• Acreditación Policías Alumnos

    Los usuarios que han resultado APTO ya pueden solicitar el alta como Policías Alumnos dentro del foro.

    No se empezarán a dar las altas hasta que el BOE no esté publicado, teniendo preferencia las Altas rápidas sobre el resto.

    SOLICITAR ACCESO COMO POLICÍA ALUMNO

duda sobre btp

{xen:phrase moderator}
Unido
10 Sep 2008
Mensajes
352
Felicitaciones
0
Puntos
0
ignis dijo:
Pues vengo de hacerlo y ha habido una par de preguntas que me han pillado por sorpresa, espero haberlas hecho bien. Ahí van; Aunque sólo me acuerdo de una por el momento, espero que os sirva de ayuda porque os puede caer:

Si lleva un coche de poli con las luces de emergencia y todo eso y al conductor de alante le hace luces intermitentes:

a) No significa nada porque es sólo para el que le sigue (ni he entendido que quería decir)

b) Le advierte que se detenga

C) le dice que deje paso

He puesto la C pero ahora escribiendo creo que es la B XDDDDD.

Espero aprobar sino pues ale otro madrugón...


Yo digo que es la "B". se me ha ido la oya,queria poner la B y pongo C,jejejeje
 
{xen:phrase moderator}
Unido
10 Sep 2008
Mensajes
352
Felicitaciones
0
Puntos
0
#
Para conducir un vehículo de asistencia sanitaria privada ¿cuál es la tasa máxima de alcohol que se le permite?

1. 0,3 gramos de alcohol por litro de aire espirado.
2. 0,25 miligramos de alcohol por litro de aire espirado.
3. 0,15 miligramos de alcohol por litro de aire espirado.


Dice que es la "2", perop no deberia de ser la "3"??? o por ser asistencia sanitaria "PRIVADA" es la de un conductor normal???
 
Tuan dijo:
ignis dijo:
Pues vengo de hacerlo y ha habido una par de preguntas que me han pillado por sorpresa, espero haberlas hecho bien. Ahí van; Aunque sólo me acuerdo de una por el momento, espero que os sirva de ayuda porque os puede caer:

Si lleva un coche de poli con las luces de emergencia y todo eso y al conductor de alante le hace luces intermitentes:

a) No significa nada porque es sólo para el que le sigue (ni he entendido que quería decir)

b) Le advierte que se detenga

C) le dice que deje paso

He puesto la C pero ahora escribiendo creo que es la B XDDDDD.

Espero aprobar sino pues ale otro madrugón...


Yo digo que es la "C"

Es la B, es para que se detenga. La luz puede ser roja o amarilla (claro, esto si en la pregunta decía que se ponía detrás del coche manifestando su presencia...).

Por cierto, yo también he llegado hace poco del examen, y no nos han puesto esas preguntas, supongo que serán diferentes examenes... creía que eran los mismos para todos!
 
{xen:phrase moderator}

ignis

POLICÍA
Unido
1 Dic 2008
Mensajes
179
Felicitaciones
0
Puntos
0
Podría ser la de que deje paso no?. Por que para detenerte se ponen delante no?
 
{xen:phrase moderator}
Unido
10 Sep 2008
Mensajes
352
Felicitaciones
0
Puntos
0
¿Circulando dentro de poblado, podrá hacerlo en algún caso solo utilizando alumbrado de posición?
a)Sí, en el momento del ocaso del sol.
b)Sí, cuando aún hay luz aunque se este haciendo de noche.
c)No.

Yo pienso que es la "A" pero me dice que es la "C"



Todo vehículo que circule entre el ocaso y la salida del sol o cuando existan condiciones meteorológicas, o ambientales que disminuya sensiblemente la visibilidad y en el paso por túneles o tramos de vía afectados por la señal túnel, deberá llevar encendidas las luces de posición y, si la anchura del vehículo excede de 2 metros y 10 centímetros, también la de gálibo.
 
ignis dijo:
Podría ser la de que deje paso no?. Por que para detenerte se ponen delante no?

