• Acreditación Policías Alumnos

    Los usuarios que han resultado APTO ya pueden solicitar el alta como Policías Alumnos dentro del foro.

    No se empezarán a dar las altas hasta que el BOE no esté publicado, teniendo preferencia las Altas rápidas sobre el resto.

    SOLICITAR ACCESO COMO POLICÍA ALUMNO

Preguntas ARMAS (tema 35)

{xen:phrase moderator}
Unido
17 Dic 2016
Mensajes
18
Felicitaciones
9
Puntos
0
¡Buenas compañeros! Os traigo una pequeña duda. Las alzas y miras telescópicas están reservadas a personas con licencia D, para armas de la categoría 2.2 (caza mayor). En algunos apuntes he leído que están prohibidas para caza menor (lo cual me gustaría me confirmaseis) pero no aparece nada en cuanto a las armas para tiro deportivo o de aire o gas comprimido... las cuales por supuesto utilizan miras telescópicas. No soy capaz de encontrar nada que regule la duda en cuestión. ¿Alguien podría orientarme en esto con sus conocimientos?

¡Muchas gracias!
 
{xen:phrase moderator}

Dragonfly

Suerte, preparación + oportunidad se encuentran
Unido
19 Nov 2016
Mensajes
125
Felicitaciones
116
Puntos
3
¡Buenas compañeros! Os traigo una pequeña duda. Las alzas y miras telescópicas están reservadas a personas con licencia D, para armas de la categoría 2.2 (caza mayor). En algunos apuntes he leído que están prohibidas para caza menor (lo cual me gustaría me confirmaseis) pero no aparece nada en cuanto a las armas para tiro deportivo o de aire o gas comprimido... las cuales por supuesto utilizan miras telescópicas. No soy capaz de encontrar nada que regule la duda en cuestión. ¿Alguien podría orientarme en esto con sus conocimientos?

¡Muchas gracias!
En cuanto a legislación no aparece nada, en este mismo hilo se respondió este año:

http://www.todopolicia.com/foro/threads/preguntas-armas-tema-35.8061/page-57
 
{xen:phrase moderator}
Unido
3 Dic 2015
Mensajes
1.044
Felicitaciones
1.942
Puntos
4
Aquí tienes un enlace de 2011 donde en el anexo se ve por ejemplo las armas de concurso, licencia F, que pueden llevar miras telescópicas, como ya sabías pero esto te lo confirma.

http://www.guardiacivil.es/web/web/documentos/iarmas/normativa/orden_int_1715_2011.pdf

El artículo del reglamento al que te refieres yo lo entiendo como las miras específicas para las armas de caza mayor, con lo que quien tenga una debe tener la licencia D, pero si tienes un arma de 3 categoría para uso deportivo o incluso tarjeta de armas para una de menos de 24,2 J puedes usar miras para las mismas ¿no? No tendría sentido que para un arma que te piden tarjeta de armas para la mira te pidan la licencia D, o así lo veo yo.

6. La adquisición, tenencia y uso de las alzas o miras telescópicas o artificios adaptables a las armas de caza mayor para aumentar su eficacia, solamente se permitirán a las personas que acrediten poseer licencia D para armas de caza mayor ante los establecimientos de venta, los cuales deberán comunicarlo a la Intervención de Armas de la Guardia Civil.
 
Última edición:
{xen:phrase moderator}

Dragonfly

Suerte, preparación + oportunidad se encuentran
Unido
19 Nov 2016
Mensajes
125
Felicitaciones
116
Puntos
3
Aquí tienes un enlace de 2011 donde en el anexo se ve por ejemplo las armas de concurso, licencia F, que pueden llevar miras telescópicas, como ya sabías pero esto te lo confirma.

http://www.guardiacivil.es/web/web/documentos/iarmas/normativa/orden_int_1715_2011.pdf

El artículo del reglamento al que te refieres yo lo entiendo como las miras específicas para las armas de caza mayor, con lo que quien tenga una debe tener la licencia D, pero si tienes un arma de 3 categoría o incluso tarjeta de armas para una de menos de 24,2 J puedes usar miras para las mismas ¿no? No tendría sentido que para un arma que te piden tarjeta de armas para la mira te pidan la licencia D, o así lo veo yo.

