Por cierto,solo he hecho referencia al artículo de la porque preguntabas si era mayoría absoluta o de 2/3, para decirte donde ponía lo de la mayoría,no por hacer ninguna sinopsis de la constitución...
 
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Unido
16 Jul 2014
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No sé si has pensado que decía lo de la "sinopsis" en torno de burla, para nada, disculpame. En la página del Congreso hay un apartado en cada artículo de la Constitución denominado "Sinopsis" en el que te explica bastante claro cada uno de los artículos y de ahí saqué la explicación. Recomiendo a todo el mundo que le eche un ojo. Ya siento la confusión.
Respecto a la Reforma: si es "esencial", una vez que se disuelven las cámaras (tras haber decidido que quieren hacer la reforma), las nuevas Cortes Generales que se forman deben votar si quieren seguir adelante o no con la reforma y esto se aprueba por:
- Mayoría simple en el Congreso
- Mayoría absoluta en el Senado

Si siguen adelante con la decisión de reforma (alcanzan las mayorías exigidas en cada cámara que te pongo anteriormente), elaborarán el texto de reforma (los cambios que quieren meter) y esto sí que es aprobado o no por mayoría de 2/3. Y después efectivamente se somete a referéndum.
No sé si te aclaro algo, espero que sí.
 
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