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Preguntas VIOLENCIA DE GÉNERO (tema 17)

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Unido
29 Mar 2015
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Haciendo los Test de Examen del 2013 de Mad, me han salido estas dos preguntas de las cuales no he podido encontrar su justificación en el temario, ni google.

¿Quien actuará como órgano de coordinación del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, con la Fundación para la cooperación Internacional Salud y Política Social?

a) La Subsecretaría del Citado Ministerio
b) La Secretaría General Técnica de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad (dada por buena)
c) La Delegación del Gobierno para la Violencia de Género

¿Quien puede solicitar la nacionalidad española de los hijos menores de una mujer extranjera víctima de la violencia de género ?
a) El Ministerio Fiscal
b) La propia Víctima
c) La víctima o su representante legal (dada por buena)
 
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Unido
28 Jun 2015
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En la violencia de género, se garantiza la asistencia jurídica gratuita o gratuita solo para personas con recursos escasos??
Gracias!!
Se garantiza en todos los casos. En un origen según la LO 1/2004 solo se garantizaba cuando se acreditase insuficiencia de recursos para litigar. El Real Decreto-ley 3/2013 modifica esto en su artículo 2:

«g) Con independencia de la existencia de recursos para litigar, se reconoce el derecho de asistencia jurídica gratuita, que se les prestará de inmediato, a las víctimas de violencia de género, de terrorismo y de trata de seres humanos en aquellos procesos que tengan vinculación, deriven o sean consecuencia de su condición de víctimas, así como a los menores de edad y las personas con discapacidad psíquica cuando sean víctimas de situaciones de abuso o maltrato.

Es cierto, pero con matices. Con motivo de la reforma de este año de la Ley de Enjuiciamiento Civil, desde el pasado 7 de octubre la propia LO 1/2004 ya recoge la gratuidad de la defensa jurídica a todas las víctimas de viogen que lo soliciten. Precisamente dicha reforma también afecta a la Ley 1/1996 de asistencia jurídica gratuita, la cual, también desde el pasado 7 de octubre, establece que "con independencia de la existencia de recursos para litigar, se reconoce el derecho de asistencia jurídica gratuita, que se les prestará de inmediato, a las víctimas de violencia de género, de terrorismo y de trata de seres humanos en aquellos procesos que tengan vinculación, deriven o sean consecuencia de su condición de víctimas, así como a los menores de edad y las personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental cuando sean víctimas de situaciones de abuso o maltrato. Este derecho asistirá también a los causahabientes en caso de fallecimiento de la víctima, siempre que no fueran partícipes en los hechos".
Es decir, que tanto la propia ley de violencia de género, como la ley de asistencia jurídica gratuita (ambas modificadas este año por la misma norma), recogen la gratuidad para este tipo de víctimas.

Un saludo a amb@s.
 
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Nito_87

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5 Oct 2010
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Y añado una duda respecto al tema, se le reconoce el derecho de asistencia jurídica gratuita inmediata a todas las personas con independencia de recursos para litigar, pero después si con posterioridad no se le reconoce ese derecho (por motivo económico u otro), ¿tiene que pagar los honorarios devengados al abogado? Cito lo que tengo por si necesito actualizarlo que veo que sí.

"Las mujeres víctimas de violencia de género que acrediten insuficiencia de recursos para litigar, tienen derecho a la defensa y representación gratuitas de abogado y procurador en todos los procesos y procedimientos administrativos que tengan causa directa o indirecta en la violencia padecida, derecho que asistirá también a los causahabientes en caso de fallecimiento de la víctima".
"En todo caso, se garantizará la defensa jurídica, gratuita y especializada de forma inmediata a todas las víctimas de violencia de género que lo soliciten. Si no se les reconoce con posterioridad el derecho a la asistencia jurídica gratuita, éstas deberán abonar al abogado los honorarios devengados por su intervención".
 
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28 Jun 2015
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Y añado una duda respecto al tema, se le reconoce el derecho de asistencia jurídica gratuita inmediata a todas las personas con independencia de recursos para litigar, pero después si con posterioridad no se le reconoce ese derecho (por motivo económico u otro), ¿tiene que pagar los honorarios devengados al abogado? Cito lo que tengo por si necesito actualizarlo que veo que sí.

"Las mujeres víctimas de violencia de género que acrediten insuficiencia de recursos para litigar, tienen derecho a la defensa y representación gratuitas de abogado y procurador en todos los procesos y procedimientos administrativos que tengan causa directa o indirecta en la violencia padecida, derecho que asistirá también a los causahabientes en caso de fallecimiento de la víctima".
"En todo caso, se garantizará la defensa jurídica, gratuita y especializada de forma inmediata a todas las víctimas de violencia de género que lo soliciten. Si no se les reconoce con posterioridad el derecho a la asistencia jurídica gratuita, éstas deberán abonar al abogado los honorarios devengados por su intervención".
Ese es el artículo de la ley de viogen que había hasta el 7 de octubre de este año, pero desde esa fecha ya no tiene esa redacción. Míralo y verás que es así.
 
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Nito_87

POLICÍA
Policía Alumno
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5 Oct 2010
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Muchas gracias Craving, pues voy a ojearlo y a modificar los apuntes para tenerlo al día.
 
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16 Dic 2015
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Hola soy nuevo y tengo mi duda es:
En lo referente al nuevo sistema para los casos de la violencia de genero que hace referencia al viogen, es decir el vrp y el svrp, me han dicho que en enero este sistema cambia, alguien me puede aclarar?
 
