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Preguntas SEGURIDAD VIAL (Temas 36, 37 y 38)

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PHER

POLICÍA
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13 Abr 2014
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Pues que sepáis que no llevar el cinturón de seguridad en servicio de urgencia fuera de poblado es una falta grave...
 
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PHER

POLICÍA
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13 Abr 2014
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Pues que sepáis que no llevar el cinturón de seguridad en servicio de urgencia fuera de poblado es una falta grave...
Mira que está feo, pero me cito a mí mismo para justificar el porqué de falta grave.
Faltas graves del régimen disciplinario: Apartado z) bis. La infracción de las normas de prevención de riesgos laborales que pongan en grave riesgo la vida, salud, o integridad física, propia o de sus compañeros o subordinados.
 
Pues debería ser obligatorio siempre, en cualquier tipo de vehículo en cualquier carretera y en cualquier circustancia.

Para mí es igual de absurdo que si dijeran que en una moto patrulla en emergencia no es obligatorio llevar casco...

El día que lleve uniforme me lo pondre siempre, que cuesta 3 segundos quitarlo y ponerlo, no pienso salir volando por la luna del coche.
 
Una pregunta tonta, pero de la cual no hacen mención ni Jurispol ni Decuma en el tema 29 que tengo de ellos.

Tema cinturones de seguridad. Urbano exentos tanto servicio urgente, como no, ¿interurbano obligados, no? ¿Depende del servicio?
Creo que esto se modificado, y ahora estamos obligados a llevarlo puesto tanto de patrulla, como en servicio urgente. De todas formas, vosotros buscar lo que diga exactamente la ley, no utiliceis el sentido común, porque os estareis equivocando.
Tengo un compi, que me dijo el otro día que los zetas son coches no homologados por industria, puesto que llevan instalado una serie de elementos, que en caso de accidente, pueden hacernos daño a los ocupantes. Pero bueno, esto como anecdota, vosotros, buscar lo que diga la ley, y ceñiros a eso.
 
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Unido
28 Oct 2014
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Creo que esto se modificado, y ahora estamos obligados a llevarlo puesto tanto de patrulla, como en servicio urgente. De todas formas, vosotros buscar lo que diga exactamente la ley, no utiliceis el sentido común, porque os estareis equivocando.
Tengo un compi, que me dijo el otro día que los zetas son coches no homologados por industria, puesto que llevan instalado una serie de elementos, que en caso de accidente, pueden hacernos daño a los ocupantes. Pero bueno, esto como anecdota, vosotros, buscar lo que diga la ley, y ceñiros a eso.

Gracias. Acabo de preguntar a un buen amigo mío y compañero tuyo. Y hasta donde él sabe sigue igual. Si te cercioras de que ha habido dicha modificación, te agradecería que nos avisaras.
 
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2 Feb 2009
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Me he puesto a ojear dicho reglamento y pone esto:

Real Decreto 13/1992, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación, para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. (Vigente hasta el 23 de enero de 2004).

¿Hay algo más actual en vigor?
 
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AMolina

POLICÍA
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25 Sep 2012
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Compañeros en que ha quedado lo de la "señal luminosa azul en TODOS los vehículos prioritarios"?
 
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15 Sep 2014
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¿Los vehiculos no prioritarios en servicio urgente tienen prioridad de paso?
Yo diría que no. Te copio:


ARTÍCULO 70. Vehículos no prioritarios en servicio de urgencia.
  • Si, como consecuencia de circunstancias especialmente graves, el conductor de un vehículo no prioritario se viera forzado, sin poder recurrir a otro medio, a efectuar un servicio de los normalmente reservados a los prioritarios, procurará que los demás usuarios adviertan la especial situación en que circula, utilizando para ello el avisador acústico en forma intermitente y conectando la luz de emergencia, si se dispusiera de ella, o agitando un pañuelo o procedimiento similar.
  • Los conductores a que se refiere el número anterior deberán respetar las normas de circulación, sobre todo en las intersecciones y los demás usuarios de la vía darán cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 69.
  • En cualquier momento, los agentes de la autoridad podrán exigir la justificación de las circunstancias a que se alude en el apartado 1.
  • Las infracciones a las normas de este precepto tendrán la consideración de graves, conforme se prevé en el artículo 65.4.c) del texto articulado.

Leyéndolo otra vez, quizás sí tuvieran prioridad ya que los demás conductores dice que actuarán como si de un vehículo prioritario se tratase.
 
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