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Preguntas Derecho I (Temas del 1 al 5)

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Estado
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El Estado, en este caso España, reconoce la titularidad en mi persona de mis derechos y deberes gracias al vinculo de "nacionalidad" que me une a él.

La "capacidad jurídica" la adquirí al nacer pero no esta relacionada con el Estado, cualquier persona tiene capacacidad jurídica en cualquier parte del mundo, por la misma persona física o por un representante legal a causa de incapacidad o minoría de edad. Es una aptitud por el hecho de ser persona.

Y ya aquí me rindo... no intento convencer a nadie más :lol:
 
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22 Mar 2010
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Astilla dijo:
El Estado, en este caso España, reconoce la titularidad en mi persona de mis derechos y deberes gracias al vinculo de "nacionalidad" que me une a él.

La "capacidad jurídica" la adquirí al nacer pero no esta relacionada con el Estado, cualquier persona tiene capacacidad jurídica en cualquier parte del mundo, por la misma persona física o por un representante legal a causa de incapacidad o minoría de edad. Es una aptitud por el hecho de ser persona.

Y ya aquí me rindo... no intento convencer a nadie más :lol:

Después de pensarlo estoy totalmente de acuerdo con Astilla.

La capacidad jurídica o personalidad es una aptitud que se tiene por el simple echo de ser persona, no te lo otorga nadie. En cambio la nacionalidad es un título que te otorga el Estado para tener una serie de derechos y obligaciones.
Así que el título con el que el Estado reconoce la titularidad completa de los derechos
y deberes es la nacionalidad.
 
pape_ dijo:
perdonad por no contestar antes, la solución que da mad es nacionalidad y de la otra pregunta la solución es el código penal

gracias a todos por aclarar estas "jodidas" (sobre todo la primera) preguntas. :ok:


Menos mal... iba a peder las huellas dactilares intentado hacer ver a est@s abnega@s!
 
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Unido
3 Mayo 2009
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Astilla dijo:
pape_ dijo:
perdonad por no contestar antes, la solución que da mad es nacionalidad y de la otra pregunta la solución es el código penal

gracias a todos por aclarar estas "jodidas" (sobre todo la primera) preguntas. :ok:


Menos mal... iba a peder las huellas dactilares intentado hacer ver a est@s abnega@s!

Nos ha costao ehhh paisana??? :jeje:
 
El Congreso puede funcionar en Pleno y en Comisiones, mi duda es, las Comisiones, ya sean permanentes o no permantente, funcionan en el mismo espacio de tiempo que el Pleno no? Me refiero, a que si hace falta por lo que sea, el Pleno puede crear una Comisión y el Pleno seguir a su bola no?

Para cuando no esté el Pleno, ya está la Diputación permanente, por eso lo de dónde meter las Comisiones en el marco del espacio tiempo
 
carloscop dijo:
El Congreso puede funcionar en Pleno y en Comisiones, mi duda es, las Comisiones, ya sean permanentes o no permantente, funcionan en el mismo espacio de tiempo que el Pleno no? Me refiero, a que si hace falta por lo que sea, el Pleno puede crear una Comisión y el Pleno seguir a su bola no?

Para cuando no esté el Pleno, ya está la Diputación permanente, por eso lo de dónde meter las Comisiones en el marco del espacio tiempo

me autoedito también: retiro lo que he dicho
 
Una cosa con las Comisiones, y otra la diputación permanente.

Las comisiones, son permanentes o no permanentes, y las permanentes, pueden ser legislativas o no legislativas, al menos así lo tengo entendido. Las comisiones coinciden en espacio de tiempo con el Pleno, y la diputación permanente es la que se queda cuando el Pleno está de vacaciones por así llamarlo. Es correcto?
 
PoliDani dijo:
Es correcto, lo que no se si quieres decir es que las no permanentes y no legislativas que mencionas, te refieres a las comisiones de investigacion.

La comisión de investigación es un tipo de comisión no permanente o un tipo de comisión permanente no legislativa?
 
carloscop dijo:
PoliDani dijo:
Es correcto, lo que no se si quieres decir es que las no permanentes y no legislativas que mencionas, te refieres a las comisiones de investigacion.

La comisión de investigación es un tipo de comisión no permanente o un tipo de comisión permanente no legislativa?

es otro tipo de comisión, no está clasificada dentro de ninguna; al igual que las especiales o las mixtas.

PD: ahora sí!
 
Estado
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