Promoción XXXIX - Los pingüinos 🐧

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25 Abr 2023
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El examen a toro pasado y sentadito en casa es muy bonito, pero la realidad fue otra, la presión del momento, el cansancio... Todas las opiniones son respetables por supuesto, pero para mí este examen es nivel alto, mucha trampa, mucho supuesto, preguntas redactadas para el engaño, respuestas en algunos casos ambiguas, llevo 3 años sacando más de 6 en teoría, y en este examen ha habido una vuelta de tuerca con respecto a la manera de preguntar y nivel de dificultad de las preguntas, este año tengo un 5. Y por favor que ninguna Academia os venda la burra de que asegura el aprobado, eso era cuando con un 5 se aprobaba, ahora o se reinventan o van a perder mucha pasta. Una Academia te puede impulsar o no, el 80% está en tu trabajo.
 
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EBD_94

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POLICÍA
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25 Sep 2018
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Ya que menos para las notas oficiales tranquilidad. Ni siquiera sabemos si la DFP va a llamar hasta el 1,5 o lo dejara donde le dé la real gana ( ej. 1.3) resulta bastante llamativo que no haya ningún dato oficial a este respecto , sobre el número de presentados a físicas o el número de instancias iniciales. No se sabe nada. No sé yo sinceramente sigo pensando lo mismo , pienso que hay más de 3000 personas cor encima del 5,4-5,5 . Otros años había muchísima gente por encima del 5 ,muchísima y tenían que hacer el corte con orto , este año no . Y dada la complejidad del examen no tiene sentido que se quede en un 5 lo ha sacado el 80 % de los opositores
Pero vamos a ver, que pasan mínimo 2947 personas. Que lo pone el las bases de la convocatoria xd como que la dfp va a llamar a cuántos quiera? Es que yo flipo
 
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JuezDredd

Policía Alumno
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14 Nov 2022
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Pero vamos a ver, que pasan mínimo 2947 personas. Que lo pone el las bases de la convocatoria xd como que la dfp va a llamar a cuántos quiera? Es que yo flipo
jajajajja además es que pone ÚNICAMENTE en el BOE, así que va a ser 1.5 de todas todas.
Luego las que pasen de militares a civiles, es otra cosa.
 
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26 Jun 2020
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Me pareceria una vergüenza si impugnan una pregunta basada en sentencias...que estudiamos leyes o sentencias? Pero entiendo que quien esté al filo haga uso de ese derecho y de poder salvarse.
Como impugnen mucho peligro
Yo tengo un 5.3 y la del coche la tengo bien si la impugnan me van a joder mucho...
 
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28 Mar 2022
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Sería un gran favor que alguien la pasara
[26/4 18:32] AlvaritoL: Si te sirve: En la plantilla a la que anteriormente se hace alusión, el Tribunal calificador plantea como respuesta correcta la opción “C” considerando el que suscribe la respuesta es INCORRECTA, ya que con los datos que se ofrecen tanto en el enunciado como en las opciones de respuesta podría llegarse a la conclusión de que nos encontramos ante un posible asesinato al ser el ataque por la espalda, a traición, puesto que así puede deducirse de la situación, y por tanto alevoso, una agravante específica que convierte al homicidio en asesinato. Estamos en este caso ante una alevosía sorpresiva “caracterizada por el ataque súbito, inesperado, repentino e imprevisto” (STS
[26/4 18:32] AlvaritoL: 23/2022 de 13 de enero), puesto que bajo ningún concepto la víctima iba a esperar que por negar un beso fuera a ser atacada de tal forma.

Es más, el hecho de que el agresor se encontrase en un “importante estado de intoxicación” (intoxicación semiplena) no es incompatible con la apreciación de la alevosía, como bien indica el Tribunal Supremo en sus SSTS 759/2022, de 15 de septiembre, 937/2004 de 19 de julio y 60/2016 de 4 de febrero entre otras. En resumidas cuentas, viene a indicar: “Es claro, sin embargo, que, incluso bajo ciertas limitaciones en las ordinarias aptitudes para autodeterminarse, resulta perfectamente factible escoger como medios de ataque aquellos que se orienten a asegurar la ejecución del mismo, evitando la defensa que pudiera proceder del ofendido (…)”.
[26/4 18:33] AlvaritoL: Considerando la piedra como objeto peligro susceptible de causar la muerte y su uso digno del calificativo “alevoso” encontramos sentencias recientes y que por tanto confirman el último criterio del Tribunal al respecto como la STS 797/2023 o STS 4023/2021 o casos parecidos al expresado como el de un hombre que mató a su exmujer con una piedra y estaba también bajo los efectos de alcohol y otras drogas (https://www.20minutos.es/noticia/5069367/0/acusado-matar-mujer-piedra-reconoce-hechos-palma/).