No, vamos si yo no lo entiendo mal, se ponen detrás y te echan las "luces", o las rojas o las amarillas.

A la pregunta:
¿Circulando dentro de poblado, podrá hacerlo en algún caso solo utilizando alumbrado de posición?
a)Sí, en el momento del ocaso del sol.
b)Sí, cuando aún hay luz aunque se este haciendo de noche.
c)No.


Yo contestaría la C, aunque tampoco estoy 100% segura, es que posición sola, casi que no se utiliza no? (salvo casos raros)

Y a esta:
Para conducir un vehículo de asistencia sanitaria privada ¿cuál es la tasa máxima de alcohol que se le permite?

1. 0,3 gramos de alcohol por litro de aire espirado.
2. 0,25 miligramos de alcohol por litro de aire espirado.
3. 0,15 miligramos de alcohol por litro de aire espirado.


Yo también pondría la 3, 0'15 mg, porque aunque sea privado, es un servicio de urgencia, así que serían 0'3 g en sangre y 0'15 mg por litro de aire
 
{xen:phrase moderator}
Unido
10 Sep 2008
Mensajes
352
Felicitaciones
0
Puntos
0
Ravenna dijo:
ignis dijo:
Podría ser la de que deje paso no?. Por que para detenerte se ponen delante no?

No, vamos si yo no lo entiendo mal, se ponen detrás y te echan las "luces", o las rojas o las amarillas.

A la pregunta:
¿Circulando dentro de poblado, podrá hacerlo en algún caso solo utilizando alumbrado de posición?
a)Sí, en el momento del ocaso del sol.
b)Sí, cuando aún hay luz aunque se este haciendo de noche.
c)No.


Yo contestaría la C, aunque tampoco estoy 100% segura, es que posición sola, casi que no se utiliza no? (salvo casos raros)

Y a esta:
Para conducir un vehículo de asistencia sanitaria privada ¿cuál es la tasa máxima de alcohol que se le permite?

1. 0,3 gramos de alcohol por litro de aire espirado.
2. 0,25 miligramos de alcohol por litro de aire espirado.
3. 0,15 miligramos de alcohol por litro de aire espirado.


Yo también pondría la 3, 0'15 mg, porque aunque sea privado, es un servicio de urgencia, así que serían 0'3 g en sangre y 0'15 mg por litro de aire


LUZ DE POSICIÓN.

Todo vehículo que circule entre el ocaso y la salida del sol o cuando existan condiciones meteorológicas, o ambientales que disminuya sensiblemente la visibilidad y en el paso por túneles o tramos de vía afectados por la señal túnel, deberá llevar encendidas las luces de posición y, si la anchura del vehículo excede de 2 metros y 10 centímetros, también la de gálibo.

Por eso digo que es la "A"
 
{xen:phrase moderator}
Unido
10 Sep 2008
Mensajes
352
Felicitaciones
0
Puntos
0
Tuan dijo:
#
Para conducir un vehículo de asistencia sanitaria privada ¿cuál es la tasa máxima de alcohol que se le permite?

1. 0,3 gramos de alcohol por litro de aire espirado.
2. 0,25 miligramos de alcohol por litro de aire espirado.
3. 0,15 miligramos de alcohol por litro de aire espirado.


Dice que es la "2", perop no deberia de ser la "3"??? o por ser asistencia sanitaria "PRIVADA" es la de un conductor normal???



(1) GENERAL 0,5 gr/l 0,25 mg/l
(2) PROFESIONALES 0,3 gr/l 0,15 mg/l
(3) NOVELES 0,3 gr/l 0,15 mg/l

1) Tasas máximas permitidas a la población general de conductores.
(2) Tasas máximas permitidas a conductores de vehículos destinados a transporte de mercancías con una masa máxima autorizada superior a 3.500 kilogramos, al transporte de viajeros de más de 9 plazas, o de servicio público, al escolar o de menores, al de mercancías peligrosas, servicios de urgencia y transportes especiales.
(3) Tasas máximas aplicables a cualquier conductor durante los 2 años siguientes a la obtención del permiso o licencia que habilita para conducir.
(*)Las tasas obtenidas por análisis de sangre o por aire espirado son equivalentes, tan solo existe diferencia en la obtención de la muestra analizada.

