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- 30 Mayo 2013
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JORGE12031990 dijo:¿El plazo que se le concede a los estados para la transposición al derecho nacional de una directiva sigue siendo de un máximo de tres años?

La minoría de bloqueo requerirá (Art. 16.4 TUE):Lisbeth dijo:¿Alguien sabe qué es la "minoría de bloqueo " en el Consejo?


sergio1989 dijo:Buenos dias compañeros.
Mirando el tema me ha surgido una dudilla. Con la incorporación de Croacia en la UE, el 1 de Julio de este mismo año, en el consejo de la unión europea o consejo de ministros, el procedimiento de votación mas común es la toma de decisiones por mayoría cualificada, bien. Me pone que se alcanzará dicha mayoría con un mínimo de 255 votos, a los cuales, 27 votos de los 345, corresponden a España. La cuestión es, que si desde que entro croacia, dicho votos ¿han tenido alguna modificación?.
Gracias de antemano.

1.El Consejo Europeo orienta las políticas generales exteriores,la seguridad común y la defensa,mediante sus reuniones cumbres.El Consejo Europeo digamos que es la base donde se agarran las instituciones de la UE para llevar a cabo sus competenciaskike89 dijo:Buenas,veo que algunos vais por preguntas ya que rizan el rizo (cosa que me parece genial jaja, ojalá pudiese, porque es donde se marca la diferencia luego) pero primero tendré que tener lo básico...mis dudas son claras y seguro que podéis ayudarme...es que en cada temario tengo cosas distintas..
1.El Consejo Europeo...¿no tiene ningún poder?
2.La Comisión aún siendo un órgano ejecutivo de la UE, tiene poder ejecutivo?..tenía entendido que no.. con el argumento de que no es lo mismo gobernar que ejecutar el derecho..
3. Ante la pregunta ¿Quién ejecuta la política comunitaria?¿Qué institución diriais?
Un saludo, GRACIAS
El Tratado de Lisboa cambió e incorporó muchísimas cosas.Si tienes algún temario anterior a éste y posterior,es normal que existan diferenciaskike89 dijo:es que en cada temario tengo cosas distintas..

Segun la página oficial de la UE,260 votos como mínimo de los 352 totales.De los 352votos totales se incluye a Croacia con 7 votosLisbeth dijo:sergio1989 dijo:Buenos dias compañeros.
Mirando el tema me ha surgido una dudilla. Con la incorporación de Croacia en la UE, el 1 de Julio de este mismo año, en el consejo de la unión europea o consejo de ministros, el procedimiento de votación mas común es la toma de decisiones por mayoría cualificada, bien. Me pone que se alcanzará dicha mayoría con un mínimo de 255 votos, a los cuales, 27 votos de los 345, corresponden a España. La cuestión es, que si desde que entro croacia, dicho votos ¿han tenido alguna modificación?.
Gracias de antemano.
Según yo tengo entendido, ahora hay un triple umbral marcado por el Tratado de Niza, para que el Consejo apruebe sus cositas por mayoria cualificada.
Mis apuntes dicen que de los 352 votos posibles, deben ser positivos 260.
De los cuales 27 corresponden a España. Solo coincidimos en esto último :cry:
De esos votos positivos, deben represenatr a 15 Estados y al 62%de la población de la UE...
a ver si alguien nos aclara el porqué bailan tanto estas cifras siempre...
A partir de noviembre del 2014 serán también serán necesarios los votos de 15 de los Estados miembros pero que representen al 65%




Pelucatos,este nuevo sistema se aplica ya? es que he leído esto aqui:pelucatos dijo:Quedaté con esto:
El Consejo se pronunciará por mayoría cualificada, excepto cuando los Tratados dispongan otra cosa.
A partir del 1 de noviembre de 2014, la mayoría cualificada se definirá como un mínimo del 55 % de los miembros del Consejo que incluya al menos a quince de ellos y represente a Estados miembros que reúnan como mínimo el 65 % de la población de la Unión. Una minoría de bloqueo estará compuesta por al menos cuatro miembros del Consejo, a falta de lo cual la mayoría cualificada se considerará alcanzada. Las demás modalidades reguladoras del voto por mayoría cualificada se establecen en el apartado 2 del artículo 238 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.



El Presidente y la mesa son elegidos de entre sus diputados.La mesa tiene 5 cuestores con caracter consultivocoperniko dijo:Hola chicos/as tengo unas preguntillas acerca del tema y a ver si me podéis ayudar ya que ando un poco perdido.
La primera es acerca del Parlamento Europeo, sé que actualmente son 766 los diputados que la forman pero no sé si en este número se incluye el Presidente o son 766 + Presidente.
Otra duda es sobre la Mesa del Parlamento, ya que en el temario que uso (MAD 2013) me pone que son 6 los cuestores que participan en ella pero en algunas páginas web he visto que son 5 y que lo de los 6 cuestores fue solo durante 2 años (concretamanete del 2007 al 2009), asi que no sé a quien creer.



blanka_ig dijo:La Constitución fija la fecha de aplicación de este nuevo sistema el 1 de noviembre de 2009, fecha de la toma de posesión de la nueva Comisión, que se instaurará después de las elecciones europeas de 2009. De 2004 a 2009, se aplicará el sistema actual contemplado en el Tratado de Niza . El Tratado Constitucional recoge estas disposiciones en el «Protocolo sobre las disposiciones transitorias relativas a las instituciones y órganos de la Unión», anexo a la Constitución
Este tema siempre igual :?
gracias de antemano :wink: