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Preguntas PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES (temas 18 y 19)

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4 Nov 2013
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Re: Preguntas PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES (temas 13 y 14

El CNP es otro mundo a parte jaja
 
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9 Mar 2013
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Re: Preguntas PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES (temas 13 y 14

Chicos en la pregunta 93 del test de Decuma pone: La actuación de las Mutuas de Accidente de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, como servicios de prevención, se desarrollará en condiciones iguales a los:
a)Servicios de prevención propios, por su carácter público.
b)Servicios de prevención mixtos, por su doble naturaleza.
c)Servicios de prevención ajenos.

Da por buena la c) pero en el art. 32 de la 31/95 pone "las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social no podrán desarrollar directamente las funciones correspondientes a los servicios de prevención ajenos". No lo entiendo, ¿alguien me podría ayudar?
Odio este tema :evil:
 
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7 Dic 2013
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Re: Preguntas PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES (temas 13 y 14

Antiguamente las mutuas y los servicios de prevención de las mismas se nutrían, económicamente hablando, del mismo dinero que las mutuas obtenían de las contingencias comunes pagadas por las empresas
Esto quiere decir que había una competencia desleal por parte de estas hacia los servicios de prevención propios
Esto fue regulado por ley de forma que se tuvieron que separar los servicios de prevención de las mutuas, de las propias mutuas, y asi de esta forma financiarse con sus propios ingresos, evitando así el monopolio del mercado por estas.

Resumiendo actualmente los servicios de prevención ajenos que provienen de las mutuas compiten en igualdad de condiciones de que los servicios de prevención ajenos de carácter privado

Es exactamente lo mismo, de hecho, ya no ha diferencias y por lo tanto funcionan de forma análoga

Con respecto a la pregunta la c es la correcta por todo lo que te digo, además las otras directamente no son ciertas, ya que ni son de carácter publico ni tienen doble naturaleza


Espero haberte ayudado

Perdón si he cometido alguna falta, pero lo he contestado rápido
 
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23 Jul 2013
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Re: Preguntas PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES (temas 13 y 14

En mi opinión caerá algún concepto del tema 13 y del tema 14 alguna referente al Real Decreto 2/2006, sobre Prevención de Riesgos Laborales en los Funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía, que es lo que más se ajusta a la opo, la demás normativa del este tema 14 la veo de relleno por orden de la vieja Europa.

Saludos.
 
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17 Mayo 2010
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Re: Preguntas PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES (temas 13 y 14

Armero dijo:
Lanzo pregunta...
En la ley 2/2006 de prevencion de riesgos laborales en la actividad de funCionarios CNP. Designacion de los represensentantes delegados de riesgos laborales, se designara uno para cada jefatura superior, para los servicios centrales, para la ciudad de ceuta y la ciudad de melilla.
Se entiende que es uno por cada jefatura uno por cadka servicio central uno por ceuta y uno por melilla o como??? Lo podeis aclarar???
Saludos!!!

ART 14
a) Cada organización sindical con representación designará un delegado en las Jefaturas Superiores de Policía y en el conjunto de los servicios centrales.

cada comisaría provincial hay un delegado de prevención por cada sindicato, (aunque depende de la representación que ostente ese sindicato) que a su vez es miembro del Comité de Seguridad y Salud Laboral Policial de la Jefatura correspondiente, cuyas reuniones son trimestrales y paritarias entre representantes de la administración y de los delegados de prevención de los sindicatos. Lo normal es que los representantes de la administración sean los secretarios generales de las comisarías provinciales. Además del Jefe Superior o Adjunto, Secretario y servicios médicos. Además de asesores o expertos, si alguna parte lo solicita.

En Madrid existe la Comisión de Seguridad y Salud Laboral Policial que se reúne cada 6 meses.

