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Preguntas Derecho I (Temas del 1 al 5)

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Unido
21 Mar 2010
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Hola a todos tengo una dudilla con el Tema 1 en la pérdida de nacionalidad, en este apartado:

“Los que habiendo nacido y residiendo en el extranjero ostenten la nacionalidad española
por ser hijos de padre o madre españoles, también nacidos en el extranjero, cuando las leyes del
país donde residan les atribuyan la nacionalidad del mismo, perderán, en todo caso, la nacionalidad
española si no declaran su voluntad de conservarla ente el encargado del Registro Civil en
el plazo de tres años, a contar desde su mayoría de edad o emancipación” (Art. 24.3, Cc).


Aquí si entiendo el párrafo pero mi duda es que si han nacido en el extranjero pero en países iberoamericanos, filipinas, portugal, Guinea Ecuatorial o Andorra, también la perderían?

Porque en el Art.24.1 CC dice pierden la nacionalidad los emancipados que adquieren voluntariamente otra nacionalidad una vez transcuridos 3 años, pero la adquisición de la nacionalidad de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal, no es bastante para producir, conforme a este apartado, la pérdida de la nacionalidad española de origen

No sé si me he explicado bien pero bueno, muchas gracias.
 
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30 Nov 2009
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Entonces la jeraquia normativa como es.

Viendo ambos temarios, opino que los Tratados no estan ni debajo ni encima de la Constitucion, si que van "a parte".

Constitucion
Ley Organica
Ley Ordinaria...
...
...
 
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seikus

POLICÍA
Unido
12 Sep 2009
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Budini dijo:
Tengo un lio con el primer tema, a ver si me podéis explicar en palabras más colcoquiales algunos datos y diferencias de los siguientes conceptos:

- Derecho natural
- Derecho positivo

- Derecho objetivo
- Derecho subjetivo


-Ordenamiento Jurídico (caracteres fundamentales del ordenamiento jurídico)

- La norma jurídica (efectos de la norma jurídica, efectos esenciales)
- Normas rígidas y elásticas
- Normas particulares, locales, comarcales o regionales
- Normas necesarias y supletorias
- Normas generales y especiales
- Normas regulares o normales
- Normas excepcionales o de derecho excepcional
- Motivación de la norma jurídica

Y por el momento ya está, se que es mucho tema, pero no me queda muy claro.

Muchas agracias de antemano.

El derecho natural según recuerdo ahora es el que no cambia con el tiempo, es inmutable, no esta escrito´, sino que, viene con la naturaleza humana la "razon".
El derecho positivo es mutable, esta en algun momento determinado, para que lo entiendas las leyes que pone con legitimidad un legislador.

El derecho objetivo son las "reglas jurídicas" que se imponen al sujeto le guste o no.
El derecho subjetivo es por ejemplo cuando una norma se te a vulnerado tu tienes la capacidad para actuar en defensa de tus intereses y derechos.

Sobre los caracteres de la norma juridica, exactamente que duda tienes?.

Imperatividad u obligatoriedad se dice todo con el nombre son mandatos o prohibiciones que se imponen.

Generalidad: totalmente contrario a individual, es decir, que va oriantado a un colectivo de personas. Ej. C.P, la CE. . va dirigido a todos.

Coactividad o coercitividad: Es decir, si o si se te impone a la fuerza.

Bilateralidad: pues tiene 2 sentidos tanto para el que la escribe como para quien esta escrita. Derechos y obligaciones en su caso.

Legitimidad: Aqui tienes que diferenciar la legitimidad formal pues la escribe quien tenga facultad para ello y no cualquier persona, y material, pues se escriben por un bien comun y no para "fastidiar".

Sobre la norma juridica tienes que saber que se refiere a eso de "esencial" pues es la forma básica de controlar cualquier sociedad hoy en dia...

Norma rigidas pues que no tiene discursion, es supuesto de hecho y la consecuencia juridica son invariables. Es decir .. supuesto de hecho.. cometes X delito, consecuencia juridica.. tienes X pena.
Norma elastica totalmente lo contrario puede variar por ejemplo en el derecho laboral

Las normas particulares, locales comarcales o regionales se refiere por ejemplo las que afectan solo a un municipio como los reglamentos de los ayuntamientos, seria una local. .

