• Acreditación Policías Alumnos

    Los usuarios que han resultado APTO ya pueden solicitar el alta como Policías Alumnos dentro del foro.

    No se empezarán a dar las altas hasta que el BOE no esté publicado, teniendo preferencia las Altas rápidas sobre el resto.

    SOLICITAR ACCESO COMO POLICÍA ALUMNO

Promoción XXXIII: Ni una más

Estado
No esta abierto a más respuestas.
{xen:phrase moderator}
Unido
31 Ago 2016
Mensajes
131
Felicitaciones
138
Puntos
3
Buenas tardes,llevo semanas sin meterme y ojeando por encima he visto que hablais de que pasaran unos 5000 este corte,podría alguien decirme de donde sale ese dato?gracias.

Enviado desde mi LG-H815 mediante Tapatalk
 
Buenas tardes,llevo semanas sin meterme y ojeando por encima he visto que hablais de que pasaran unos 5000 este corte,podría alguien decirme de donde sale ese dato?gracias.

Enviado desde mi LG-H815 mediante Tapatalk
Conjeturas extraídas del documento donde se solicitan los reconocimientos. En él pone 5600, algunos piensan que se darán 5000. En mi caso no soy tan optimista y pienso que con 4000 tienen de sobra.

Nada oficial, solo cábalas de los compañeros.
 
{xen:phrase moderator}
Unido
24 Jul 2016
Mensajes
84
Felicitaciones
194
Puntos
3
Y yo que pensaba que las suposiciones de bajar del 5 el corte en ortografía empezaban después de hacer el examen... pero como van a bajar el corte del 5, yo veo a mucha gente estudiar y mucho, y aunque nos pique, muchos son de los nuevos. A luchar!
 
{xen:phrase moderator}
Unido
1 Mayo 2015
Mensajes
66
Felicitaciones
152
Puntos
4
Buenas tardes,llevo semanas sin meterme y ojeando por encima he visto que hablais de que pasaran unos 5000 este corte,podría alguien decirme de donde sale ese dato?gracias.

Enviado desde mi LG-H815 mediante Tapatalk
Aquí te lo dejo.
 

Archivos adjuntos

{xen:phrase moderator}
Unido
24 Jul 2016
Mensajes
84
Felicitaciones
194
Puntos
3
En mi mensaje anterior cambiar ortografía por teoría, demasiado tarde para editar.
 
{xen:phrase moderator}
Unido
4 Oct 2016
Mensajes
478
Felicitaciones
1.432
Puntos
4
Mi primer año fue el que más tiempo invertí en la oposición y con más ilusión hice todo, con esto quiero decir que no sé a quien temer más, a los veteranos o a los nuevos. Nuestro principal rival somos nosotros mismos. Hoy me he quedado dormido frente al flexo, a muchos nos ocurrirá igual, pero no me he ido a acostar, me he hecho un colacao, he bicheado un poco por Facebool, wassap y por el foro y he vuelto de nuevo a la carga. Es duro y solo nosotros sabemos de lo que se trata, esta Navidad todos habremos vivido mucha incomprensión desde el "cariño", pero el resultado se acerca, suerte a todos y seguir luchando que al final se logrará.
Tienes toda la razón,tengo un hijo y su novia aun en el proceso para la XXXIII. Llevan desde septiembre 2015 estudiando,y desde septiembre de 2016 casi no los veo,todo el día estudiando,van a por una plaza cada uno,dadle el ultimo empujón que puede daros esa placa que tanta ilusión os hace.
Mis mejores deseos para todos,todas...


Mi texto os sirve para encontrar faltas :D
 
{xen:phrase moderator}
Unido
4 Oct 2016
Mensajes
478
Felicitaciones
1.432
Puntos
4
De la academia a la que fui el año pasado, de los que aprobaron al final y se fueron a Hábila, el 60% eran de primer año. Al final esto es pasar corte y a la división le da igual que sea tu primer año que el octavo. Para que os hagáis una idea, un chaval que fue a la entrevista era su sexta convocatoria, tres entrevistas aprobadas durante las micros y el año pasado suspenden la entrevista y cuando pidió el desglose le habían quitado puntos de motivación...No sé qué verían durante la entrevista porque presentarse durante seis años creo que demuestra motivación pero también es cierto que conforme pasan los años te vas quemando...Con esto quiero decir que puede aprobar/suspender cualquiera, que ser tu primer año no implica suspender ni que sea tu quinto implica aprobar por desgracia... :(
También puede servir cualquier pretexto para eliminar a alguien que por algún motivo no da el perfil físico o psíquico que buscan...
 
{xen:phrase moderator}
Unido
29 Oct 2016
Mensajes
529
Felicitaciones
1.238
Puntos
4
Hola chic@s,

Lo propongo así por si os interesa y ya que me diga administración si lo hago o no.

Por temas laborales, trabajo con un par de programas de muestras estadísticas y población.