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29 Oct 2015
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No he visto nada, no obstante, si cambia en enero, dudo que se pregunte en febrero pero no seré yo el que te diga que no te lo estudies
 
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16 Dic 2015
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No he visto nada, no obstante, si cambia en enero, dudo que se pregunte en febrero pero no seré yo el que te diga que no te lo estudies
Gracias jurdano, pero yo me presento a la 33, este año estoy como observador, gracias de todos modos

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25 Nov 2015
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Una pregunta que seguro sabéis, ¿la violencia de género solo se aplica a las mujeres?, lo decía por esta pregunta que pongo a continuación:

¿Cuál de estas afirmaciones es correcta?
a) La violencia de género es hereditaria.
b) La violencia de género es un maltrato que se aplica solo a la mujer.
c) La violencia de género abarca cualquier maltrato de ámbito familiar.
 
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8 Ago 2015
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Una pregunta que seguro sabéis, ¿la violencia de género solo se aplica a las mujeres?, lo decía por esta pregunta que pongo a continuación:

¿Cuál de estas afirmaciones es correcta?
a) La violencia de género es hereditaria.
b) La violencia de género es un maltrato que se aplica solo a la mujer.
c) La violencia de género abarca cualquier maltrato de ámbito familiar.

La B.
 
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16 Dic 2015
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Es la b, la violencia de genero es exclusivamente, la victima es la mujer i el criminal ha de ser su pareja (que exista relacion de afectividad aun sin convivencia), incluso si en la pelea por asi decirlo uno de los hijos se mete en medio y tambien recibe esto tambien es violencia de genero.

Pero si dos gays, uno zurra a su pareja, esto NO es violencia de genero, es violencia domestica

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25 Nov 2015
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Es la b, la violencia de genero es exclusivamente, la victima es la mujer i el criminal ha de ser su pareja (que exista relacion de afectividad aun sin convivencia), incluso si en la pelea por asi decirlo uno de los hijos se mete en medio y tambien recibe esto tambien es violencia de genero.

Pero si dos gays, uno zurra a su pareja, esto NO es violencia de genero, es violencia domestica

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Muchas gracias, todo claro, muy buena explicación ;)
 
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16 Dic 2015
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Hola, tengo una duda, actualizandome el temario, en la ley 1/2004, en su titulo 4, tutela penal, art 35, sustitucion de penas, hace referencia al articulo 88 del codigo penal, pero en el codigo penal actual dicho articulo ha sido suprimido, alguien puede decirme en que articulo esta regulado ahora la sustitucion de penas en reos culpables de viol. de genero?

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19 Dic 2015
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Gente quería pediros un poco de ayuda con el tema de violencia de género, el 12, me ha parecido siempre y me sigue pareciendo infumable, apenas lo miro porque de verdad que no puedo con él :( ¿Podrías decirme que mirarme así más importante? Es que en casi todos los test caen muchas preguntas del tema. Gracias y a darle duro que falta ná!
 
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5 Mar 2013
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¿Si la víctima de violencia de género es millonaria, también tendría derecho a la asistencia jurídica gratuíta según la modificación?
 
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16 Dic 2015
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Gente quería pediros un poco de ayuda con el tema de violencia de género, el 12, me ha parecido siempre y me sigue pareciendo infumable, apenas lo miro porque de verdad que no puedo con él :( ¿Podrías decirme que mirarme así más importante? Es que en casi todos los test caen muchas preguntas del tema. Gracias y a darle duro que falta ná!
En mi opinion es uno de los temas mas espesos que hay, yo en mi caso me e estudiado la ley 1/2004 de medidas de prevencion contra.... Hasta el titulo 4 tutela penal ( inclusive, aunque con la modificacion del codigo penal estoy actualizandome dichos articulos), descontando los articulos referentes a las fuerzas de seguridad del estado, la ley de igualdad de oportunidades entre mujered y hombres, la ley de orden de proteccion contra la violencia domestica, y las funciones de la secretaria general contra la violencia de genero.

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16 Dic 2015
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Según la ley, en todo caso, devenga o no haberes...
Segun la ley 1/2004 de medidas de proteccion integral contra la violencia de genero, todas la mujeres victimas tienen derecho a la asistencia de abogado gratuita, sin importar su etnia, clase social, libreta del banco i todo lo demas

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16 Dic 2015
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En mi opinion es uno de los temas mas espesos que hay, yo en mi caso me e estudiado la ley 1/2004 de medidas de prevencion contra.... Hasta el titulo 4 tutela penal ( inclusive, aunque con la modificacion del codigo penal estoy actualizandome dichos articulos), descontando los articulos referentes a las fuerzas de seguridad del estado, la ley de igualdad de oportunidades entre mujered y hombres, la ley de orden de proteccion contra la violencia domestica, y las funciones de la secretaria general contra la violencia de genero.

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De todas formas el temario de rdp viene bien redactado el tema

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1 Feb 2015
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La asistencia jurídica, prevista para las mujeres víctimas de violencia de género, por la Ley Orgánica 1/2004, será para:
a) Las víctimas que acrediten insuficiencia de recursos para litigar.
b) Todas las víctimas en el ámbito familiar, con independencia del sexo.
c) Todas las víctimas sin necesidad de acreditar insuficiencia de recursos.
 

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