Cuidado con la primera que el flagrante delito de la l.o 1/92 fue declarado inconstitucional en el art.21 apartado 2 actualmente esta así que esa pregunta sería nula.Felipe_El_Hermoso dijo:jesuxi dijo:Hola, os dejo aquí tres preguntas que me han creado dudas a ver si me podéis ayudar:
1-¿ En qué casos se podrá entrar en un domicilio sin el consentimiento de su titular?
a) en caso de flagrante delito
b)solo cuando lo autorice el juez
c) en ningun caso, porque el domicilio es inviolable.
2-El primer período de sesiones de las cortes abarca...
a)febrero a junio
b)septiembre a febrero
c)septiembre a diciembre
3-¿ Cuál de los siguiente organos no forma parte del poder Judicial?
a) tribunal supremo
b) tribunal constitucional
c)CGPJ
Yo diría C, C, C
Espero haber acertado alguna :lol:
2.
3. Será causa legítima suficiente para la entrada en domicilio la necesidad de evitar daños inminentes y graves a las personas y a las cosas, en supuestos de catástrofe, calamidad, ruina inminente u otros semejantes de extrema y urgente necesidad.




