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- 19 Ene 2017
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Juraría que lo importante para ser condenado por tal delito es conducir con una tasa superior a la legalmente establecida y sufrir un accidente. Me explico con 3 supuestos:EJEMPLO DE SENTENCIA:
Audiencia Provincial de Madrid (Sección 17ª), sentencia de 27.11.2015:
” El 13 de junio de 2010, el acusado conducía el vehículo Volkswagen…., haciéndolo bajo la influencia de una intoxicación etílica, que le mermaba en sus facultades psicofísicas, razón por la cual cuando circulaba por la Avenida Juan Carlos I, de la localidad de Leganés, perdió el control del vehículo, subiendo sobre un bordillo e introduciéndose en el interior de una glorieta, chocando contra una señal de tráfico y tres árboles propiedad del Ayuntamiento de Leganés. El acusado presentaba síntomas de hallarse bajo la influencia de bebidas alcohólicas, tales como ojos rojos, pupilas dilatadas, habla pastosa, boca seca, fuerte olor alcohol y deambulación vacilante. Al serle realizada la prueba de determinación del grado de impregnación alcohólica con etilómetro, arrojó unos resultados de 0,47 y 0,43 miligramos de alcohol por litro de aire espirado.
Se CONDENA a xxxxx , como autor penalmente responsable de un delito contra la Seguridad Vial del artículo 379.2, por conducir bajo la influencia del alcohol, a las penas de 46 días de trabajos en beneficio de la Comunidad y de 15 meses de privación del derecho de conducir vehículos de motor y ciclomotores…”
Como veis no se llega a la tasa de 0.60, pero si se demuestra que el alcohol fue un factor determinante o que pudo influir en un accidente que se dé por jodido el conductor...
Con esto quiero decir, que si de servicio se tomas una cerveza y tienes un accidente o atropello, hay papeletas para que te den de gorrazos, y el juez no será benevolente y más por el cargo que ostenta el policía..
1. Conducir con una tasa superior a los límites legalmente establecidos sin superar la tasa de 0.60, sería sanción administrativa.
2. Conducir con una tasa superior a 0.60, delito contra la seguridad vial.
3. Conducir con una tasa superior a la establecida legalmente pero sin superar los 0,60 y sufrir un accidente, sería igualmente delito contra la seguridad vial, lo que determina el delito en este supuesto es el accidente...
P.D : prueba de ello es que no hay nadie condenado por una tasa de alcoholemia inferior a 0.60 y que no haya sufrido accidente...
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