• Acreditación Policías Alumnos

    Los usuarios que han resultado APTO ya pueden solicitar el alta como Policías Alumnos dentro del foro.

    No se empezarán a dar las altas hasta que el BOE no esté publicado, teniendo preferencia las Altas rápidas sobre el resto.

    SOLICITAR ACCESO COMO POLICÍA ALUMNO

Preguntas LEY ORGÁNICA 2/86 (tema 9)

{xen:phrase moderator}
Unido
26 Abr 2015
Mensajes
7
Felicitaciones
0
Puntos
0
Hola. Tengo una duda sobre el artículo 51 , con respecto a esto:

"No obstante, cuando ejerzan funciones de protección de autoridades de las corporaciones locales, podrán actuar fuera del término municipal respectivo, con autorización del Ministerio del Interior o de la correspondiente autoridad de la comunidad autónoma que cuente con cuerpo de policía autonómica, cuando desarrollen íntegramente esas actuaciones en el ámbito territorial de dicha comunidad autónoma."

¿Podrían actuar en cualquier parte del Estado con autorización del Ministro?, ¿O se refiere a que solo pueden ajercer esa función fuera de su ámbito local pero únicamente dentro de su CA con autorización de la CA en los casos de que conste de policía autonómica y del Ministro en los restantes casos?

Un saludo y gracias.
 
{xen:phrase moderator}
Unido
4 Jul 2014
Mensajes
360
Felicitaciones
339
Puntos
3
Si un policía local sale de la comunidad autónoma sin cuerpo de policía propio - Autorización Ministerio Interior. (Si un policía local de Madrid sale custodiando al alcalde para un viaje a Ávila).

Si un policía local sale de la comunidad autónoma con cuerpo de policía propio - Autorización CA (Si un policía local de Barcelona -cuerpo propio Mossos d'Escuadra- sale custodiando al alcalde para un viaje a Zaragoza).

No sé si me he explicado bien, si no es así dímelo y lo repito :).
 
{xen:phrase moderator}
Unido
26 Abr 2015
Mensajes
7
Felicitaciones
0
Puntos
0
Si un policía local sale de la comunidad autónoma sin cuerpo de policía propio - Autorización Ministerio Interior. (Si un policía local de Madrid sale custodiando al alcalde para un viaje a Ávila).

Si un policía local sale de la comunidad autónoma con cuerpo de policía propio - Autorización CA (Si un policía local de Barcelona -cuerpo propio Mossos d'Escuadra- sale custodiando al alcalde para un viaje a Zaragoza).

No sé si me he explicado bien, si no es así dímelo y lo repito :).

Sí. ¡Muchas gracias!
 
{xen:phrase moderator}
Unido
10 Mayo 2014
Mensajes
10
Felicitaciones
0
Puntos
0
Si un policía local sale de la comunidad autónoma sin cuerpo de policía propio - Autorización Ministerio Interior. (Si un policía local de Madrid sale custodiando al alcalde para un viaje a Ávila).

Si un policía local sale de la comunidad autónoma con cuerpo de policía propio - Autorización CA (Si un policía local de Barcelona -cuerpo propio Mossos d'Escuadra- sale custodiando al alcalde para un viaje a Zaragoza).

No sé si me he explicado bien, si no es así dímelo y lo repito :).

En el segundo caso que has puesto sería con autorización del Ministerio de Interior, ¿no? Ya que no desarrolla las actuaciones íntegramente dentro de la CCAA. Yo entiendo que la autorización de la CCAA sería en caso de que fuera polícia local de Barcelona y ejerciera actuaciones de protección hasta, por ejemplo, Tarragona.
 
{xen:phrase moderator}
Unido
4 Jul 2014
Mensajes
360
Felicitaciones
339
Puntos
3
LO 2/86.

Artículo 51.

