Al titular de la Secretaría de Procesos de la División de Formación y Perfeccionamiento del Cuerpo Nacional de
Policía.
Yo, XXXXXXXXXXXXX, con DNI número XXXXXXX y número de opositor XXXXX, habiendo realizado la prueba de conocimientos de acceso a la Escala Ejecutiva del Cuerpo Nacional de
Policía en fecha 28 de noviembre de 2015 y, a la vista de la publicación del cuestionario de preguntas en fecha 30 de noviembre de 2015, EXPONGO:
PRIMERO.- Que considero errónea la respuesta dada por válida en la pregunta nº4 del cuestionario publicado en fecha 30 de noviembre de 2015. Dicha pregunta es la siguiente, marcada con un “X” la respuesta dada por correcta:
“4. La imposición de la pena de “pérdida de la nacionalidad española”, afectaría:
a) A los que la hayan obtenido originariamente.
b) A los que la hayan obtenido derivadamente.
c) Tanto a los que la hayan obtenido originariamente como a los que la hayan obtenido de forma derivada, siempre que la pena haya sido impuesta por Autoridad Judicial competente.” X
Considero errónea dicha alternativa C), ya que va en contra del
artículo 11.2 de la Constitución española, que dice que
“ningún español de origen podrá ser privado de su nacionalidad”. Además, el Código Civil señala en su artículo 25 que “los españoles que no lo sean de origen perderán su nacionalidad…”, admitiendo la posibilidad de que sólo los españoles que hayan obtenido de forma derivada la nacionalidad podrán ser privados de ella, pero no los de origen. Un español de origen podrá perder la nacionalidad española por los motivos expresados en el artículo 24 del Código Civil, que nunca serán penas.
En definitiva, la pregunta se refiere a la imposición de una pena y, dado que un español de origen nunca podrá ser privado de su nacionalidad, se entiende, por mandato de la Constitución y el Código Civil, que
la respuesta correcta debería ser la B) y no la C).
SEGUNDO.- Que considero errónea la respuesta dada por válida en la pregunta nº 57 del citado cuestionario. Dicha pregunta es la siguiente, marcada con una “X” la respuesta dada por correcta:
“57. El primer texto donde se contempla la creación de Unidades Orgánicas de
Policía Judicial, con dependencia funcional de las autoridades judiciales y del Ministerio Fiscal es:
a) La Ley de Enjuiciamiento Criminal.
b) La Ley Orgánica de
Policía Judicial. X
c) La Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.”
Considero errónea dicha alternativa B), ya que
no existe tal Ley Orgánica. La
Policía Judicial se regula por Real Decreto 769/1987 de 19 de junio. De tratarse de un error tipográfico y querer decir en su lugar “Ley Orgánica del Poder Judicial”, sería igualmente incorrecta. Esto se debe a que la LOPJ (LO 6/1985, de 1 de julio) se refiere a la
policía judicial, a los funcionarios de
policía judicial e incluso llega a mencionar "unidades de
policía judicial", pero nunca habla de “Unidades orgánicas de
policía judicial". El primer texto en el que se les da tal categoría y mención de ORGÁNICAS es en la LO de FF y CC de Seguridad. Después vendrá el desarrollo a través del Real Decreto 769/1987 de 19 de junio.
El primer texto en el que se contempla la creación de dichas Unidades Orgánicas es en la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, que en su artículo 29.1 establece lo siguiente: “Las funciones de
Policía Judicial que se mencionan en el artículo 126 de la Constitución serán ejercidas por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, a través de las Unidades que se regulan en el presente capítulo”. Matiza después, en el artículo 30.2 de la misma norma: “Las referidas Unidades orgánicas de
Policía Judicial podrán adscribirse, en todo o en parte, por el Ministerio del Interior, oído el Consejo General del Poder Judicial, a determinados Juzgados y Tribunales. De igual manera podrán adscribirse al Ministerio Fiscal, oído el Fiscal general del Estado.”
En definitiva,
y dado que no existe tal Ley Orgánica, y aun en el caso de que la opción fuese “Ley Orgánica del Poder Judicial”, la primera norma donde se contempla la creación de dichas
unidades orgánicas es la Ley Orgánica 2/1986 de FF y CC de Seguridad. Por ello,
la respuesta correcta debería ser la C), y no la B).
Por los motivos expuestos, SOLICITO:
PRIMERO.- Tengan por presentado este escrito y las alegaciones que a él lo acompañan.
SEGUNDO.- SEAN CONSIDERADAS COMO CORRECTAS LA RESPUESTA B) A LA PREGUNTA Nº4 Y LA RESPUESTA C) A LA Nº57.
En XXXXXXX, a 1 de diciembre de 2015.
FDO. XXXXXXXXXXX