

Estoy de acuerdo contigo, pero tenía esa duda y les pregunté, les dije que si la ley de personal nueva entraba, ya que no solo modifica el tema 8, también modificar varios artículos de otras leyes que nos conciernen y esa fue su respuesta, yo también la miraré, aunque sea por encima, hombre previsor vale por dos.Sin duda me sorprende, puesto que con el resto de la materia entran las actualizaciones como por ejemplo la pregunta de este año del CITCO (nuevo) en vez del CICO y el CNCA (derogados) y que muchos opositores fallaron por no tener el temario actualizado. ¿Recuerdas la pregunta?:
26. Indique que organismos de los que a continuación se indican, no pertenece a la Secretaría de Estado de Seguridad:
a) Centro de Inteligencia contra el Terrorismo y el Crimen Organizado.
b) Comisión Ejecutiva de Coordinación.
c) Centro Nacional de Coordinación Antiterrorista. X
La norma que lo modificaba fue el Real Decreto 873/2014, de 10 de octubre (BOE de 14 de octubre) y el examen fue en mayo de este año. ¿Por qué con la ley de personal debe ser diferente? Yo desde luego, me le pienso mirar.


Cuando se lo han dicho por algo será, te aseguro que este chaval es fiable[emoji6] [emoji6] .Te vuelvo a repetir que me sorprende la respuesta de la DFP y más si cabe con el tiempo que queda hasta el examen del temario (que no es precisamente el mes que viene...) y hay tiempo de sobra para que la gente la conozca y la estudie. Incluso la "vacatio legis" tan solo es de 20 días, que si me dijeras que entra en vigor al año de su publicación.... Además no sólo afecta al tema 8, míratela y verás que hay más temas afectados.
A mi, sinceramente, no me convence y que vaya por delante que no es por desconfiar de ti.


Podríamos enviar otro correo preguntando sobre el tema, a ver si vuelven a decir que no y así salimos de dudas de manera mas fiable [emoji13] [emoji13]No lo dudo y por eso mismo he querido dejarlo claro, pero es que realmente es sorprendente si nos atenemos al "historial" de preguntas de "actualización" de la DFP en exámenes anteriores. Otro ejemplo: Oposición 2012. El 24 de enero de 2013 se publicó la Orden INT/28/2013, de 18 de enero, por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los Servicios Centrales y Periféricos de la Dirección General de la Policía (que entraba en vigor al día siguiente de su publicación) y el examen fue en mayo de 2013 (es decir, a penas 5 meses más tarde), en el cual preguntaron, entre otras, la actual División de Cooperación Internacional, poniendo como posible respuesta (al estilo de este año) la anterior nomenclatura "Unidad de Cooperación Policial Internacional". Lo mismo hicieron con la de la pregunta relativa a la UCRIF, que pertence a la La Comisaría General de Extranjería y Fronteras, poniendo como posible respuesta la anterior nomenclatura de "Comisaría General de Extranjería y DOCUMENTACIÓN".
Yo, vuelvo a repetir una vez más y que quede bien claro, no desconfío ni de él ni de ninguno del foro, que se supone que estamos aquí para ayudarnos y no para "putearnos" y yo sólo me baso en estos ejemplos que he sufrido y vivido y, de veras que así lo siento, que me sorprende esa respuesta de la DFP. Sólo eso.

Yo también creo que se referían a lo de Bachiller, pero lo mejor es volver a consultarle a ver que dicen.Igual se referían al tema del Bachiller por eso de "entrará en futuras convocatorias". No sé, la verdad es que la respuesta me deja KO![]()



Art 46.4 de la L O 4/2010, Régimen Disciplinario quería decirHola tengo una duda importante, que a buen.seguro alguien sabrá aclararme.
Si en varios sitios, creo en más de una norma, se refleja que cuando un funcionario está inmerso en un procedimiento disciplinario no puede pasar a otra situación administrativa como la excedencia, como es que el art. 46 . caducidad, punto 4, creo recordar, habla de que que cuando un funcionario está en trámite de procedimiento disciplinario, ha pasado p va a pasar a excedencia... en fin ahora no recuerdo literal que dice, estoy fuera de casa, pero si echáis un vistazo veréis a que me refiero enseguida. Es como si fuera contradictorio con eso de que estando expedientado no se puede pasar a otra situación hasta que acabe el procedimiento. Agradecería mucho mucho que alguien me lo.aclarase. saludos





Tengo una duda con respecto a la nueva ley de personal, en el artículo 55, con respecto a las situaciones administrativas, en concreto en la declaración de servicios especiales.
En Decuma de la convocatoria pasada decían que pasarían a servicios especiales los que se hallaren en misión superior a 6 meses, y en la nueva ley no dice nada.
La otra duda es en la misma situación ya no aparece el punto j que decía los que fueran activados como reservistas voluntarios, ha desaparecido en la nueva ley.
No sé si se queda vigente o lo deroga.