Las necesarias, imperativas pues como dice tienen que cumplirse si o si.
Las supletorias, pues por ejemplo el derecho estatal es supletorio "sustituye" las cosas que no estan asumidas por las CCAA.

Norma general, te lo estoy poniendo con ejemplos para que lo entiendas mejor, es que se aplica a todas las personas.. por ejemplo el Codigo Penal.
Norma especial cierta clase de personas, Ej: El 520 bis "ley de contrabando" la Ley FFCCS 2/86 .. la ley del menor..

Normas regulares o normales es lo habitual cuando todo funciona con normalidad...
Normas excepcionales.. son las que por ejemplo surgen como consecuencia de un estado de sitio o expceción.

Con el derecho objetivo y subjetivo hay que diferenciarlo del derecho penal objetivo y subjetivo "ius puniendi".

Espero que te sirva de algo jeje. Y si me he equivocado en algo espero que no lleve a confusion a nadie.

Saludos
 
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12 Nov 2009
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Guaje21 dijo:
Entonces la jeraquia normativa como es.

Viendo ambos temarios, opino que los Tratados no estan ni debajo ni encima de la Constitucion, si que van "a parte".

Constitucion
Ley Organica
Ley Ordinaria...
...
...

Insisto, mi profesor me dijo:

1) Constitución
2) Tratados Intern., Leyes Orgánicas y Leyes Ordinarios (todas mismo nivel)
3) Reglamentos

Lo dimos de pasada, supongo que cuando demos el tema en concreto lo dará más detallado, pero yo creo que es así.

Salduos
 
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29 Sep 2009
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KoBrA dijo:
Guaje21 dijo:
Entonces la jeraquia normativa como es.

Viendo ambos temarios, opino que los Tratados no estan ni debajo ni encima de la Constitucion, si que van "a parte".

Constitucion
Ley Organica
Ley Ordinaria...
...
...

Insisto, mi profesor me dijo:

1) Constitución
2) Tratados Intern., Leyes Orgánicas y Leyes Ordinarios (todas mismo nivel)
3) Reglamentos

Lo dimos de pasada, supongo que cuando demos el tema en concreto lo dará más detallado, pero yo creo que es así.

Salduos


+1 incluso el mío dijo que aunque la Constitución es el mayor nivel, que dudaba si los trataros de la UE tenían más valor jurídico que la misma constitución.
 
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20 Ene 2010
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si no recuerdo mal el defensor del pueblo,se nombra por ley ordinaria y se regula por ley organica no?
saludos
 
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30 Nov 2009
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KoBrA dijo:
Guaje21 dijo:
Entonces la jeraquia normativa como es.

Viendo ambos temarios, opino que los Tratados no estan ni debajo ni encima de la Constitucion, si que van "a parte".

Constitucion
Ley Organica
Ley Ordinaria...
...
...

Insisto, mi profesor me dijo:

1) Constitución
2) Tratados Intern., Leyes Orgánicas y Leyes Ordinarios (todas mismo nivel)
3) Reglamentos

Lo dimos de pasada, supongo que cuando demos el tema en concreto lo dará más detallado, pero yo creo que es así.

Salduos

Es que eso de "Todas mismo nivel" no me queda claro, puesto que una Ley Organica deroga a una Ley Ordinaria, pero una Ley Ordinaria no puede derogar una Ley Organica.
 
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12 Nov 2009
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Guaje21 dijo:
KoBrA dijo:
Guaje21 dijo:
Entonces la jeraquia normativa como es.

Viendo ambos temarios, opino que los Tratados no estan ni debajo ni encima de la Constitucion, si que van "a parte".

Constitucion
Ley Organica
Ley Ordinaria...
...
...

Insisto, mi profesor me dijo:

1) Constitución
2) Tratados Intern., Leyes Orgánicas y Leyes Ordinarios (todas mismo nivel)
3) Reglamentos

Lo dimos de pasada, supongo que cuando demos el tema en concreto lo dará más detallado, pero yo creo que es así.

Salduos

Es que eso de "Todas mismo nivel" no me queda claro, puesto que una Ley Organica deroga a una Ley Ordinaria, pero una Ley Ordinaria no puede derogar una Ley Organica.

