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Con requisitosAl final cómo ha quedado lo del externado este año? Carta blanca como el año pasado o han vuelto a los requisitos de siempre?

Entiendo que para solicitar el externado "clásico " o con requisitos se hace desde dentro de la escuela, no por el mail no?Con requisitos

Se hace una vez allí si no recuerdo malEntiendo que para solicitar el externado "clásico " o con requisitos se hace desde dentro de la escuela, no por el mail no?

A ver si hay suerte, cumpliendo el requisito de matrimonio y mi mujer se empadrona en Ávila en agosto-sep.Se hace una vez allí si no recuerdo mal

Requisitos y solo 100 plazas para ello.Al final cómo ha quedado lo del externado este año? Carta blanca como el año pasado o han vuelto a los requisitos de siempre?



Pero eso yo entiendo que es a los que no lo solicitaron en su momento o nos se les asignó el externado por nota y les surja alguna de las circunstancias que exponen. Al igual que a lso que estén de externado si se quedan plazas libres en la academia se le obligue a pasar a internado.No hay requisitos pero pone que después, una vez empezado el curso se podrá pedir en la Oficina del alumno supeditado a condiciones. No lo pone así literalmente pero yo lo entendí así, si no que me corrija alguien


10 días naturales a partir del siguiente a la publicación de la resolución en el BOEA ver si me podéis ayudar porque tengo un lío... El plazo para pedir externado es de 10 días naturales a partir de la publicación de la carta o del BOE? Gracias!

Perfecto, gracias!!10 días naturales a partir del siguiente a la publicación de la resolución en el BOE


2.9. Si, a lo largo del curso de formación, quedasen vacantes plazas en la Residencia de Alumnos, para la cobertura de las mismas se seguirán análogamente los mismos criterios que sirvieron para la asignación del régimen de externado expuestos en los puntos 2.2 a 2.6 anteriores, ambos inclusive, siendo ofertadas las vacantes por la Jefatura de Régimen Interior de la Escuela Nacional de Policía, a partir de aquél con mejor orden de puntuación final obtenida en la fase de oposición al que le fue asignado régimen de externado. No obstante si, tras ofertar tales vacantes a los Policías alumnos a los que inicialmente les fue asignado régimen de externado - bien a su solicitud, bien de forma obligatoria-, ninguno de ellos formulase petición de alojamiento, la mencionada Jefatura de Régimen Interior ofertará las vacantes existentes a todos los Policías alumnos en régimen de externado. De haber, en tal caso, más solicitantes que vacantes existentes, se aplicarán análogamente los mismos criterios que sirvieron para la asignación del régimen de externado expuestos en los puntos 2.2 a 2.6 anteriores, ambos inclusive.Pero una vez nos den el externado ya no no los pueden quitar aunque luego lo soliciten gente que cumpla requisitos de empadronamiento, casad@s etc no?

En otro hilo un compañero comentó que evitaramos ese tipo de relojes y que los móviles mejor los dejáramos en la habitación y te evitabas de problemas. Que a algunos los sancionaron porque sonó/vibró en clase.He estado leyendo este hilo y solo he encontrado referencias a ello durante los examenes. ¿De normal se puede llevar un Smartwatch por la academia?
Porque claro, se pueden recibir mensajes y contestarlos a través del mismo e incluso llamadas, por lo que no sé hasta que punto se puede diferenciar de un teléfono (por este uso) y estando restringidos los teléfonos a determinadas zonas... ¿Alguien sabe algo al respecto?

