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- 11 Ago 2009
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eforrin dijo:Entonces he de sacar la conclusion de que esta respuesta esta mal corregida en la pagina de todopolicias asi que no se que pensar pero me quedo con eso que esta mal corregida pues como bien dice el compañero fox el codigo penal no representa la edad de 14 años en ningun sitio....
graicas :wink:


eforrin dijo:Entonces he de sacar la conclusion de que esta respuesta esta mal corregida en la pagina de todopolicias asi que no se que pensar pero me quedo con eso que esta mal corregida pues como bien dice el compañero fox el codigo penal no representa la edad de 14 años en ningun sitio....
graicas :wink:

En el código penal no lo indica, pero en la ley del menor si lo especifica...
Artículo 3. Régimen de los menores de catorce años.
"Cuando el autor de los hechos mencionados en los artículos anteriores sea menor de catorce años, no se le exigirá responsabilidad con arreglo a la presente Ley, sino que se le aplicará lo dispuesto en las normas sobre protección de menores previstas en el Código Civil y demás disposiciones vigentes. El Ministerio Fiscal deberá remitir a la entidad pública de protección de menores testimonio de los particulares que considere precisos respecto al menor, a fin de valorar su situación, y dicha entidad habrá de promover las medidas de protección adecuadas a las circunstancias de aquel conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero".

No se exactamente cual son los más destacados, ... preguntas de toda la constitucion puede entrar...ROC dijo:hola!!
tengo una duda sobre consitucion... me gustaria saber que es exactamente lo mas destacado a estudiar de este grandisimo tema hehe.
me estoy estudiando y haciendo esquemas de los titulos... hay algo mas a parte de los titulos que tenga que estudiar?

ROC dijo:hola!!
tengo una duda sobre consitucion... me gustaria saber que es exactamente lo mas destacado a estudiar de este grandisimo tema hehe.
me estoy estudiando y haciendo esquemas de los titulos... hay algo mas a parte de los titulos que tenga que estudiar?

CLAMP dijo:es coña xD
el Título Preliminar y el Título I tienen que estar al dedillo, el tema 7 y 8 los miraría por encima sólo
además estudiarte los números de artículo y párrafos de los más importantes, por ejemplo si te preguntan en qué artículo viene referido la figura del Defensor del Pueblo? saber que es el cincuenta yyyy yy... ehhh?? xD
Saludos.

ROC dijo:CLAMP dijo:es coña xD
el Título Preliminar y el Título I tienen que estar al dedillo, el tema 7 y 8 los miraría por encima sólo
además estudiarte los números de artículo y párrafos de los más importantes, por ejemplo si te preguntan en qué artículo viene referido la figura del Defensor del Pueblo? saber que es el cincuenta yyyy yy... ehhh?? xD
Saludos.
uy, yo se de uno que ha comido payasitos para desayunar :wink: hehehe :lol: :lol:
me refiero si es de suma importancia saberse de que va cada articulo de cada titulo... lo de los articulos si lo sabia clamp!! hahaha... porque me he hecho un esquema de cada titulo con su articulo correspondiente y solo me estaba estudiando eso, y tenia miedo de que no fuera suficiente.



:jojo: qué arte tienes hijo!!jajajajaCLAMP dijo:qué le pasa al 27, por qué le hacéis ese feo al chaval ? ehh¿ con lo buena gente que es ...



Athenea dijo:La verdad es que me suena un poco raro que de como buena la A, porque para empezar y si mal no recuerdo (este tema hace tiempo que no lo repaso), los Juzgados de Paz, no tienen jurisdición penal, ya que sólo se encargan del fallo en los juicios de faltas...
Yo me decantaría por la C, pero también le faltan más órganos, como los Juzgados Centrales de lo Penal o los Juzgados Centrales de Instrucción.

CLAMP dijo:los Juzgados de Paz tienen competencias para resolver procesos por faltas menores, y las faltas corresponden al Código Penal.
Saludos.