Dejo otro aporte más:
ERTZAINTZA:
Capítulo V, Sección I, Artículo 44 de la Ley 4/1992 del 17 de julio de la
Policía del País Vasco.
http://noticias.juridicas.com/base_dato ... .html#c5s3
REQUISITOS:
a) Tener la nacionalidad española.
b) TENER 18 AÑOS DE EDAD Y NO HABER CUMPLIDO LOS 35 (a la fecha de presentación de instancias.)
c) Tener una ESTATURA MÍNIMA DE 1,65 METROS LOS HOMBRES Y 1,60 METROS LAS MUJERES.
d) Estar en posesión del título de GRADUADO/A EN EDUCACIÓN SECUNDARIA, DE GRADUADO/A ESCOLAR, FORMACIÓN PROFESIONAL DE PRIMER GRADO O EQUIVALENTE, O CUALQUIER OTRO DE NIVEL SUPERIOR.
e) No estar incurso en el cuadro de EXCLUSIONES MÉDICAS.
f) No haber sido condenado por delito doloso, ni separado del servicio de la Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
Para probarlo, nos exigirán “Certificado de Penales” que lo pediremos en la Subdelegación del Gobierno.
g) No haber sido excluido de un procedimiento selectivo para ingreso en algún Cuerpo de
Policía del País Vasco por la comisión de falta grave o muy grave, salvo que hubiera transcurrido un período de tiempo equivalente a su plazo de prescripción, contado desde la fecha de la declaración de la exclusión.
h)Permisos de Conducir:
1. Para entrar en la Ertzaintza, NO exigen el PERMISO DE CONDUCIR CLASE A (motos).
2. Debemos acreditar tener el permiso de conducir CLASE B. Lo pedirán al final de todo el proceso selectivo (superadas todas las pruebas), y ANTES de entrar en la Academia.
3. Nos exigirán “autorización administrativa para conducir por vías publicas vehículos prioritarios o equivalentes” (BTP), a la finalización del curso de formación en la Academia. La Academia nos da la posibilidad de obtenerlo durante el periodo de formación.
Es decir, el permiso Clase B es necesario tenerlo antes de entrar en Arkaute y el BTP (ambulancias, etc.) puede sacarse dentro.
Los permisos indicados anteriormente,DEBERÁN ESTAR EN VIGOR EN TODO MOMENTO, sin ser objeto de suspensión, retirada o privación del derecho a conducir, ya sean de carácter administrativo o judicial, ni haber perdido la totalidad de los puntos asignados.
Unos días antes de incorporarnos a la Academia, deberá firmarse un documento en el que manifestaremos que “tenemos los permisos en vigor, que no tenemos en suspenso ni nos han retirado el derecho a conducir y que no hemos perdido la totalidad de los puntos”.
POLICIA FORAL
Artículo 30 de la Ley Foral 8/2007 del 30 de marzo.
http://www.boe.es/boe/dias/2007/04/26/p ... -18303.pdf
Para ser admitido a las pruebas selectivas de ingreso como funcionarios pertenecientes a los Cuerpos de
Policía de Navarra, se requiere:
- Tener la nacionalidad española.
- Ser mayor de edad y no haber cumplido la edad de 36 años antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes.
- Estar en posesión del título académico o empleo exigido para la plaza. No obstante, para el ingreso como
policía será suficiente con estar en posesión del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente, de forma que la superación del curso de formación para el ingreso, impartido por la Escuela de Seguridad de Navarra, supondrá la equivalencia técnica entre dicho curso básico y la titulación de bachillerato, formación profesional de segundo grado o equivalente.
- Poseer las condiciones físicas y psíquicas adecuadas para el ejercicio de la función y no estar inmerso en el cuadro de exclusiones médicas que se determine en la Orden Foral del Consejero competente por razón de la materia.
- Poseer la estatura mínima que se fije reglamentariamente.
- No haber sido condenado por delito doloso, ni separado del servicio de una Administración Pública, ni hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas, sin perjuicio de la aplicación del beneficio de la rehabilitación, de acuerdo con las normas penales y administrativas.
- Estar en posesión del permiso de conducir vehículos de la clase que se determine reglamentariamente.
- Los requisitos mencionados habrán de poseerse antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes, excepto el referido al permiso de conducir, que deberá poseerse en la fecha en que se haga pública la relación de aspirantes admitidos al curso de formación.