No obstante, cuando ejerzan funciones de protección de autoridades de las corporaciones locales, podrán actuar fuera del término municipal respectivo, con autorización del Ministerio del Interior o de la correspondiente autoridad de la comunidad autónoma que cuente con cuerpo de policía autonómica, cuando desarrollen íntegramente esas actuaciones en el ámbito territorial de dicha comunidad autónoma.

En el segundo caso que has puesto sería con autorización del Ministerio de Interior, ¿no? Ya que no desarrolla las actuaciones íntegramente dentro de la CCAA. Yo entiendo que la autorización de la CCAA sería en caso de que fuera polícia local de Barcelona y ejerciera actuaciones de protección hasta, por ejemplo, Tarragona.

Exacto compañero, me había expresado mal.
 
{xen:phrase moderator}
Unido
16 Jun 2015
Mensajes
147
Felicitaciones
98
Puntos
1
¿Cuál es el número máximo de convocatorias en las que se podrá participar en la modalidad de antigüedad selectiva?

a) Indeterminas veces

b) Será de tres veces

c) Será de cinco veces
 
{xen:phrase moderator}
Unido
25 Nov 2015
Mensajes
103
Felicitaciones
13
Puntos
0
Repasando la 2/86 y viendo lo de Policía Judicial quería preguntaros, ¿ha cambiado algo de Policía Judicial?, ¿y en cuanto a la dependencia funcional de los policías que NO sean judiciales de quién dependen?, ¿también de jueces, tribunales y ministerio fiscal?

Muchas gracias de antemano.;)
 
{xen:phrase moderator}
Unido
21 Abr 2016
Mensajes
214
Felicitaciones
117
Puntos
4
Pregunta:

LOFCS tiene:
A) Carácter ordinario en su mayor parte
B) Carácter orgánico en su mayor parte
C) Es orgánica en su totalidad

Puse la C pero me marca la B. Puede ser porque el preámbulo no es parte orgánica?
 
{xen:phrase moderator}

migue_coco

Miembro Staff
Unido
29 Oct 2011
Mensajes
7.714
Felicitaciones
7.017
Puntos
40
Es correcta la B.
En la disposición final de la ley te indica que partes no tienen carácter orgánico.
 
{xen:phrase moderator}
Unido
26 Dic 2014
Mensajes
185
Felicitaciones
33
Puntos
1
Hola.
a ver si alguien me aclara esto:

Artículo 37 de la LEY ORGÁNICA 2/1986

1. Las Comunidades Autónomas en cuyos Estatutos esté previsto podrán crear Cuerpos de Policía para el ejercicio de las funciones de vigilancia y protección a que se refiere el artículo 148.1.22 de la Constitución y las demás que le atribuye la presente Ley. ¿Cuáles son esas Comunidades Autónomas?

2. Las Comunidades Autónomas que no hicieran uso de la posibilidad prevista en el apartado anterior podrán ejercer las funciones enunciadas en el artículo 148.1.22 de la Constitución, de conformidad con los artículos 39 y 47 de esta Ley. ¿Cuáles son esas Comunidades Autónomas?

3. Las Comunidades Autónomas cuyos estatutos no prevean la creación de Cuerpos de Policía también podrán ejercer las funciones de vigilancia y protección a que se refiere el artículo 148.1.22 de la Constitución mediante la firma de acuerdos de cooperación específica con el Estado. ¿Cuáles son esas Comunidades Autónomas?

Por otro lado, ¿¿ en qué CC.AA. hay Unidades Adscritas del CNP??

He leído en un temario que solo hay en Andalucía, Galicia y Valencia.
En otro temario que solo hay las tres anteriores más Aragón.
Pero...también hay en Asturias y en Madrid, no?

Gracias a todos por adelantado
 
{xen:phrase moderator}
Unido
21 Abr 2016
Mensajes
214
Felicitaciones
117
Puntos
4
Hola.

Por otro lado, ¿¿ en qué CC.AA. hay Unidades Adscritas del CNP??

