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Preguntas Derecho I (Temas del 1 al 5)

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Estado
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portigoles dijo:
31-¿Quién refrenda la disolución de las Cámaras?:

A) El presidente del Congreso solucion
B) El presidente del gobierno
C) El Ministro competente


Está mal, no? Sería la B, no?

Está bien, es la A.

Artículo 99. CE

5. Si transcurrido el plazo de dos meses, a partir de la primera votación de investidura, ningún candidato hubiere obtenido la confianza del Congreso, el Rey disolverá ambas Cámaras y convocará nuevas elecciones con el refrendo del Presidente del Congreso.

Saludos.
 
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22 Sep 2008
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Athenea dijo:
portigoles dijo:
31-¿Quién refrenda la disolución de las Cámaras?:

A) El presidente del Congreso solucion
B) El presidente del gobierno
C) El Ministro competente


Está mal, no? Sería la B, no?

Está bien, es la A.

Artículo 99. CE

5. Si transcurrido el plazo de dos meses, a partir de la primera votación de investidura, ningún candidato hubiere obtenido la confianza del Congreso, el Rey disolverá ambas Cámaras y convocará nuevas elecciones con el refrendo del Presidente del Congreso.

Saludos.



Ufff, verdá verdá, gracias Athenea :wink:
 
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29 Sep 2009
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pero yo ahí entiendo que convocará NUEVAS ELECCIONES (con el refrendo del presi de lcongreso) pero para la disolución de las cortes, no lo refrenda el gobierno?


Osea: el presidente del Congreso, refrenda la disolución en caso de que en los dos primeros meses, no obtuviese la confianza del Gobierno.
Pero, cuando la disolución fue emanada del gobierno hacia las cortes, la refrenda el gobierno, ya que va fuera hasta el apuntador, no?????

Ufff me estoy liando jajajaja

HELPPPPP!!!
 
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12 Nov 2009
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Yo creo que la disolución de las Cortes corre siempre a cargo del Presidente del Congreso. Un saludo!
 
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17 Dic 2009
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Athenea dijo:
Son 4 teorías:

-Teoría de la concepción.

-Teoría del nacimiento.

-Teoría ecléctica.

-Teoría de la viabilidad.

Saludos.
de hecho la eclécita es la que esta en vigor o a la que se acoje nuestro codigo civil :wink:
 
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17 Dic 2009
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hay que diferenciar entre cuando se disuelven por que no haya cuestion de confianza hacia el presidente y cuando el presidente ya elegido como tal decide disolver las camaras como responsabilidad politica.... :wink:
Artículo 64. Refrendo de los actos del Rey

Los actos del Rey serán refrendados por el Presidente del Gobierno y, en su caso, por los Ministros competentes. La propuesta y el nombramiento del Presidente del Gobierno, y la disolución prevista en el artículo 99, serán refrendados por el Presidente del Congreso.
De los actos del Rey serán responsables las personas que los refrenden.

Artículo 115. Disolución de las Cámaras

El Presidente del Gobierno, previa deliberación del Consejo de Ministros, y bajo su exclusiva responsabilidad, podrá proponer la disolución del Congreso, del Senado o de las Cortes Generales, que será decretada por el Rey. El decreto de disolución fijará la fecha de las elecciones. La propuesta de disolución no podrá presentarse cuando esté en trámite una moción de censura.
No procederá nueva disolución antes de que transcurra un año desde la anterior, salvo lo dispuesto en el artículo 99, apartado 5.
 
G.E.O. PYC dijo:
Athenea dijo:
Son 4 teorías:

-Teoría de la concepción.

-Teoría del nacimiento.

-Teoría ecléctica.

-Teoría de la viabilidad.

Saludos.
de hecho la eclécita es la que esta en vigor o a la que se acoje nuestro codigo civil :wink:

Ya lo sé 8)
 
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12 Ago 2008
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Tengo una duda que me ha dicho un compañero de oposicion,y es sobre el procedimiento abreviado y ordinario,en mis apuntes que tengo de mi academia dice que es hasta 5 años el abreviado y superiores a 5 el ordinario,en el libro de mad 2009 pone que el procedimiento abreviado son penas de hasta 9 años de prisión y el ordinario superiores a 9 años,me he estado informando y en la Lecrim. dice tambien que el abreviado son hasta 9 años de prision.Haber si alguien me puede aclarar esta duda,gracias.
 
