Acabo de encontran las bases:
6.5 Lugar de realización de las pruebas.
La primera prueba se realizará en las siguientes sedes:
Ávila, Tenerife y Baleares.
La segunda prueba en las siguientes:
A Coruña, Baleares, Granada, Las Palmas de Gran Canaria, Madrid, Sevilla, Valencia,
y Zaragoza.
A estos efectos, los opositores deberán consignar en su solicitud la sede de
examen,
de entre las citadas, en cada caso, en que deseen realizar las citadas pruebas, quedando
vinculados por esta elección para su realización en dicha sede. Los opositores que no
ejerciten la referida opción, serán adscritos a la sede de Ávila para la realización de las
pruebas físicas y en la sede de Madrid para la realización de las restantes pruebas.
Previo el oportuno anuncio,
el Tribunal podrá añadir a las anteriores relaciones otras
sedes de examen, o eliminar alguna de las indicadas, cuando así lo aconseje el número
de peticionarios o razones de economía de medios, eficacia o funcionalidad, asignando
de oficio a los opositores a cada una de ellas.
Igualmente el Tribunal, teniendo en cuenta el número de aspirantes que superen la
primera y segunda prueba, determinará la sede o las sedes de
examen para la realización
de la parte a) de la tercera prueba y del ejercicio voluntario de idioma.
La parte b) de la tercera prueba (entrevista personal) y la cuarta prueba
(reconocimiento médico) se celebrarán en Madrid; si bien el Tribunal podrá, en su caso,
determinar otras sedes de
examen para la realización de estas pruebas.
6.6 Inicio y calendario de las pruebas.
La primera prueba se iniciará en la fecha que señale esta Dirección mediante
Resolución publicada en el «Boletín Oficial del Estado».
La convocatoria para las siguientes pruebas se hará pública, con al menos veinticuatro
horas de antelación a través de la página web https://policia.es. En el mismo lugar se
expondrán al público las listas de aprobados y cualquier comunicación del Tribunal.
No obstante lo anterior, a los solos efectos de favorecer la mecánica de la
oposición,
el Tribunal número Uno podrá disponer que determinadas pruebas o parte de ellas se
realicen en la misma o en distinta fecha o en unidad de acto, evaluando cada una respecto
de los que hubieran aprobado la anterior, teniendo en cuenta el orden de la base 6 de
esta convocatoria. No obstante, la evaluación o calificación de la tercera y cuarta prueba
se efectuará conjuntamente en la misma sesión del Tribunal.
Es decir que por poder, se puede, otra cosa es que se quiera.