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Preguntas CONSTITUCIÓN (temas 2 y 3)

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Spetsnaz

Amat Victoria Curam
POLICÍA
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28 Oct 2014
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Pufffffffffff
Cierto...
:(:(:(:(

Seguramente me expresé mal en el otro mensaje de ahí que el otro compañero tampoco me entendió, quise decir, solo tutoría y testamentaría, "en las demás no se especifica"= cualquier nacionalidad, tanto en la legítima como la dativa.
 
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27 Abr 2016
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Español. De nacimiento solo tutoría y "testamentaria" en las demás no especifica.

En tal caso, y perdón si la pregunta es absurda o riza mucho el rizo: ¿La reina Sofía podría haber sido tutora de Felipe, pero no regente, a pesar de que la regencia y la tutoría pueda acumularse en el padre, la madre o ascendentes directos?

En tal caso (y sólo es un ejemplo), las Cortes hubieran tenido que nombrar regente a un español/a de nacimiento y por otro lado nombrar tutora a la Reina Sofia. No sé si me he terminado de explicar bien.

Saludos.
 
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Spetsnaz

Amat Victoria Curam
POLICÍA
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28 Oct 2014
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En tal caso, y perdón si la pregunta es absurda o riza mucho el rizo: ¿La reina Sofía podría haber sido tutora de Felipe, pero no regente, a pesar de que la regencia y la tutoría pueda acumularse en el padre, la madre o ascendentes directos?

En tal caso (y sólo es un ejemplo), las Cortes hubieran tenido que nombrar regente a un español/a de nacimiento y por otro lado nombrar tutora a la Reina Sofia. No sé si me he terminado de explicar bien.

Saludos.

Sí, está la tutoría "legítima" mientras los padres permanezcan viudos y sin requisito de nacionalidad. Las cortes entrarían en defecto de esta.

Y no, para la regencia no se exige ser español de nacimiento, sino español.

Deduzco que crees que la reina no podría ostentar ambos cargos porque creías que la regencia exigía "ser español de nacimiento", pero no es así, por tanto podría ejercer ambas cosas.
 
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27 Abr 2016
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Sí, está la tutoría "legítima" mientras los padres permanezcan viudos y sin requisito de nacionalidad. Las cortes entrarían en defecto de esta.

Y no, para la regencia no se exige ser español de nacimiento, sino español.

Deduzco que crees que la reina no podría ostentar ambos cargos porque creías que la regencia exigía "ser español de nacimiento", pero no es así, por tanto podría ejercer ambas cosas.

Llevas toda la razón, la reina Sofía podría ser tutora y regente a la vez. Ahora con tu explicación y releyendo los artículos he caído.

Gracias!
 
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27 Abr 2016
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Una pregunta referente a los estados de alarma, excepción y sitio.

Disuelto el Congreso y con el Gobierno en funciones, ¿podría dicho Gobierno en funciones declarar cualquiera de estos 3 estados? Imagino que dará la mismo que esté en funciones o no.
 
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Spetsnaz

Amat Victoria Curam
POLICÍA
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28 Oct 2014
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Una pregunta referente a los estados de alarma, excepción y sitio.

Disuelto el Congreso y con el Gobierno en funciones, ¿podría dicho Gobierno en funciones declarar cualquiera de estos 3 estados? Imagino que dará la mismo que esté en funciones o no.

Lo primero es que el Gobierno no declara los 3 estados, en este caso al Congreso lo sustituirá su Diputación Permanente en lo referente a los estados de emergencia, y el Gobierno en funciones actuar tal como lo hacía antes. La Constitución deja claro las únicas limitaciones del Gobierno en funciones y no son muchas. Un saludo.
 
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27 Abr 2016
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Lo primero es que el Gobierno no declara los 3 estados, en este caso al Congreso lo sustituirá su Diputación Permanente en lo referente a los estados de emergencia, y el Gobierno en funciones actuar tal como lo hacía antes. La Constitución deja claro las únicas limitaciones del Gobierno en funciones y no son muchas. Un saludo.

Sí, sí, sé que el estado de sitio lo declara la mayoría absoluta del Congreso a propuesta exclusiva del Gobierno. Era por acotar la pregunta, pero sí, puede dar a entender que los tres estados los declara el Gobierno y mejor no confundir.

Gracias por la aclaración.

Saludos.
 
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12 Mayo 2016
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Una pregunta referente a los estados de alarma, excepción y sitio.

Disuelto el Congreso y con el Gobierno en funciones, ¿podría dicho Gobierno en funciones declarar cualquiera de estos 3 estados? Imagino que dará la mismo que esté en funciones o no.
Puede quedar más claro con la siguiente ley:

Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno (Vigente hasta el 02 de Octubre de 2016).
"
Artículo 21 Del Gobierno en funciones

1. El Gobierno cesa tras la celebración de elecciones generales, en los casos de pérdida de confianza parlamentaria previstos en la Constitución, o por dimisión o fallecimiento de su Presidente.