Asi que por mucho que diga el corrector es la "3" la verdadera,no?
 
{xen:phrase moderator}
Unido
10 Sep 2008
Mensajes
352
Felicitaciones
0
Puntos
0
Para avisar, fuera de poblado, al conductor de otro vehículo su intención de adelantarle, ¿cómo lo haría?


a)Encendiendo el indicador de dirección de la izquierda, tanto dentro como fuera de poblado.
b)Solamente con destellos de la luz de largo alcance.
c)Utilizando la señal acustica o luminosa, con destellos de la luz de largo alcance y de la luz de corto alcance.

Yo he puesto la "A" pero me dice que es la "C".
 
{xen:phrase moderator}
Unido
14 Oct 2008
Mensajes
543
Felicitaciones
0
Puntos
0
Tuan dijo:
Para avisar, fuera de poblado, al conductor de otro vehículo su intención de adelantarle, ¿cómo lo haría?


a)Encendiendo el indicador de dirección de la izquierda, tanto dentro como fuera de poblado.
b)Solamente con destellos de la luz de largo alcance.
c)Utilizando la señal acustica o luminosa, con destellos de la luz de largo alcance y de la luz de corto alcance.

Yo he puesto la "A" pero me dice que es la "C".
Estará confundida porque es la A. Sino imagínate el jaleo que se montaría en las carreteras, parecería una discoteca XDDD
 
{xen:phrase moderator}
Unido
10 Sep 2008
Mensajes
352
Felicitaciones
0
Puntos
0
Enhorabuena Ravenna.Pues yo aora estado llamando a clinicas para saber cuanto me cuesta el reconocimiento y me sale por 24 €, coger los descuentos que hay en las pag amarillas y qdq porque nos ahorramos 15 € en algunos citios. Por cierto que documentos y cuantas fotos hace falta para ir a trafico y pedir sita para el BTP?
 
Unido
15 Dic 2007
Mensajes
500
Felicitaciones
1
Puntos
0
Tuan dijo:
Para avisar, fuera de poblado, al conductor de otro vehículo su intención de adelantarle, ¿cómo lo haría?


a)Encendiendo el indicador de dirección de la izquierda, tanto dentro como fuera de poblado.
b)Solamente con destellos de la luz de largo alcance.
c)Utilizando la señal acustica o luminosa, con destellos de la luz de largo alcance y de la luz de corto alcance.

Yo he puesto la "A" pero me dice que es la "C".

Efectivamente como bien decis es la "C" :lol:
A ver si nos repasamos los manuales eh?
 
Tuan dijo:
Enhorabuena Ravenna.Pues yo aora estado llamando a clinicas para saber cuanto me cuesta el reconocimiento y me sale por 24 €, coger los descuentos que hay en las pag amarillas y qdq porque nos ahorramos 15 € en algunos citios. Por cierto que documentos y cuantas fotos hace falta para ir a trafico y pedir sita para el BTP?

Muchas gracias!! :D
Pues el certificado médico ese de los psicotécnicos, y allí en tráfico tienes que rellenar un papel que te dan, pagas las tasas y te dan el examen. Hay que llevar una foto para el certificado, y otra para tráfico, pero eso, a mí me dijeron que la foto y un papelito que te dan lo entregara cuando aprobase... por si acaso lleva eso:
- Foto (son 2, una para tráfico y otra para el certificado)
- Dni (el original)
- Certificado médico
- 26€ (que es lo que vale el BTP)
 
{xen:phrase moderator}
Unido
10 Sep 2008
Mensajes
352
Felicitaciones
0
Puntos
0
gti dijo:
Tuan dijo:
Para avisar, fuera de poblado, al conductor de otro vehículo su intención de adelantarle, ¿cómo lo haría?


a)Encendiendo el indicador de dirección de la izquierda, tanto dentro como fuera de poblado.
b)Solamente con destellos de la luz de largo alcance.
c)Utilizando la señal acustica o luminosa, con destellos de la luz de largo alcance y de la luz de corto alcance.

