Artículo 22 de la Ley de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado:
1. Los Delegados del Gobierno dependen de la Presidencia del Gobierno, correspondiendo al Ministro de Administraciones Públicas (Actualmente Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas) dictar las instrucciones precisas para la correcta coordinación de la Administración General del Estado en el territorio, y al Ministro del Interior, en el ámbito de las competencias del Estado, impartir las necesarias en materia de libertades públicas y seguridad ciudadana. Todo ello se entiende sin perjuicio de la competencia de los demás Ministros para dictar las instrucciones relativas a sus respectivas áreas de responsabilidad.
Artículo 32 de la Ley de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado
1. Las Delegaciones del Gobierno se adscriben orgánicamente al Ministerio de Administraciones Públicas (Actualmente Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas). Las Subdelegaciones del Gobierno en las provincias se constituyen en órganos de la respectiva Delegación del Gobierno.
Por cierto esto es del Tema 5...