blanka_ig dijo:
coperniko dijo:
Me da como
La C sería la "más correcta" de las tres teniendo en cuenta lo que comentas de los Tratados Internacionales, que sería una fuente indirecta del Derecho, al igual que Jurisprudencia y Doctrina Científica. Corregidme si me equivoco.
Coperniko,según el art.1.5 del C.c los tratados internacionales serán fuente directa cuando formen parte del ordenamiento jurídico :wink:
Gracias por el detalle!! Sabía que las normas jurídicas contenidas en los tratados internacionales no serán de aplicación directa en España hasta que no hayan pasado a formar parte del ordenamiento interno mediante su publicación íntegra en el BOE.
Pero según me comentas, ¿además de formar parte del ordenamiento interno, se convierten en
fuente directa del derecho?
Perdón por mi ignorancia pero es que siempre había considerado a los Tratados Internacionales
fuente indirecta junto con la Jurisprudencia y la Doctrina Científica, pues es lo que pone en el temario que utilizo.
Un saludo!