6. La adquisición, tenencia y uso de las alzas o miras telescópicas o artificios adaptables a las armas de caza mayor para aumentar su eficacia, solamente se permitirán a las personas que acrediten poseer licencia D para armas de caza mayor ante los establecimientos de venta, los cuales deberán comunicarlo a la Intervención de Armas de la Guardia Civil.
Se agradecen siempre tus aportaciones!! Hartito de buscar...si sentido no tiene que sea solo con la licencia D, pero en la reglamentación que manejamos lo que dice es licencia D...la orden que aportas ya especifica más pero es hilar hilar y complicado de encontrar incluso, jeje.

Edito: si te pones a leer ya te embolicas tela y encima necesitas modificar las carabinas y demás :confused: ;)
 
{xen:phrase moderator}
Unido
3 Dic 2015
Mensajes
1.044
Felicitaciones
1.942
Puntos
4
Se agradecen siempre tus aportaciones!! Hartito de buscar...si sentido no tiene que sea solo con la licencia D, pero en la reglamentación que manejamos lo que dice es licencia D...la orden que aportas ya especifica más pero es hilar hilar y complicado de emcontrar incluso, jeje.
Tela de complicado, hay un foro de armas y tenían una discusión también sobre el tema sin tenerlo claro. Yo creo que si eso preguntarán lo típico de ¿qué licencia se necesita para una mira? Y entonces decimos licencia D sin complicaciones. O eso espero, que no se pongan a hilar así de fino :D
 
{xen:phrase moderator}
Unido
17 Dic 2016
Mensajes
18
Felicitaciones
9
Puntos
0
Muchas gracias a los dos, estaba volviéndome tarumba... Esperemos que no se compliquen y que con responde licencia D nos valga ;)
 
{xen:phrase moderator}
Unido
3 Dic 2015
Mensajes
1.044
Felicitaciones
1.942
Puntos
4
He encontrado esto por ahí,

http://oposicionespoliciales.blogspot.com.es/2011/11/tipos-de-pistones.html

La primera sustancia utilizada en los pistones fue el fulminato de mercurio, cuyo uso se abandonó debido a los residuos que deja en el arma. Ahora se utiliza una mezcla iniciadora formada por trinitro-resorcitato de plomo mezclado con tetraceno, que en españa se comercializa como Tetrinox.
 
{xen:phrase moderator}

Monez

Policía Alumno
Unido
21 Ene 2017
Mensajes
124
Felicitaciones
95
Puntos
2
Hola, tengo una duda respecto a las armas cortas..

En el reglamento pone que son las de cañón que no exceda 30 cm o el total del arma no exceda 60 cm..

Por ahí arriba he leído que se interpreta ese "o" en el sentido de que si se cumple una de las dos ya es arma corta ( ejemplo: cañon 29 cm, arma total 61 cm).

Pero en mi academia me lo han explicado al revés: si se da una de las dos ya es arma larga (en ese mismo ejemplo sería arma larga por los 61 cm..)

Me podéis echar un cablee? graciasss
 
{xen:phrase moderator}
Unido
17 Mayo 2017
Mensajes
377
Felicitaciones
664
Puntos
4
Hola, tengo una duda respecto a las armas cortas..

En el reglamento pone que son las de cañón que no exceda 30 cm o el total del arma no exceda 60 cm..

Por ahí arriba he leído que se interpreta ese "o" en el sentido de que si se cumple una de las dos ya es arma corta ( ejemplo: cañon 29 cm, arma total 61 cm).

Pero en mi academia me lo han explicado al revés: si se da una de las dos ya es arma larga (en ese mismo ejemplo sería arma larga por los 61 cm..)

Me podéis echar un cablee? graciasss
Yo también lo entiendo como dicen por ahí arriba, ese "o" es claro. Entiendo que si se cumple una u otro ya sería arma corta. De todos modos, es lo que yo entiendo, puede que esté equivocado también o_O
 
{xen:phrase moderator}
Unido
23 Jun 2017
Mensajes
1.348
Felicitaciones
3.687
Puntos
4
Hola, tengo una duda respecto a las armas cortas..

En el reglamento pone que son las de cañón que no exceda 30 cm o el total del arma no exceda 60 cm..

Por ahí arriba he leído que se interpreta ese "o" en el sentido de que si se cumple una de las dos ya es arma corta ( ejemplo: cañon 29 cm, arma total 61 cm).

Pero en mi academia me lo han explicado al revés: si se da una de las dos ya es arma larga (en ese mismo ejemplo sería arma larga por los 61 cm..)

