
Lo digo porque yo lo que sé es que los SAF (Servicios de Atención a la Familia) están adscritos en la UDEV de la Comisaría General de Policía Judicial Entiendo entonces que la UFAM también, ¿no?
Para mi el SAF está en la Secretaría General de judicial. Olvídate de lo demás, ahora mismo sigue todo igual ORGÁNICAMENTE, pero FUNCIONALMENTE pasan a depender del coordinador nacional pues las unidades que debes saber ya.Ok, entonces todavía está en el aire dónde se encuentra incardinada, ¿no?

Ok, muchas gracias por tu aclaración!!Para mi el SAF está en la Secretaría General de judicial. Olvídate de lo demás, ahora mismo sigue todo igual ORGÁNICAMENTE, pero FUNCIONALMENTE pasan a depender del coordinador nacional pues las unidades que debes saber ya.
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En mi temario de Decuma también dice que el SAF está incardinado en la UDEV, no sé por qué, ya que en la propia DGP viene adscrita a la Secretaría Gral de la CGPJ.Lo digo porque yo lo que sé es que los SAF (Servicios de Atención a la Familia) están adscritos en la UDEV de la Comisaría General de Policía Judicial Entiendo entonces que la UFAM también, ¿no?


En el tema 12 me viene tal cual en los apuntes: Se establece el permiso de paternidad de 13 días de duración, ampliable en casi de parto múltiple en 2 días más por cada hijo o hija a partir del 2º... Entiendo que esto es en las empresas normales y no en los funcionarios públicos(que en el actual EBEP pone 4 semanas, ¿verdad?

Menos mal que me has puesto sobre aviso, pensé que eran 4 semanas y me confié en no comprobarlo, en realidad serán 4 semanas pero dentro de 6 años [emoji85][emoji85]!! Muchas gracias![emoji6][emoji111]️Menuda alegría que le podrías dar a la parte no embarazada o "embarazable" si fuese de 4 semanas... Pero no (de momento).
Art. 49 EBEP:
c) Permiso de paternidad por el nacimiento, acogimiento o adopción de un hijo: tendrá una duración de quince días, a disfrutar por el padre o el otro progenitor a partir de la fecha del nacimiento, de la decisión administrativa o judicial de acogimiento o de la resolución judicial por la que se constituya la adopción.
Este permiso es independiente del disfrute compartido de los permisos contemplados en los apartados a) y b).
Disposición transitoria sexta. Ampliación del permiso de paternidad.
Las Administraciones Públicas ampliarán de forma progresiva y gradual la duración del permiso de paternidad regulado en el apartado c) del artículo 49 hasta alcanzar el objetivo de cuatro semanas de este permiso a los seis años de entrada en vigor de este Estatuto.
Esto para el funcionariado. Para el resto de trabajadores y trabajadoras por cuenta ajena es tal y como escribes según la aplicación del Estatuto de los Trabajadores ("13 días naturales ininterrumpidos, ampliables en 2 días más por cada hijo a partir del segundo en el supuesto de parto, adopción o acogimiento múltiples").

Yo según tengo en mi temario el SAF está en la Brigada Central de Investigación de Delitos contra las Personas de la UDEV, que es la encargada de la investigación y persecución de los delitos contra la vida, la libertad, homicidios, agresiones sexuales y desaparecidos; así como los cometidos en el ámbito familiar y en materia de menores de edad.En mi temario de Decuma también dice que el SAF está incardinado en la UDEV, no sé por qué, ya que en la propia DGP viene adscrita a la Secretaría Gral de la CGPJ.

http://www.policia.es/org_central/judicial/estructura/saf_creacion.htmlYo según tengo en mi temario el SAF está en la Brigada Central de Investigación de Delitos contra las Personas de la UDEV, que es la encargada de la investigación y persecución de los delitos contra la vida, la libertad, homicidios, agresiones sexuales y desaparecidos; así como los cometidos en el ámbito familiar y en materia de menores de edad.

No lo había visto. Muchas gracias!!


Tienen derecho a la asistencia jurídica gratuita, entiendo que si tienen que acreditarlo de alguna manera, porque dice también que cuando se demuestra que tienen suficientes recursos tienen que pagarlo ellas.¿Las víctimas de violencia de género tienen que acreditar insuficiencia de recursos para la asistencia jurídica gratuita?

Tienen derecho a la asistencia jurídica gratuita, entiendo que si tienen que acreditarlo de alguna manera, porque dice también que cuando se demuestra que tienen suficientes recursos tienen que pagarlo ellas.



En la violencia de género, se garantiza la asistencia jurídica gratuita o gratuita solo para personas con recursos escasos??
Gracias!!