Es proposición, la inducción sería si la persona invita y el invitado acepta a ejecutar el delito.
Si la persona invita y el invitado acepta pasarían los dos a conspiración. La inducción no se daría en el momento en el que el invitado acepte a ejecutar el delito, sino que es requisito indispensable para que haya inducción que se dé inicio al hecho delictivo.
Creo que el tema va así. Que alguien me corrija si no es correcto mi planteamiento.