Pues todas al mismo nivel quieren decir que están todas al mismo nivel Guaje :lol:

Ahora en serio, sé a lo que te refieres, por ejemplo que las Leyes Orgánicas regulan "cosas más importantes" que las Ordinarias, pero dicho por el profesor, no están por encima una de la otra, regulan cosas diferentes, pero tienen todas la categoría de leyes, y se sitúan un rango por debajo de la CE y uno por encima de los Reglamentos. Espero que te haya servido la aclaración.

1 saludo!
 
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30 Nov 2009
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Es decir (a ver si queda claro ya :lol: ), tienen mismo nivel pero no misma importancia. ¿no?

Y si dices que, atrevete a decirmelo en la calle :twisted: :lol:
 
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12 Nov 2009
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Guaje21 dijo:
Es decir (a ver si queda claro ya :lol: ), tienen mismo nivel pero no misma importancia. ¿no?

Y si dices que, atrevete a decirmelo en la calle :twisted: :lol:

Algo así, pero quédate con la idea de que regulen lo que regulen cada una, están en un mismo nivel jerárquico, que es lo importante :wink:
 
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28 Abr 2009
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buenos dias, haber se me ocurrio ayer una pregunta repasando a muerte el tema 1

-en sentido juridico, un perro maltratado recibe el nombre de:
a)animal
b)persona
c)inidividuo


ya se que la pregunta choca un poco, pero vamos, si leemos la definicion de persona en sentido juridico, dice asi
""todo ser capaz de ser sujeto activo o pasivo de relacciones juridicas""

como lo veis??
 
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17 Dic 2009
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farru dijo:
buenos dias, haber se me ocurrio ayer una pregunta repasando a muerte el tema 1

-en sentido juridico, un perro maltratado recibe el nombre de:
a)animal
b)persona
c)inidividuo


ya se que la pregunta choca un poco, pero vamos, si leemos la definicion de persona en sentido juridico, dice asi
""todo ser capaz de ser sujeto activo o pasivo de relacciones juridicas""

como lo veis??
pues un perro,maltratado o tratado bien es un animal,lo mire por donde lo mires.....,como tu dices persona es todo ser capaz de tener relaciones activas y pasivas,asi que un perro como que no lo veo yo.... :roll: :)un saludo compañero :wink:
 
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28 Abr 2009
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un perro maltratado tiene unas leyes qeu lo difienden ante su maltratador, por lo tanto es un ser pasivo de relacciones juridicas no¿?
 
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zerothor

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2 Jul 2009
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farru dijo:
un perro maltratado tiene unas leyes qeu lo difienden ante su maltratador, por lo tanto es un ser pasivo de relacciones juridicas no¿?


si se les considerara personas, no existiría el delito de "maltrato animal".

Por otro lado un perro no puede ejercer derechos ante nadie, por lo tanto no tiene capacidad de ser sujeto activo de relaciones jurídicas.

No os comáis el tarro con estos temas, que tan fino no van a hilar.
 
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si ya no es por ir fino ni nada eso, es que yo sigo pensando eso, no puede ser activo ni intenponer ante nadie, pero tiene leyes qeu les amparan, por lo tanto es sujeto pasivo
 
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12 Nov 2009
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farru dijo:
si ya no es por ir fino ni nada eso, es que yo sigo pensando eso, no puede ser activo ni intenponer ante nadie, pero tiene leyes qeu les amparan, por lo tanto es sujeto pasivo

Yo creo que algo parecido pasa con las plantas o los árboles. Lógicamente hay leyes que defienden los "derechos" de, por ejemplo, la Selva del Amazonas, pero efectivamente la Selva no puede llevar a cabo ninguna acción jurídica

Pero vamos, como ha dicho alguien por ahí arriba, no os comáis la cabeza con estas cosas, no hacen más liarnos y llevarnos a la locura :lol:

Saludos.
 
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21 Mar 2010
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Pregunta del MAD:
¿Qué mayoría es necesaria para aprobar una ley ordinaria?

a) Mayoria simple de ambas Cámaras

b) Mayoria absoluta del congreso de los diputados
c) Mayoría cualificada

Tengo claro que es la a, ya que se puede aprobar una ley ordinaria en pleno o comision y es necesario mayoria simple. Pero siempre de ambas cámaras? Es decir, ¿la Cámara Baja ya sea en pleno o comisión no podría aprobar una ley ordinaria sin la aprobación de la Cámara Alta?

Gracias.
 
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28 Abr 2009
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pues como yo lo tengo entendido si, la camara alta tiene tambien qeu dar su aprobacion
 
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