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21 Mar 2010
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Una pequeña duda: en el mad pone como especialidad de ley ordinaria la Ley de trasnferencia o delegación. Dentro de está dice que se realiza mediante ley orgánca.
Mi pregunta es, se puede llevar a cabo leyes ordinarias por el proceso de ley orgánica?? Es decir, que se necesite la aprobación por mayoría absoluta del pleno del congreso.
 
BigBoss dijo:
Una pequeña duda: en el mad pone como especialidad de ley ordinaria la Ley de trasnferencia o delegación. Dentro de está dice que se realiza mediante ley orgánca.
Mi pregunta es, se puede llevar a cabo leyes ordinarias por el proceso de ley orgánica?? Es decir, que se necesite la aprobación por mayoría absoluta del pleno del congreso.
Creo que no, que toda ley orgánica, es por mayoría simple. :wink:
 
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22 Mar 2010
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Las leyes orgánicas necesitan la aprobación del Congreso de los Diputados por mayoría absoluta en una votación sobre la globalidad del conjunto.

Ahora bien según la CE:
El Estado podrá transferir o delegar en las Comunidades Autónomas, mediante Ley Orgánica, facultades correspondientes a materia de titularidad estatal que por su propia naturaleza sean susceptibles de transferencia o delegación. La Ley preverá en cada caso la correspondiente transferencia de medios financieros, así como las formas de control que se reserve el Estado.

Pero claro el MAD mete las leyes de transferencia o delegación dentro de las "leyes ordinarias" y ahí radica la duda del compañero el cual no sabe con seguridad si las leyes de transferencia o delegación son orgánicas u ordinarias.

Yo personalmente creo que son ordinarias aunque como bien dice la CE la delegación se realiza mediante ley orgánica.
 
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21 Mar 2010
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Dr. Justice dijo:
Las leyes orgánicas necesitan la aprobación del Congreso de los Diputados por mayoría absoluta en una votación sobre la globalidad del conjunto.

Ahora bien según la CE:
El Estado podrá transferir o delegar en las Comunidades Autónomas, mediante Ley Orgánica, facultades correspondientes a materia de titularidad estatal que por su propia naturaleza sean susceptibles de transferencia o delegación. La Ley preverá en cada caso la correspondiente transferencia de medios financieros, así como las formas de control que se reserve el Estado.

Pero claro el MAD mete las leyes de transferencia o delegación dentro de las "leyes ordinarias" y ahí radica la duda del compañero el cual no sabe con seguridad si las leyes de transferencia o delegación son orgánicas u ordinarias.

Yo personalmente creo que son ordinarias aunque como bien dice la CE la delegación se realiza mediante ley orgánica.

Muchas gracias. Yo me quedaré pensando eso, que son ordinarias pero la delegación se realiza mediante ley orgánica.
 
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22 Mar 2010
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Artículo 86.

1. En caso de extraordinaria y urgente necesidad, el Gobierno podrá dictar disposiciones legislativas provisionales que tomarán la forma de Decretos-leyes y que no podrán afectar al ordenamiento de las instituciones básicas del Estado, a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos regulados en el Título Primero, al régimen de las Comunidades Autónomas, ni al derecho electoral general.

2. Los Decretos-Leyes deberán ser inmediatamente sometidos a debate y votación de totalidad al Congreso de los Diputados, convocado al efecto si no estuviere reunido, en el plazo de los treinta días siguientes a su promulgación. El Congreso habrá de pronunciarse expresamente dentro de dicho plazo sobre su convalidación o derogación, para lo cual el Reglamento establecerá un procedimiento especial y sumario.

3. Durante el plazo establecido en el apartado anterior las Cortes podrán tramitarlos como proyectos de Ley por el procedimiento de urgencia.

-Decreto Ley es la norma con rango de ley emanada del poder ejecutivo, sin que necesariamente medie intervención o autorización previa del Congreso.

-Los decretos leyes poseen validez mientras esté pendiente el plazo de convalidación. Una vez sometidos al poder legislativo, este puede ratificarlos o derogarlos pero no modificarlos.

-El decreto-ley se ha asentado no ya como un recurso de urgencia, sino como una vía mediante la cual el ejecutivo incorpora leyes al ordenamiento ahorrándose el tiempo que dura la aprobación de una ley tal cuál. Se supone que si las Cortes han elegido al ejecutivo, los decretos-leyes de este serán aprobados.
 
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