2. El Gobierno cesante continúa en funciones hasta la toma de posesión del nuevo Gobierno, con las limitaciones establecidas en esta Ley.

3. El Gobierno en funciones facilitará el normal desarrollo del proceso de formación del nuevo Gobierno y el traspaso de poderes al mismo y limitará su gestión al despacho ordinario de los asuntos públicos, absteniéndose de adoptar, salvo casos de urgencia debidamente acreditados o por razones de interés general cuya acreditación expresa así lo justifique, cualesquiera otras medidas.

4. El Presidente del Gobierno en funciones no podrá ejercer las siguientes facultades:

  • a) Proponer al Rey la disolución de alguna de las Cámaras, o de las Cortes Generales.
  • b) Plantear la cuestión de confianza.
  • c) Proponer al Rey la convocatoria de un referéndum consultivo.
5. El Gobierno en funciones no podrá ejercer las siguientes facultades:

  • a) Aprobar el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado.
  • b) Presentar proyectos de ley al Congreso de los Diputados o, en su caso, al Senado.
6. Las delegaciones legislativas otorgadas por las Cortes Generales quedarán en suspenso durante todo el tiempo que el Gobierno esté en funciones como consecuencia de la celebración de elecciones generales."

Un saludo.
 
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21 Abr 2016
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He leído varias preguntas sobre esto y me quedan dudas (y eso que pensaba tenerlo claro).

La pena de muerte está abolida:
A) Siempre
B) Sí, salvo que la autorice una ley militar para tiempos de guerra

Juraría haber respondido varios test que me dan respuestas diferentes. Siempre era que está abolida siempre, en cualquier caso. Pero ahora he hecho uno que me marca que cabe en tiempo de guerra.
 
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27 Ene 2015
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He leído varias preguntas sobre esto y me quedan dudas (y eso que pensaba tenerlo claro).

La pena de muerte está abolida:
A) Siempre
B) Sí, salvo que la autorice una ley militar para tiempos de guerra

Juraría haber respondido varios test que me dan respuestas diferentes. Siempre era que está abolida siempre, en cualquier caso. Pero ahora he hecho uno que me marca que cabe en tiempo de guerra.
La b es lo que viene en el artículo 15 en la CE; la a es lo que hay actualmente. Depende de lo que te pregunten la respuesta será una u otra.
 
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55charliee

Policía Alumno
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15 Mayo 2015
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He leído varias preguntas sobre esto y me quedan dudas (y eso que pensaba tenerlo claro).

La pena de muerte está abolida:
A) Siempre
B) Sí, salvo que la autorice una ley militar para tiempos de guerra

Juraría haber respondido varios test que me dan respuestas diferentes. Siempre era que está abolida siempre, en cualquier caso. Pero ahora he hecho uno que me marca que cabe en tiempo de guerra.
La b es lo que viene en el artículo 15 en la CE; la a es lo que hay actualmente. Depende de lo que te pregunten la respuesta será una u otra.
No quedó abolida de lo militar en 1995?
 
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12 Mayo 2016
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No quedó abolida de lo militar en 1995?
Quedó abolida sí. Está abolida por activa y por pasiva, ya sea militar o lo que quieran. Si te fijas en la CE en su artículo 15, verás referenciada una ley, en esa ley especifica muy claramente lo siguiente:

"Conforme a ello, a la propia pauta de las legislaciones de los Estados modernos en los últimos años y al espíritu y propósito del segundo Protocolo facultativo al Pacto internacional relativo a los derechos civiles y políticos de la Resolución 1044 y de la Recomendación 1246 adoptadas por la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa, el 4 de octubre de 1994, la presente Ley declara abolida la pena de muerte en el Código Penal Militar, único texto legal que la contempla como pena alternativa a determinados delitos cometidos en tiempo de guerra, y suprime todas las referencias legales a la misma, haciéndola desaparecer de nuestro ordenamiento jurídico."

Referencia:
Ley Orgánica 11/1995, de 27 de noviembre, de abolición de la pena de muerte en tiempo de guerra.
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/lo11-1995.html

Un saludo.
 
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21 Abr 2016
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Entonces queda abolida "siempre y para todos los casos". Más claro no se puede ser. Dicho esto, el test que hice ayer está mal (yo puse que nunca puede aplicarse esa pena)
 
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5 Dic 2015
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Con esta pregunta hay que tener mucho cuidado y leer bien lo que nos preguntan, lo que esta claro es que el artículo 15 nunca se ha modificado.
 