Yo he puesto la "A" pero me dice que es la "C".

Efectivamente como bien decis es la "C" :lol:
A ver si nos repasamos los manuales eh?


Pues yo sigo diciendo que es la A, estado mirando el manual y no veo nada en el tema de las luces que se utilicen para adelantar (puedes copiar el trozo del manual que pone eso)
 
Unido
15 Dic 2007
Mensajes
500
Felicitaciones
1
Puntos
0
no te vale con mi palabra eh?


Artículo 109. Advertencias ópticas.

1. El conductor debe advertir mediante señales ópticas toda maniobra que implique un desplazamiento lateral o hacia atrás de su vehículo, así como su propósito de inmovilizarlo o de frenar su marcha de modo considerable. Tales advertencias ópticas se efectuarán con antelación suficiente a la iniciación de la maniobra, y, si son luminosas, permanecerán en funcionamiento hasta que termine aquélla.

2. A los efectos del apartado anterior, deberá tenerse en cuenta, además, lo siguiente:

1.

El desplazamiento lateral será advertido utilizando la luz indicadora de dirección correspondiente al lado hacia el que se va a realizar, o el brazo, en posición horizontal con la palma de la mano extendida hacia abajo, si el desplazamiento va a ser hacia el lado que la mano indica, o doblado hacia arriba, también con la palma de la mano extendida, si va a ser hacia el contrario.

En las maniobras que impliquen un desplazamiento lateral, es éste el que exclusivamente se avisa, por lo que la advertencia deberá concluir tan pronto como el vehículo haya adoptado su nueva trayectoria.
2.

La marcha hacia atrás será advertida con la correspondiente luz de marcha atrás, si dispone de ella, o, en caso contrario, extendiendo el brazo horizontalmente con la palma de la mano hacia atrás.
3.

La intención de inmovilizar el vehículo o de frenar su marcha de modo considerable, aun cuando tales hechos vengan impuestos por las circunstancias del tráfico, deberá advertirse, siempre que sea posible, mediante el empleo reiterado de las luces de frenado o bien moviendo el brazo alternativamente de arriba abajo con movimientos cortos y rápidos.

Cuando la inmovilización tenga lugar en una autopista o autovía, o en lugares o circunstancias que disminuyan sensiblemente la visibilidad, se deberá señalizar la presencia del vehículo mediante la utilización de la luz de emergencia, si se dispone de ella, y, en su caso, con las luces de posición.

Si la inmovilización se realiza para parar o estacionar deberá utilizarse, además, el indicador luminoso de dirección correspondiente al lado hacia el que vaya a efectuarse aquélla, si el vehículo dispone de dicho dispositivo.

3. Con la misma finalidad que para las acústicas se señala en el artículo siguiente y para sustituirlas podrán efectuarse advertencias luminosas, incluso en poblado, utilizando en forma intermitente los alumbrados de corto o de largo alcance, o ambos alternativamente, a intervalos muy cortos y de modo que se evite el deslumbramiento.

Artículo 110. Advertencias acústicas.

1. Excepcionalmente o cuando así lo prevea alguna norma de la legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, podrán emplearse señales acústicas de sonido no estridente, y queda prohibido su uso inmotivado o exagerado.

2. Las advertencias acústicas sólo se podrán hacer por los conductores de vehículos no prioritarios:

1.

Para evitar un posible accidente y, de modo especial, en vías estrechas con muchas curvas.
2.

Para advertir, fuera de poblado, al conductor de otro vehículo el propósito de adelantarlo.
3.

Para advertir su presencia a los demás usuarios de la vía, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70.
 
Superior