Luego existe un Servicio de Prevención Propio de ámbito nacional que asesora a los anteriores.

encontre esto por internet
 
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11 Nov 2008
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Re: Preguntas PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES (temas 13 y 14

A ver si alguien me ayuda con la contradicción de mi temario con el RD 39/1997,si sabéis si ha sufrido modificación al siguiente respecto:

La acción preventiva a desarrollar,a causa del resultar riesgos en una evaluación del mismo,cuando dicha acción preventiva es realizada por el propio empresario se exigen una serie de requisitos,y uno de ellos es que la empresa no exceda de un cierto número de trabajadores.Aquí mi duda y contradicción temario-ley:
Mi temario dice que la empresa puede tener hasta diez trabajadores,y el Real Decreto dice menos de seis.¿Que tenéis ustedes por ahí?
:fumar:
 
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7 Dic 2013
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Re: Preguntas PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES (temas 13 y 14

El empresario podrá desarrollar personalmente la actividad de prevención, con excepción de las actividades relativas a la vigilancia de la salud de los trabajadores, cuando concurran las siguientes circunstancias:

• Que se trate de empresa de hasta diez trabajadores.
• Que las actividades desarrolladas en la empresa no estén incluidas en el anexo I
• Que desarrolle de forma habitual su actividad profesional en el centro de trabajo.
• Que tenga la capacidad correspondiente a las funciones preventivas que va a desarrollar, de acuerdo con lo establecido en el capítulo VI

Tu temario esta actualizado, el RD no se de donde lo habras sacado, pero no lo está
 
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11 Nov 2008
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Re: Preguntas PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES (temas 13 y 14

EUQIRNE dijo:
El empresario podrá desarrollar personalmente la actividad de prevención, con excepción de las actividades relativas a la vigilancia de la salud de los trabajadores, cuando concurran las siguientes circunstancias:

• Que se trate de empresa de hasta diez trabajadores.
• Que las actividades desarrolladas en la empresa no estén incluidas en el anexo I
• Que desarrolle de forma habitual su actividad profesional en el centro de trabajo.
• Que tenga la capacidad correspondiente a las funciones preventivas que va a desarrollar, de acuerdo con lo establecido en el capítulo VI

Tu temario esta actualizado, el RD no se de donde lo habras sacado, pero no lo está
Gracias compañero,lo vi en el propio RD
Habrá sufrido modificación


Lo vi aquí http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-1997-1853
 
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9 Mar 2013
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Re: Preguntas PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES (temas 13 y 14

EUQIRNE dijo:
Antiguamente las mutuas y los servicios de prevención de las mismas se nutrían, económicamente hablando, del mismo dinero que las mutuas obtenían de las contingencias comunes pagadas por las empresas
Esto quiere decir que había una competencia desleal por parte de estas hacia los servicios de prevención propios
Esto fue regulado por ley de forma que se tuvieron que separar los servicios de prevención de las mutuas, de las propias mutuas, y asi de esta forma financiarse con sus propios ingresos, evitando así el monopolio del mercado por estas.

Resumiendo actualmente los servicios de prevención ajenos que provienen de las mutuas compiten en igualdad de condiciones de que los servicios de prevención ajenos de carácter privado

Es exactamente lo mismo, de hecho, ya no ha diferencias y por lo tanto funcionan de forma análoga

Con respecto a la pregunta la c es la correcta por todo lo que te digo, además las otras directamente no son ciertas, ya que ni son de carácter publico ni tienen doble naturaleza


Espero haberte ayudado

Perdón si he cometido alguna falta, pero lo he contestado rápido

Muchas gracias por la ayuda. Es cierto que por descarte la podía haber sacado pero ahora me ha quedado todo mucho más claro.
 
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11 Nov 2008
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Re: Preguntas PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES (temas 13 y 14

Los delegados de prevención del C.N.P de las Jefaturas de Policía y conjuntos de los servicios centrales,¿son designados aparte de los elegidos de acuerdo con el censo de electores de cada escala para el Consejo de Policía?¿Son los mismos?
 
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7 Dic 2013
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Re: Preguntas PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES (temas 13 y 14

Por lo que leo, entiendo que son distintos, pero si que es verdad que el texto es un poco ambiguo…ya podían ser más claros

Serán designados por las organizaciones sindicales con representación en el Consejo de Policía de la forma siguiente:
• Cada organización sindical con representación designará un delegado en las Jefaturas Superiores de Policía y en el conjunto de los servicios centrales
• Asimismo, de acuerdo con el censo de electores de cada escala para representantes en el Consejo de la Policía en los órganos y unidades antes mencionados, será designado un número de delegados igual al que resulte de aplicar la siguiente tabla
Hasta 500 electores: 0 Delegados
De 501 a 1.000 electores: 1 Delegado.
De 1.001 a 2.000 electores: 2 Delegados.
De 2.001 a 3.000 electores: 3 Delegados.
De 3.001 a 4.000 electores: 4 Delegados.
De 4.001 a 5.000 electores: 5 Delegados.
De 5.001 a 6.000 electores: 6 Delegados.
De 6.001 a 7.000 electores: 7 Delegados.
Más de 7.000 electores: 8 Delegados.

