MestreMutenroi dijo:Alpol dijo:Hombre, si los procedimientos en el CNP funcionan así y es necesario secretario...pues qué se le va a hacer. Recuerdo que ahora son direcciones por separado, por un lado DGP y por otro lado DGGC, entonces puede que dichos procedimientos sean diferentes... :roll:
Hombre Alpol, por ejemplo, puede actualizarse un poco el procedimiento. No me parece el conformismo la actitud más apropiada, si no más bien la opuesta: capacidad de autocrítica y evolución. Siempre con crítica constructiva.
¡Ojo! Yo no digo que el funcionario no me haya ajustado a la legalidad y no me haya dicho lo apropiado, no es una cuestión de personas, sino de método.
Estamos en el s.XXI, así que sellar un documento no creo que sea como para hacer un máster. Es más, en la propia Guardia Civil me informaron de que la instancia -dado el sistema de ventanilla única- podía haberla formalizado incluso en Correos. Desconozco si esto es así.
En fin, una anécdota...
Pero verás compa, es que el tema del registro exige competencia para ello.
Hay, al menos, una unidad administrativa con competencias de registro en todas las Administraciones públicas, y sólo los funcionarios integrados en ella tienen competencia y pueden sellarte algo para regitrar/presentar en esa Administración (o en cualquier otra, por regla general). Si en la comisaría X te remitieron al Secretario, es porque en esa comisaría en concreto, sólo él, el Secretario, tiene competencias en Registro.
Esa es la explicación legal. En caso de que no sea así, entonces ya estaríamos hablando de otra cosa. Y ahí ya no me meto, jeje.
Por otra parte todas las Administraciones públicas tienen firmado convenio con Correos para que éste actúe como registro. Por eso también es posible presentarla allí, en dónde la tienen que sellar previamente, y después enviarla.
p.d.: Me gusta cómo escribes, correcto y casi sin faltas!



