Re: PREGUNTAS ARMAS (Tema 26)
Artículo 96.
3.
La licencia de armas A, con la eficacia de las licencias B, D y E, reguladas en los artículos 99 a 104 de este Reglamento, documentará las armas de las
categorías 1, 2 y 3 de propiedad privada del personal de los Cuerpos Específicos de los Ejércitos, de los Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas, de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y del Servicio de Vigilancia Aduanera.
Artículo 3.
Tercera categoría:
Armas de fuego largas rayadas para
tipo deportivo, de calibre 5,6 milímetros (22 americano), de percusión anular, bien sean de un disparo, bien de repetición o semiautomáticas.
Artículo 129.
Podrán solicitar
licencia de armas F, especial para
armas de concurso, los españoles y extranjeros residentes en España, que estén habilitados con arreglo a las normas deportivas para la práctica del tiro olímpico o de cualquiera otra modalidad deportiva debidamente legalizada que utilice armas de fuego.
Conclusión: Un
Policía podrá tener/usar arma de tiro deportivo (arma de concurso)
No Obstante:
Artículo 107.
Para la tenencia y uso por personal con licencia A de armas de avancarga y de las armas de la categoría 6.2, así como de las armas sistema Flobert, corresponderá expedir la guía de pertenencia a las autoridades que se determinan en el artículo 115. Asimismo, dichas autoridades podrán expedir al personal a que se refiere el artículo 114 la autorización especial de coleccionistas, comunicándolo a efectos de control al Registro Central de Guías y de Licencias de la Guardia Civil.
Armas de concurso (Licencia F)
Artículo 139.
1.
Quien se encuentre en posesión de licencia de armas A podrá asimismo solicitar a la autoridad competente de que dependa la guía de pertenencia de armas de concurso, acompañando, en cada caso, la acreditación de la habilitación deportiva correspondiente, en la que conste la clase que como tirador le corresponde.
Conclusión: Esta claro que cuando tienes licencia de armas A no te van a dar guías de pertenencia de todas las armas que puedas llegar a utilizar con esta licencia, básicamente porque no posees esas armas. Una cosa es que puedas adquirir un arma de este tipo (mostrando la licencia A te vale), como por ejemplo un arma de concurso, y otra cosa es que posteriormente tengas que solicitar la guía de pertenencia ya que dichas armas tienen que llevarla consigo.
Espero reducir vuestra incredulidad.