Yo creo que la clave está en la expresión “Asimismo” que quiere decir “del mismo modo” o “también”
Yo entiendo que todas las organizaciones sindicales con representación designan un delegados y aparte según el numero de electores que contenga tal y como indica la tabla

Es una conclusión a la que llego, no tiene por que ser correcta jajaja
 
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7 Dic 2013
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Re: Preguntas PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES (temas 13 y 14

Ando un poco liado con el ámbito de aplicación de los RD 67/2010 sobre adaptación de la prevención de riesgos laborales en la administración general del estado y el del RD 2/2006 sobre prevención de riesgos laborales en los funcionarios del cuerpo nacional de policía

• A las actividades de policía cuyas particularidades lo impidan, no les he de aplicación la Ley 31/1995 (por la idiosincrasia de su trabajo)

• Todas las demás actividades que no presenten estas características (es decir todas las actividades de administración y puestos de trabajos normales...etc.) les será de aplicación la normativa general de prevención pero con las particularidades establecidas en el RD para la administración y las contenidas en el RD de la policía


Otra pregunta.
Los facultativos y técnicos por, lo que leo, no pueden ser delegados de prevención, pero si que pueden participar en su elección ¿
:por favor:
 
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7 Dic 2013
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Re: Preguntas PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES (temas 13 y 14

Este tema debería ser un epígrafe del de drogodependencias...es pura droga
 
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11 Nov 2008
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Re: Preguntas PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES (temas 13 y 14

EUQIRNE dijo:
Ando un poco liado con el ámbito de aplicación de los RD 67/2010 sobre adaptación de la prevención de riesgos laborales en la administración general del estado y el del RD 2/2006 sobre prevención de riesgos laborales en los funcionarios del cuerpo nacional de policía

• A las actividades de policía cuyas particularidades lo impidan, no les he de aplicación la Ley 31/1995 (por la idiosincrasia de su trabajo)

• Todas las demás actividades que no presenten estas características (es decir todas las actividades de administración y puestos de trabajos normales...etc.) les será de aplicación la normativa general de prevención pero con las particularidades establecidas en el RD para la administración y las contenidas en el RD de la policía


Otra pregunta.
Los facultativos y técnicos por, lo que leo, no pueden ser delegados de prevención, pero si que pueden participar en su elección ¿
:por favor:
El RD 2/2006,de 16 de enero,de Prevención de Riesgos Laborales a Funcionarios del CNP será de aplicación a funcionarios que presten servicios en los órganos centrales y periféricos de las DGP que realicen actividades exclusivas de policía,seguridad,y servicios operativos de protección civil.El personal funcionario citado por el RD 2/2006 que no realicen dichas funciones,les será de aplicación la 67/2010 Sobre Adaptación de Riesgos Laborales a los Funcionarios de la AGE,ya que esta se basa en la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales,de ahí la coletilla "con las peculiaridades establecidas para la AGE"

Los que intervienen como candidatos a ser Delegados de Prevención son únicamente los miembros del Cuerpo Nacional de Policía en servicio activo y en segunda actividad.La elecciones las hacen la organizaciones sindicales con representación en el Consejo de Policía
 
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7 Dic 2013
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Re: Preguntas PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES (temas 13 y 14

Lo que me ronda la cabeza es, que si los facultativos y técnicos pueden formar parte del consejo de policia , entonces de alguna forma participan en la elección de los delegados de prevención o no?
Es que me parecía una incongruencia que puedieran participar en la elección de algo a lo que no se pueden presentar

Gracias por tu respuesta




Espero que caigan cosas de prevención, lo que me estoy comiendo la cabeza jajaja
 
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