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19 Sep 2011
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Entonces queda abolida "siempre y para todos los casos". Más claro no se puede ser. Dicho esto, el test que hice ayer está mal (yo puse que nunca puede aplicarse esa pena)

La pregunta debe ser mucho más precisa de la que has puesto, pues como te han dicho, la respuesta cambia en función de si preguntan de acuerdo a la Constitución o en la actualidad. De hecho suele ser una trampa habitual que ya ha caído en exámenes oficiales, por ejemplo, con el derecho del abogado a solicitar el habeas corpus o los Tribunales de Honor.
 
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12 Mayo 2016
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La pregunta debe ser mucho más precisa de la que has puesto, pues como te han dicho, la respuesta cambia en función de si preguntan de acuerdo a la Constitución o en la actualidad. De hecho suele ser una trampa habitual que ya ha caído en exámenes oficiales, por ejemplo, con el derecho del abogado a solicitar el habeas corpus o los Tribunales de Honor.
Si leemos la LO del Habeas Corpues dice textualmente quién puede pedir tal procedimiento, y no aparece el abogado como comentas.
Sin embargo sí es verdad que te lo encuentras referenciados como válido en otros textos o en preguntas tipos tests. Pero siendo puristas no es correcto.

La ley no se interpreta, es precisa y estricta, por lo tanto:


LO 6/1984 dijo:
Artículo tercero.
Podrán instar el procedimiento de «Habeas Corpus» que esta ley establece:
a) El privado de libertad, su cónyuge o persona unida por análoga relación de afectividad, descendientes, ascendientes, hermanos y, en su caso, respecto a los menores y personas incapacitadas, sus representantes legales.
b) El Ministerio Fiscal.
c) El Defensor del Pueblo.
Asimismo, Asimismo, lo podrá iniciar, de oficio, el Juez competente a que se refiere el artículo anterior.


Por otro lado, y atendiendo a alguna resolución, podríamos darlo como válido, y así lo hace el TC:

Tribunal Constitucional dijo:
Aunque no está recogido de modo expreso, tácitamente el Tribunal Constitucional ha considerado que aunque el abogado del detenido no figure entre el elenco de las personas legitimadas para solicitar la incoación del procedimiento, sí es posible que lo haga, según STC 224/1998, de 24 de noviembre, donde se afirma que es válida la solicitud de incoación del procedimiento por el abogado del detenido, cuando actúa en su nombre y bajo su mandato. Véase también STC 61/2003, de 24 de marzo.

Referencia: http://noticias.juridicas.com/conoc...fuerzas-y-cuerpos-de-seguridad/#_Toc402859066

Mucho ojo que eso no es jurisprudencia.

¿Qué se dio por válido en los exámenes oficiales?
 
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19 Sep 2011
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Si leemos la LO del Habeas Corpues dice textualmente quién puede pedir tal procedimiento, y no aparece el abogado como comentas.
Sin embargo sí es verdad que te lo encuentras referenciados como válido en otros textos o en preguntas tipos tests. Pero siendo puristas no es correcto.

La ley no se interpreta, es precisa y estricta, por lo tanto:


Por otro lado, y atendiendo a alguna resolución, podríamos darlo como válido, y así lo hace el TC:


Referencia: http://noticias.juridicas.com/conoc...fuerzas-y-cuerpos-de-seguridad/#_Toc402859066

Mucho ojo que eso no es jurisprudencia.

¿Qué se dio por válido en los exámenes oficiales?


Preguntaba por sentencia del TC, y sí, daba como correcta la del abogado. Muchos se la comieron con patatas pese a haberse comentado en el foro en varias ocasiones.
 
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Unido
12 Mayo 2016
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Preguntaba por sentencia del TC, y sí, daba como correcta la del abogado. Muchos se la comieron con patatas pese a haberse comentado en el foro en varias ocasiones.
Supongo que ya se habrá comentado en el foro, pero por si acaso pongo el fundamento jurídico de por qué se da por buena la sentencia del Tribunal Constitucional.

Según la Ley Orgánica del Poder Judicial:
"Artículo 5.
1. La Constitución es la norma suprema del ordenamiento jurídico, y vincula a todos los Jueces y Tribunales, quienes interpretarán y aplicarán las leyes y los reglamentos según los preceptos y principios constitucionales, conforme a la interpretación de los mismos que resulte de las resoluciones dictadas por el Tribunal Constitucional en todo tipo de procesos."

Es muy importante recalcar esto, más que nada porque el TC tiene potestad según ese artículo a sentar resoluciones vinculantes a todo el mundo. Estamos hablando de que una LO le está dando esa potestad sobre lo que dicta otra LO.

Es un punto muy curioso. Un saludo.
 

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