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Dejo otra y contesto más tarde.
¿Qué validez tendrá la licencia de armas de la categoría 1a para un policía nacional en segunda actividad?
A)2 años
B)3 años
C)5 años
Tres años.

Dejo otra y contesto más tarde.
¿Qué validez tendrá la licencia de armas de la categoría 1a para un policía nacional en segunda actividad?
A)2 años
B)3 años
C)5 años






Yo creo que es una, aparte de las de dotación reglamentaria, para el ejercicio de sus funciones.He estado leyendo las preguntas de armas y me ha surgido una duda/pregunta:
Un Inspector de la Policía Nacional que se coge una excedencia por pasar a prestar servicios en otra Administración, por pasarse como Inspector a la Policía Local de su pueblo, cuantas armas de fuego cortas podría tener amparadas con su licencia A?
A) 3
B) 1
C) Ni idea![]()

Yo pienso lo mismo, me podría haber ahorrado de escribir todo el texro si hubiera leído que habias contestado lo mismo que estaba escribiendo yo. Es lo que tiene empezar a escribir y a mitad irte a desayunar. JajaPerdón,voy a editar el mensaje porque leyendo el art. 118 me decanto más por la de un arma más la de dotación.
Léete bien el artículo.
Policías locales se incluyen sólo en el punto 2 ,no aparece en el primer punto donde habla de las tres armas más la de dotación,así que entiendo que será una.
Artículo 118.
1. Con la licencia A, los Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Armadas y del Cuerpo de la Guardia Civil, en sus distintas categorías, así como los integrantes de las Escalas Superior, Ejecutiva y de Subinspección del Cuerpo Nacional de Policía equivalentes de los Cuerpos de Policía de las Comunidades Autónomas, podrán poseer tres armas cortas, aparte de las que reciban como dotación reglamentaria para el ejercicio de sus funciones.
2. Con el mismo tipo de licencia, los Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil, los Cabos Primeros Especialistas Veteranos de la Armada, los integrantes de la Escala Básica del Cuerpo Nacional de Policía, los equivalentes de los Cuerpos de Policía de las Comunidades Autónomas y el personal de los Cuerpos de Policía de las Corporaciones locales, así como los funcionarios del Servicio de Vigilancia Aduanera, sólo podrán poseer un arma corta, aparte de las que reciban como dotación reglamentaria para el ejercicio de sus funciones.
Y echa un ojo a esto.
http://www.interior.gob.es/web/serv...rme-sobre-tipo-de-armas-que-pueden-emplear-lo



B. Mesomorfo.Dejo una preguntilla .
¿Que modelo de Sheldon se corresponde con el epileptoide de Kretschmer?
A)Endomorfo
B)Mesomorfo
C)Ectomorfo


Yo este tema no sé por donde cogerlo[emoji36]Buenas os dejo una pregunta que se me acaba de ocurrir del tema de delitos informatico. A ver por donde nos dan este año con este tema.
¿Qué tiempo no ha de pasar para que el Ministerio Fiscal pueda actuar (según la regla subsidiaria segunda) en el ejercicio de las acciones de protección de la intimidad de una persona fallecida?
A) 10 años desde el fallecimiento del afectado.
B) 80 años desde el fallecimiento del afectado.
C) Todas son falsas, el M.F no puede actuar en estos casos.

Perdón,voy a editar el mensaje porque leyendo el art. 118 me decanto más por la de un arma más la de dotación.
Léete bien el artículo.
Policías locales se incluyen sólo en el punto 2 ,no aparece en el primer punto donde habla de las tres armas más la de dotación,así que entiendo que será una.
Artículo 118.
1. Con la licencia A, los Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Armadas y del Cuerpo de la Guardia Civil, en sus distintas categorías, así como los integrantes de las Escalas Superior, Ejecutiva y de Subinspección del Cuerpo Nacional de Policía equivalentes de los Cuerpos de Policía de las Comunidades Autónomas, podrán poseer tres armas cortas, aparte de las que reciban como dotación reglamentaria para el ejercicio de sus funciones.
2. Con el mismo tipo de licencia, los Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil, los Cabos Primeros Especialistas Veteranos de la Armada, los integrantes de la Escala Básica del Cuerpo Nacional de Policía, los equivalentes de los Cuerpos de Policía de las Comunidades Autónomas y el personal de los Cuerpos de Policía de las Corporaciones locales, así como los funcionarios del Servicio de Vigilancia Aduanera, sólo podrán poseer un arma corta, aparte de las que reciban como dotación reglamentaria para el ejercicio de sus funciones.
Y echa un ojo a esto.
http://www.interior.gob.es/web/serv...rme-sobre-tipo-de-armas-que-pueden-emplear-lo
Yo pienso lo mismo, me podría a ver ahorrado de escribir todo el texro si hubiera leído que habias contestado lo mismo que estaba escribiendo yo. Es lo que tiene empezar a escribir y a mitad irte a desayunar. Jaja



He estado leyendo las preguntas de armas y me ha surgido una duda/pregunta:
Un Inspector de la Policía Nacional que se coge una excedencia por pasar a prestar servicios en otra Administración, por pasarse como Inspector a la Policía Local de su pueblo, cuantas armas de fuego cortas podría tener amparadas con su licencia A?
A) 3
B) 1
C) Ni idea![]()
Yo pienso lo mismo, me podría haber ahorrado de escribir todo el texro si hubiera leído que habias contestado lo mismo que estaba escribiendo yo. Es lo que tiene empezar a escribir y a mitad irte a desayunar. Jaja
A ver si algún compañer@ echa algo de luz a este tema.