No obstante, de no calificarse como asesinato en base a los datos aportados tampoco podría calificarse de homicidio del 138 CP, puesto que para considerarse conducta suficiente para causar la muerte “es preciso que los golpes propinados con ella revistan suficiente intensidad” como para poner en peligro la vida de la víctima y “que la piedra sea de grandes dimensiones”, como sucedía en las sentencias citadas. A efectos del enunciado y respuestas que se nos proporcionaron, si bien se indica que la intoxicación era “importante”, nada se aporta sobre la intensidad del golpe ni sobre la dimensión de la piedra. No obstante, considerando el golpe como suficiente o no, C en ningún caso sería correcta. La única opción que se veía claramente por los datos aportados que escapaba al artículo 138 CP era la opción B, por ser un homicidio imprudente menos grave. A difícil conclusión se podía llegar en la opción A, a mi parecer la más correcta entre las incorrectas por tampoco poderse deducir con esos datos que las torturas fueran signo de ensañamiento (y por tanto, por la misma regla que C, serían ambas asesinatos). Por último, al indicarse en A que “murió a causa de las torturas”, se confirmaría así la teoría de la imputación objetiva, creando la acción un peligro suficiente para causar el resultado, en este caso, la muerte.
 
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6 Dic 2017
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Por favor alguien ha mandado recurso para la pregunta del ministerio de hacienda? Me interesaría el documento para mandarlo yo también. Hay de todas las preguntas documento menos de esa.
 
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28 Mar 2022
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Si te sirve: En la plantilla a la que anteriormente se hace alusión, el Tribunal calificador plantea como respuesta correcta la opción “C” considerando el que suscribe la respuesta es INCORRECTA, ya que con los datos que se ofrecen tanto en el enunciado como en las opciones de respuesta podría llegarse a la conclusión de que nos encontramos ante un posible asesinato al ser el ataque por la espalda, a traición, puesto que así puede deducirse de la situación, y por tanto alevoso, una agravante específica que convierte al homicidio en asesinato. Estamos en este caso ante una alevosía sorpresiva “caracterizada por el ataque súbito, inesperado, repentino e imprevisto” (STS23/2022 de 13 de enero), puesto que bajo ningún concepto la víctima iba a esperar que por negar un beso fuera a ser atacada de tal forma.

Es más, el hecho de que el agresor se encontrase en un “importante estado de intoxicación” (intoxicación semiplena) no es incompatible con la apreciación de la alevosía, como bien indica el Tribunal Supremo en sus SSTS 759/2022, de 15 de septiembre, 937/2004 de 19 de julio y 60/2016 de 4 de febrero entre otras. En resumidas cuentas, viene a indicar: “Es claro, sin embargo, que, incluso bajo ciertas limitaciones en las ordinarias aptitudes para autodeterminarse, resulta perfectamente factible escoger como medios de ataque aquellos que se orienten a asegurar la ejecución del mismo, evitando la defensa que pudiera proceder del ofendido (…)”.
Considerando la piedra como objeto peligro susceptible de causar la muerte y su uso digno del calificativo “alevoso” encontramos sentencias recientes y que por tanto confirman el último criterio del Tribunal al respecto como la STS 797/2023 o STS 4023/2021 o casos parecidos al expresado como el de un hombre que mató a su exmujer con una piedra y estaba también bajo los efectos de alcohol y otras drogas (https://www.20minutos.es/noticia/5069367/0/acusado-matar-mujer-piedra-reconoce-hechos-palma/).

No obstante, de no calificarse como asesinato en base a los datos aportados tampoco podría calificarse de homicidio del 138 CP, puesto que para considerarse conducta suficiente para causar la muerte “es preciso que los golpes propinados con ella revistan suficiente intensidad” como para poner en peligro la vida de la víctima y “que la piedra sea de grandes dimensiones”, como sucedía en las sentencias citadas. A efectos del enunciado y respuestas que se nos proporcionaron, si bien se indica que la intoxicación era “importante”, nada se aporta sobre la intensidad del golpe ni sobre la dimensión de la piedra. No obstante, considerando el golpe como suficiente o no, C en ningún caso sería correcta. La única opción que se veía claramente por los datos aportados que escapaba al artículo 138 CP era la opción B, por ser un homicidio imprudente menos grave. A difícil conclusión se podía llegar en la opción A, a mi parecer la más correcta entre las incorrectas por tampoco poderse deducir con esos datos que las torturas fueran signo de ensañamiento (y por tanto, por la misma regla que C, serían ambas asesinatos). Por último, al indicarse en A que “murió a causa de las torturas”, se confirmaría así la teoría de la imputación objetiva, creando la acción un peligro suficiente para causar el resultado, en este caso, la muerte.
 
