




Armero dijo:Lanzo pregunta...
En la ley 2/2006 de prevencion de riesgos laborales en la actividad de funCionarios CNP. Designacion de los represensentantes delegados de riesgos laborales, se designara uno para cada jefatura superior, para los servicios centrales, para la ciudad de ceuta y la ciudad de melilla.
Se entiende que es uno por cada jefatura uno por cadka servicio central uno por ceuta y uno por melilla o como??? Lo podeis aclarar???
Saludos!!!



Gracias compañero,lo vi en el propio RDEUQIRNE dijo:El empresario podrá desarrollar personalmente la actividad de prevención, con excepción de las actividades relativas a la vigilancia de la salud de los trabajadores, cuando concurran las siguientes circunstancias:
• Que se trate de empresa de hasta diez trabajadores.
• Que las actividades desarrolladas en la empresa no estén incluidas en el anexo I
• Que desarrolle de forma habitual su actividad profesional en el centro de trabajo.
• Que tenga la capacidad correspondiente a las funciones preventivas que va a desarrollar, de acuerdo con lo establecido en el capítulo VI
Tu temario esta actualizado, el RD no se de donde lo habras sacado, pero no lo está


Exacto,iba a editar ahora mismo,es el rd 337/2010aibo23 dijo:ARTICULO 11 DEL DECRETO ACTUALIZADO modfificado Real Decreto 337/2010, de 19 de marzo..


EUQIRNE dijo:Antiguamente las mutuas y los servicios de prevención de las mismas se nutrían, económicamente hablando, del mismo dinero que las mutuas obtenían de las contingencias comunes pagadas por las empresas
Esto quiere decir que había una competencia desleal por parte de estas hacia los servicios de prevención propios
Esto fue regulado por ley de forma que se tuvieron que separar los servicios de prevención de las mutuas, de las propias mutuas, y asi de esta forma financiarse con sus propios ingresos, evitando así el monopolio del mercado por estas.
Resumiendo actualmente los servicios de prevención ajenos que provienen de las mutuas compiten en igualdad de condiciones de que los servicios de prevención ajenos de carácter privado
Es exactamente lo mismo, de hecho, ya no ha diferencias y por lo tanto funcionan de forma análoga
Con respecto a la pregunta la c es la correcta por todo lo que te digo, además las otras directamente no son ciertas, ya que ni son de carácter publico ni tienen doble naturaleza
Espero haberte ayudado
Perdón si he cometido alguna falta, pero lo he contestado rápido





El RD 2/2006,de 16 de enero,de Prevención de Riesgos Laborales a Funcionarios del CNP será de aplicación a funcionarios que presten servicios en los órganos centrales y periféricos de las DGP que realicen actividades exclusivas de policía,seguridad,y servicios operativos de protección civil.El personal funcionario citado por el RD 2/2006 que no realicen dichas funciones,les será de aplicación la 67/2010 Sobre Adaptación de Riesgos Laborales a los Funcionarios de la AGE,ya que esta se basa en la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales,de ahí la coletilla "con las peculiaridades establecidas para la AGE"EUQIRNE dijo:Ando un poco liado con el ámbito de aplicación de los RD 67/2010 sobre adaptación de la prevención de riesgos laborales en la administración general del estado y el del RD 2/2006 sobre prevención de riesgos laborales en los funcionarios del cuerpo nacional de policía
• A las actividades de policía cuyas particularidades lo impidan, no les he de aplicación la Ley 31/1995 (por la idiosincrasia de su trabajo)
• Todas las demás actividades que no presenten estas características (es decir todas las actividades de administración y puestos de trabajos normales...etc.) les será de aplicación la normativa general de prevención pero con las particularidades establecidas en el RD para la administración y las contenidas en el RD de la policía
Otra pregunta.
Los facultativos y técnicos por, lo que leo, no pueden ser delegados de prevención, pero si que pueden participar en su elección ¿
or favor:
