
- Unido
- 28 Sep 2012
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Re: PREGUNTAS A.G.E. Y FUNCIONARIOS PÚBLICOS (Temas 5 y 6)
Primero decirte que según esta definición de funcionario público, no está excluyendo a funcionarios interinos ya que dice estos tendrán como caracteristicas principales las de ser permanentes pero no te dice que tengan que ser obligatoriamente permanentes, además esta fuente felipe dice más abajo:
¿Qué es un funcionario eventual?
Son aquellos que, en virtud de libre nombramiento y en régimen no permanente...
Por lo que aunque la fuente sea del gobierno no me fío mucho ya que el EBEE es la ley y dice:
2. Los empleados públicos se clasifican en:
a.Funcionarios de carrera.
b.Funcionarios interinos.
c.Personal laboral, ya sea fijo, por tiempo indefinido o temporal.
d.Personal eventual.
Por otro lado el Código Penal define a funcionario público:
2. Se considerará funcionario público todo el que por disposición inmediata de la Ley o por elección o por nombramiento de autoridad competente participe en el ejercicio de funciones públicas.
Asi que yo estoy con jimyCNP. Mi conclusión después de leer definiciones en las leyes, páginas jurídicas y demás es que funcionario público se considera tanto los funcionarios de carrera como los interinos que son los que los sustituyen.
P.D: esto no vale para nada porque una tema tan ambiguo no lo van a preguntar ni de coña...
Felipe_El_Hermoso dijo:Como los links que estáis poniendo tienen credibilidad nula porque los puede haber redactado cualquiera, aquí dejo uno FIABLE, de una fuente OFICIAL, concretamente del Ministerio de Justicia que dice que el funcionario público tiene carácter permamente, quedando por tanto excluidos los funcionarios interinos.
El EBEP y el Ministerio de Justicia me parece que dejan ya el debate cerrado y la respuesta clara.
http://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellit ... talle.html
¿Qué es un funcionario público?
Su característica principal radica en que no se rigen por el Derecho Laboral común, sino que disponen de su propia regulación, mediante normas de Derecho Administrativo que delimitan sus derechos y sus obligaciones. Se considera funcionario público a toda persona incorporada a la Administración Pública por una relación de servicios profesionales retribuidos. Sus características principales son que desempeñan servicios de carácter permanente, figuran en plantilla y tienen asignaciones fijas con el cargo que desempeñan.
Con carácter general, los puestos de la Administración son desempeñados por funcionarios, distribuidos en Cuerpos Generales, que desempeñan tareas comunes a la actividad administrativa; y Cuerpos Especiales, que realizan funciones propias de una determinada carrera o profesión.
¿Qué es un funcionario interino?
Prestan servicios de carácter transitorio que, por razones de urgencia o necesidad, no puedan proveerse por funcionarios de carrera. El personal interino ha de cumplir los requisitos generales para ocupar ese puesto de trabajo. Cuando finalice la causa que dio lugar a su nombramiento pierden la condición de interino.
Primero decirte que según esta definición de funcionario público, no está excluyendo a funcionarios interinos ya que dice estos tendrán como caracteristicas principales las de ser permanentes pero no te dice que tengan que ser obligatoriamente permanentes, además esta fuente felipe dice más abajo:
¿Qué es un funcionario eventual?
Son aquellos que, en virtud de libre nombramiento y en régimen no permanente...
Por lo que aunque la fuente sea del gobierno no me fío mucho ya que el EBEE es la ley y dice:
2. Los empleados públicos se clasifican en:
a.Funcionarios de carrera.
b.Funcionarios interinos.
c.Personal laboral, ya sea fijo, por tiempo indefinido o temporal.
d.Personal eventual.
Por otro lado el Código Penal define a funcionario público:
2. Se considerará funcionario público todo el que por disposición inmediata de la Ley o por elección o por nombramiento de autoridad competente participe en el ejercicio de funciones públicas.
Asi que yo estoy con jimyCNP. Mi conclusión después de leer definiciones en las leyes, páginas jurídicas y demás es que funcionario público se considera tanto los funcionarios de carrera como los interinos que son los que los sustituyen.
P.D: esto no vale para nada porque una tema tan ambiguo no lo van a preguntar ni de coña...