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22 Sep 2020
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Por favor alguien ha mandado recurso para la pregunta del ministerio de hacienda? Me interesaría el documento para mandarlo yo también. Hay de todas las preguntas documento menos de esa.
A mi tmb me interesa el documento ! Porfi alguien lo puede adjuntar ?
 
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6 Dic 2017
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Esa me da a mí que van a hacer caso omiso.
Yo es la única que veo posible que se impugne. El año pasado se impugno una pregunta por envezde poner ministro del interior poner ministerio del interior. Si no está correctamente el nombre suelen quitarla.
 
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22 Sep 2020
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Yo es la única que veo posible que se impugne. El año pasado se impugno una pregunta por envezde poner ministro del interior poner ministerio del interior. Si no está correctamente el nombre suelen quitarla.
Por eso ! Si alguien nos puede mandar el documento ,
 
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27 Abr 2023
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Hola a todos, después de que haya pasado ciertos días de rumores, opiniones, he llegado a la conclusión de que en esta promoción hay muchísimos factores que la gente da por alto, como por ejemplo, que se han cargado a muchísimos en las físicas, que es el año con más plazas y menos instancias, es el año con más novato en los últimos 5 años, ya que por el tema de la ortografía se ha descongestionado bastante, el día del examen fue agotador… sobretodo en diversas comunidades… nunca he visto un examen con tanta polémica, lo que da lugar a que viendo lo visto y analizando bien y de la forma más racional posible y transparente, he llegado a la conclusión de que el corte girará entorno al 4.8 y el 5 (incluso menos) SI HAY IMPUGNACIONES, y si NO hay impugnaciones, creo que superará levemente el 5.3, ya que ha sido un año lleno de triples… no os imagináis la cantidad de gente que ha contestado más de 85 preguntas… y llegan al 5.2, creo que el papel fundamental va a ser el tema de las impugnaciones y tiene pinta de haber muchísimas, para mi que este año habrá récord de impugnaciones, y van a marcar un papel fundamental, el que tenga un 5.2/5.3 puede quedarse perfectamente fuera y el que tenga un 4.7-4.8-4.9 puede quedarse perfectamente dentro, y les va a interesar más que pasen los del 4.7-4.8 que los del 5.1-5.2 porque hay más gente con un 5 y poco… es una humilde opinión y vaya llevo dos dias leyendo y pensando….
como CONCLUSIÓN;
SIN IMPUGNACIONES; +5.15
CON IMPUGNACIONES; +4.75
No deis absolutamente nada por perdido los del 4.6/4.7 por arriba porque el juego puede cambiar repentinamente esto va a ser como la bolsa de valores….

los que tengan menos de 5.3, es inevitable la preocupación por lo que he dicho, ya que la grandísima mayoría tiene correctas preguntas POSIBLEMENTE Y ALTAMENTE impugnables y los de menos de esa nota la gran mayoría las tienen mal… por eso hay tanta polémica.
Mucha suerte a todos, y repito es solo una humilde opinión y dos dias llenos de leer leer leer leer observar y analizar…. Ánimo, y si no, a por la 40. Un saludo
 
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25 Sep 2018
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Yo es la única que veo posible que se impugne. El año pasado se impugno una pregunta por envezde poner ministro del interior poner ministerio del interior. Si no está correctamente el nombre suelen quitarla.
Claro se a la que te refieres. Pero es que la pregunta es totalmente distinta. Es decir, ahí se confundía uno de órgano. No es lo mismo que la competencia para sancionar infracciones muy graves en grado máximo sea el Ministro del interior (debería ser está la respuesta) que el ministerio del interior. Osea se refiere a cosas distintas. En esta pregunta aunque no sea el nombre del ministerio actualizado, se refiere al mismo. No sé si me explico.
Es como si en vez de poner gobierno pones consejo de ministros. Al fin y al cabo es lo mismo.
Coincido con el compañero y creo que no se anula.
 