Me podéis echar un cablee? graciasss

Cañón 31 cm y longitud total 59 cm = arma larga
Cañón 31 cm y longitud total 61 cm = arma larga
Cañón 29 cm y longitud total 61 cm = arma larga

Así es como yo lo entiendo, sin embargo os cito una aclaración de la Intervención de Armas de la Guardia Civil.

Consultada la Intervención de Armas de la Guardia Civil de Granada, me indican que se han suscitado muchas dudas al respecto y aclara que si bien esta interpretación es en cierto modo justificada, no es la acertada.

Así, el arma de fuego cuyo cañón no exceda de 30 cm, se le debe considerar arma corta, aunque no cumpla con la otra medida de longitud total. De igual forma, si el arma tiene una longitud total que no excede de 60 cm pero el cañón excede de 30 cm, seguirá siendo un arma corta.

Ejemplos:

1º.- Un arma de fuego cuyo cañón mide 20 cm y la longitud total es de 2 metros, se considera arma corta.

2º.- Un arma de fuego cuyo cañón mida 40 cm y su longitud total sea 60 cm, se considera arma corta.

3º.- Un arma de fuego cuyo cañón mida 31 cm y su longitud total sea 61 cm, se considera arma larga.

Podemos decir que solo será arma larga cuando sobrepase las dos medidas indicadas por el Reglamento de Armas (cañón> 30 cm y longitud total> 60 cm) . Si el arma de fuego cumple con alguna de las medidas indicadas en el Reglamento de Armas, será arma corta.

Conclusión:

Si el arma no alcanza una de estas dos medidas, se considera un arma corta. Si se superan ambas longitudes, se considera un arma larga.*
 
{xen:phrase moderator}

Monez

Policía Alumno
Unido
21 Ene 2017
Mensajes
124
Felicitaciones
95
Puntos
2
valee, gracias..
y ahora me ha surgido otra duda, respecto a las armas que se pueden ceder..

El reglamento pone a parte de las de caza y tal, "las pistolas, revólveres y armas de concurso"..

otra vez que me surge la duda porque en mi academia me han dicho que esa frase solo se refiere a las armas de concurso (es decir, pistolas normales no, de concurso si)

Pero si interpretas lo que pone literalmente, sería las pistolas y revólveres normales SI, y a parte todas las de concurso.

Como lo veis?

gracias
 
{xen:phrase moderator}
Unido
3 Nov 2016
Mensajes
407
Felicitaciones
157
Puntos
4
Quién concede la Tarjeta Europea de armas de fuego? Es que tengo una duda de si es el Director General de la Guardia Civil o los Jefes de las Comandancias de la GC.
 
{xen:phrase moderator}
Unido
1 Mar 2017
Mensajes
32
Felicitaciones
9
Puntos
0
Quién concede la Tarjeta Europea de armas de fuego? Es que tengo una duda de si es el Director General de la Guardia Civil o los Jefes de las Comandancias de la GC.

La autoridad para la concesión es la Dirección General de la Guardia Civil, según mis apuntes.
 
{xen:phrase moderator}
Unido
3 Nov 2016
Mensajes
407
Felicitaciones
157
Puntos
4
La autoridad para la concesión es la Dirección General de la Guardia Civil, según mis apuntes.
A ti no te suena nada de los Jefes de las Comandancias? Si yo también tengo que la concede la DGGC, pero tengo a un lado puesto lo otro y no sé de qué :confused:, y otra pequeña duda tú tienes la Dirección General de la Guardia Civil y yo el Director , será lo mismo uno u otro o no?

Gracias por tu respuesta :)
 
{xen:phrase moderator}
Unido
3 Nov 2016
Mensajes
407
Felicitaciones
157
Puntos
4
A ti no te suena nada de los Jefes de las Comandancias? Si yo también tengo que la concede la DGGC, pero tengo a un lado puesto lo otro y no sé de qué :confused:, y otra pequeña duda tú tienes la Dirección General de la Guardia Civil y yo el Director , será lo mismo uno u otro o no?

Gracias por tu respuesta :)

Ya lo encontre en otro temario, te lo pongo por si te interesa.
Autoridad de concesión: Dirección General de la Guardia Civil. Por delegacíon Jefes de Comandancia. (Es lo que pone en el tema de OCS).
 
Superior