Buenas tardes, con respecto a los recursos, este año hay un cambio muy importante en las bases de la convocatoria referidas a la entrevista con respecto a las publicadas otros años. Con estas modificaciones creo que se acabó el ganar todos los recursos.
Analizarlas....
Año 2018
b) Entrevista personal. Tras la previa realización de un
test de personalidad y de un cuestionario de información biográfica, junto con la presentación de un curriculum vitae y de la vida laboral, que el opositor aportará en la fecha de ejecución de la entrevista, se explorarán los factores de socialización, comunicación, motivación, rasgos de personalidad, rasgos clínicos y cualidades profesionales.
La calificación de la parte b) será de «apto» o «no apto».
Año 2019
b) Entrevista personal. De carácter profesional y personal, y con la finalidad de comprobar la idoneidad del aspirante tomando como referencia factores que tienen incidencia directa en la función policial a desarrollar, será realizada por al menos un miembro del tribunal calificador y con el asesoramiento de los especialistas que se estimen necesarios. Las cuestiones que se planteen por el tribunal irán encaminadas a determinar la idoneidad de los aspirantes para el desarrollo futuro de las funciones policiales.
La entrevista se evaluará atendiendo a los resultados y conclusiones obtenidos exclusivamente durante su transcurso, sin perjuicio de que con anterioridad y a efectos de lograr la mayor utilidad de la misma, se pueda realizar tanto un cuestionario de información biográfica como pruebas de exploración del perfil de personalidad del opositor, de modo que sirvan como información complementaria, apoyadas con un curriculum vitae y una vida laboral que se deberá aportar en la fecha de citación para la ejecución de la entrevista.
El cuestionario de información biográfica, de realizarse, contendrá datos y aspectos de su vida, así como la opinión del mismo ante las cuestiones que se le planteen. El cuestionario dispondrá de instrucciones específicas de obligado cumplimiento, que le serán indicadas para su confección.
En ningún caso la evaluación del resultado de la entrevista vendrá condicionada o vinculada de modo exclusivo a dichas pruebas complementarias, ya que constituyen un elemento previo para que el Tribunal pueda orientar, si lo estima conveniente, el contenido de la misma.
A efectos de valoración de la entrevista, el tribunal tomará en consideración, factores tales como la socialización, comunicación, motivación, rasgos de personalidad, rasgos clínicos o cualidades profesionales, cuya incidencia en la valoración final será motivadamente individualizada para cada aspirante.
Para la calificación de la entrevista, el tribunal otorgará una puntuación inicial a los aspirantes convocados. De la puntuación inicial asignada, y en base a los resultados de la entrevista, el tribunal, podrá detraer puntuaciones parciales tras la valoración de los factores señalados, quedando la existencia y ponderación de los mismos debidamente motivados a disposición del aspirante concernido que lo solicite.
Previa puesta en conocimiento del aspirante, el desarrollo de la entrevista podrá ser objeto de grabación.
A efectos de superación de esta fase del proceso selectivo se tendrá en consideración, el número de plazas convocadas, el número de aspirantes entrevistados y los resultados y puntuación obtenida por cada uno de ellos.
La calificación de la parte b) será de «apto» o «no apto».