Haciendo un
test del Crujilacro II me salió esta pregunta la cual no entiendo muy bien, a ver si alguien me la puede explicar
30- Según
el régimen disciplinario de los funcionarios públicos,las infracciones leves dentro del
CNP
prescribirán:
A) Al año.
B) A los seis meses.
C) Al mes.
Según pone como correcta es la B pero yo pensaba que tanto sanciones como faltas prescribían a los 3 años las más graves, 2 años las graves y 1 mes las leves según según la LO 4/2010 del Régimen Disciplinario del
CNP.... ¿Ésto ha cambiado o sigue igual? No entiendo el porqué de los 6 meses, ya que solo me sale en un apartado de anotación y cancelación dentro de la ejecución de las sanciones y pone (6 meses leves, 1 año graves, 3 años muy graves) ¿Por qué esta y no la otra? No se discernir entre cuando me piden los 3, 2 y 1 y los 3, 1 y 6....

¿Alguien que vea la luz?

Muchas gracias![/QUOT
La pregunta está hecha a conciencia, de las que contestas segura y luego te quedas con cara de tonta, , pero la respuesta está en lo que he subrayado. La LO 4/2010 sigue igual. Si preguntasen por la ley del régimen disciplinario sería correcta la c).