He leído en un temario que solo hay en Andalucía, Galicia y Valencia.
En otro temario que solo hay las tres anteriores más Aragón.
Pero...también hay en Asturias y en Madrid, no?

Gracias a todos por adelantado

Hasta donde tengo entendido, son Andalucía, Aragón, Asturias, Galicia y Valencia. Madrid no lo sé, la verdad
 
{xen:phrase moderator}

migue_coco

Miembro Staff
Unido
29 Oct 2011
Mensajes
7.714
Felicitaciones
7.017
Puntos
40
Hola.
a ver si alguien me aclara esto:

Artículo 37 de la LEY ORGÁNICA 2/1986

1. Las Comunidades Autónomas en cuyos Estatutos esté previsto podrán crear Cuerpos de Policía para el ejercicio de las funciones de vigilancia y protección a que se refiere el artículo 148.1.22 de la Constitución y las demás que le atribuye la presente Ley. ¿Cuáles son esas Comunidades Autónomas?

2. Las Comunidades Autónomas que no hicieran uso de la posibilidad prevista en el apartado anterior podrán ejercer las funciones enunciadas en el artículo 148.1.22 de la Constitución, de conformidad con los artículos 39 y 47 de esta Ley. ¿Cuáles son esas Comunidades Autónomas?

3. Las Comunidades Autónomas cuyos estatutos no prevean la creación de Cuerpos de Policía también podrán ejercer las funciones de vigilancia y protección a que se refiere el artículo 148.1.22 de la Constitución mediante la firma de acuerdos de cooperación específica con el Estado. ¿Cuáles son esas Comunidades Autónomas?

Por otro lado, ¿¿ en qué CC.AA. hay Unidades Adscritas del CNP??

He leído en un temario que solo hay en Andalucía, Galicia y Valencia.
En otro temario que solo hay las tres anteriores más Aragón.
Pero...también hay en Asturias y en Madrid, no?

Gracias a todos por adelantado

Comunidades con policía autonómica propia: Cataluña, País Vasco, Canarias y Navarra.
Comunidades con unidades adscritas al CNP: Andalucía, Aragón, Asturias, Valencia y Galicia. Más la unidad de cooperación del CNP adscrita a la Comunidad de Madrid.
 
{xen:phrase moderator}
Unido
21 Abr 2016
Mensajes
214
Felicitaciones
117
Puntos
4
Cuántos artículos tiene la LOFCS
A) 41
B) 54
C) 44
Puse la B, pero me marca la A. No sé si es un error o es que no cuenta los artículos 16-18 que están derogados.
 
{xen:phrase moderator}
Unido
2 Jun 2015
Mensajes
33
Felicitaciones
23
Puntos
0
Comunidades con policía autonómica propia: Cataluña, País Vasco, Canarias y Navarra.
Comunidades con unidades adscritas al CNP: Andalucía, Aragón, Asturias, Valencia y Galicia. Más la unidad de cooperación del CNP adscrita a la Comunidad de Madrid.
Yo tenía entendido que:
Comunidades con unidades adscritas al CNP: Andalucía, Aragón, Valencia y Galicia.
Unidad de cooperación del CNP adscrita a la Comunidad de Madrid y Asturias (desde 2014)
 
{xen:phrase moderator}

de_0

POLICÍA
Unido
3 Dic 2015
Mensajes
1.044
Felicitaciones
1.942
Puntos
4
Yo tenía entendido que:
Comunidades con unidades adscritas al CNP: Andalucía, Aragón, Valencia y Galicia.
Unidad de cooperación del CNP adscrita a la Comunidad de Madrid y Asturias (desde 2014)
En mis apuntes pone que adscritas a las CCAA son Andalucía, Valencia y Galicia y Colaboración policial adscritas Madrid y Aragón.
Edito: En 2014 Asturias cesó su unidad y sus miembros se reincorporaron al CNP.
 

WhatsAPP

Superior