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11 Feb 2022
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Yo es la única que veo posible que se impugne. El año pasado se impugno una pregunta por envezde poner ministro del interior poner ministerio del interior. Si no está correctamente el nombre suelen quitarla.
Según tengo entendido un año paso algo diferente poniendo el nombre antiguo de un ministerio y la dejaron como buena, respecto a la que mencionas del año pasado entiendo que la impugnaran ya que estaba en el enunciado y de por sí el ministerio del interior no llevaba las causas muy graves en grado máximo por lo que ninguna sería correcta
 
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25 Sep 2018
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Hola a todos, después de que haya pasado ciertos días de rumores, opiniones, he llegado a la conclusión de que en esta promoción hay muchísimos factores que la gente da por alto, como por ejemplo, que se han cargado a muchísimos en las físicas, que es el año con más plazas y menos instancias, es el año con más novato en los últimos 5 años, ya que por el tema de la ortografía se ha descongestionado bastante, el día del examen fue agotador… sobretodo en diversas comunidades… nunca he visto un examen con tanta polémica, lo que da lugar a que viendo lo visto y analizando bien y de la forma más racional posible y transparente, he llegado a la conclusión de que el corte girará entorno al 4.8 y el 5 (incluso menos) SI HAY IMPUGNACIONES, y si NO hay impugnaciones, creo que superará levemente el 5.3, ya que ha sido un año lleno de triples… no os imagináis la cantidad de gente que ha contestado más de 85 preguntas… y llegan al 5.2, creo que el papel fundamental va a ser el tema de las impugnaciones y tiene pinta de haber muchísimas, para mi que este año habrá récord de impugnaciones, y van a marcar un papel fundamental, el que tenga un 5.2/5.3 puede quedarse perfectamente fuera y el que tenga un 4.7-4.8-4.9 puede quedarse perfectamente dentro, y les va a interesar más que pasen los del 4.7-4.8 que los del 5.1-5.2 porque hay más gente con un 5 y poco… es una humilde opinión y vaya llevo dos dias leyendo y pensando….
como CONCLUSIÓN;
SIN IMPUGNACIONES; +5.15
CON IMPUGNACIONES; +4.75
No deis absolutamente nada por perdido los del 4.6/4.7 por arriba porque el juego puede cambiar repentinamente esto va a ser como la bolsa de valores….

los que tengan menos de 5.3, es inevitable la preocupación por lo que he dicho, ya que la grandísima mayoría tiene correctas preguntas POSIBLEMENTE Y ALTAMENTE impugnables y los de menos de esa nota la gran mayoría las tienen mal… por eso hay tanta polémica.
Mucha suerte a todos, y repito es solo una humilde opinión y dos dias llenos de leer leer leer leer observar y analizar…. Ánimo, y si no, a por la 40. Un saludo
Pues yo creo que van a anular la del coche y ya está. No se dónde veis tanta pregunta retorcida.
 
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JuezDredd

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14 Nov 2022
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Yo es la única que veo posible que se impugne. El año pasado se impugno una pregunta por envezde poner ministro del interior poner ministerio del interior. Si no está correctamente el nombre suelen quitarla.
pero no era lo mismo la competencia sancionadora que una actualización de nombre.
Quien sanciona es el Ministro no el Ministerio, de ahí la impugnación de la 38.
Ahora se llame como se llame el Ministerio, siempre propone el DGP en el caso de la compatibilidad del puesto de trabajo. En esa pregunta no había lugar a dudas.
Luego todo puede suceder, pero a priori no veo que vayan a hacer mucho caso a esa.
 
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5 Oct 2020
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Yo es la única que veo posible que se impugne. El año pasado se impugno una pregunta por envezde poner ministro del interior poner ministerio del interior. Si no está correctamente el nombre suelen quitarla.
Estamos hablando de cosas diferentes. No es lo mismo una función del propio Ministro del Interior a una función del Ministerio del Interior. Una presidencia, por ejemplo, la hace el Ministro y no el Ministerio.
En mi opinión no se va a impugnar por lo que ya mencioné aquí. En promociones pasadas se dió como válida la Unidad de Investigación Tecnológica estando en vigor su nuevo nombre de Unidad Central de Ciberdelincuencia. De cualquier manera todo es posible.
 
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25 Sep 2018
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También recuerdo el año pasado la de desórdenes públicos. Le faltaba la coletilla de "siempre que movilice policía, emergencias..." y no se anuló. Lo mismo pasará con la de los sanitarios.
 
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