Podría hacer, sin mucho esfuerzo, unos gráficos o tablas (o ambas) con las medias de las respuestas con las plantillas de examen de los foreros. Así a lo mejor es más fácil que hagáis el tema de la corrección.

Si os parece bien, vaya.

Saluditos y ánimo!
 
{xen:phrase moderator}

attica81

POLICÍA
Policía Alumno
Unido
9 Abr 2012
Mensajes
130
Felicitaciones
79
Puntos
1
Compañeros, dejo a continuación una duda sobre extranjería, ya que en su lugar correspondiente no he obtenido respuesta y va a llegar el día del examen y no la voy a tener clara.

Mi duda es sobre quién tiene competencia para expulsar a un extranjero de territorio español.

En los procedimientos administrativos la competencia para expulsar quién la tiene ¿el Delegado/Subdelegado Gobierno solo? ¿o también tiene competencia el Secretario de Estado?
En casos de procesos judiciales ¿el juez?

Si es correcto lo anterior ¿quedaría así?
- Competencia expulsión procedimientos administrativos: Delegado/Subdelegado Gobierno
- Competencia expulsión procesos judiciales: juez
 
Tengo entendido que el SES tiene competencia en la imposición de sanciones en cuanto a infracciones contra la seguridad nacional y en todo lo demás el Delegado o Sub.

En algunas infracciones la competencia del inicio del procedimiento sancionador lo tiene la Inspección de Trabajo y S.S. (contrataciones y demás).

Edito aquí: lo que no sé es quién resuelve el procedimiento en las iniciadas por la Inspección.

Madre mía que lío de tema, y me lo repasé ayer...

Creo y supongo que, en delitos (de penas de más de 1 año de prisión y bla, bla, bla), el que tiene la competencia (porque no puede ser otro) es el juez.

Si no es así corregidme que yo también me lío con los temas de extranjería...
 
Última edición:
{xen:phrase moderator}
Unido
1 Jul 2016
Mensajes
95
Felicitaciones
177
Puntos
4
Compañeros, dejo a continuación una duda sobre extranjería, ya que en su lugar correspondiente no he obtenido respuesta y va a llegar el día del examen y no la voy a tener clara.

Mi duda es sobre quién tiene competencia para expulsar a un extranjero de territorio español.

En los procedimientos administrativos la competencia para expulsar quién la tiene ¿el Delegado/Subdelegado Gobierno solo? ¿o también tiene competencia el Secretario de Estado?
En casos de procesos judiciales ¿el juez?

Si es correcto lo anterior ¿quedaría así?
- Competencia expulsión procedimientos administrativos: Delegado/Subdelegado Gobierno
- Competencia expulsión procesos judiciales: juez
Conforme al Codigo Penal (art.96 Medidas de seguridad no privativas de libertad) es el juez quien tiene la competencia.
Conforme a la LO 4/2000 es competencia del Delegado o Subdelegado del Gobierno, y cuando sean actividades contrarias a la seguridad nacional o que perjudique las relaciones de España con otros paises el Secretario de Estado de Seguridad.
Entiendo que si te preguntan sobre esto en el examen especificaran el motivo de la expulsion, y sabiendo el motivo podras saber si se acoge al C.P o a la LO organica para tramitar el expediente de expulsión. Si no concretaran el motivo de la expulsion pues serian validos tanto el juez, como el Delegado y Subdelegado del Gobierno y el Secretario de estado.
Otra cosa es el ingreso en centros de internamiento, que si lo autoriza el juez de instruccion del lugar donde se practique la detencion.
Al menos yo lo entiendo así, si no esta bien, a ver si alguien nos ayuda a comprenderlo mejor, pero mal encaminados no vamos. Espero te haya servido de ayuda.
 
{xen:phrase moderator}
Unido
4 Dic 2014
Mensajes
86
Felicitaciones
68
Puntos
2
Tengo entendido que el SES tiene competencia en la imposición de sanciones en cuanto a infracciones contra la seguridad nacional y en todo lo demás el Delegado o Sub.

En algunas infracciones la competencia del inicio del procedimiento sancionador lo tiene la Inspección de Trabajo y S.S. (contrataciones y demás).

Edito aquí: lo que no sé es quién resuelve el procedimiento en las iniciadas por la Inspección.

Madre mía que lío de tema, y me lo repasé ayer...

Creo y supongo que, en delitos (de penas de más de 1 año de prisión y bla, bla, bla), el que tiene la competencia (porque no puede ser otro) es el juez.

Si no es así corregidme que yo también me lío con los temas de extranjería...

Yo entiendo que son las autoridades que determinen las CCAA cuando tengan competencia de la autorización inicial de trabajo de extranjeros o al subdelegado o delegado en resto de casos.(Cuando se inicia por acta de la inspección de trabajo).
Está todo en el art. 55.2:

La imposición de sanciones por las infracciones administrativas establecidas en la presente Ley Orgánica corresponderá al Subdelegado del Gobierno o al Delegado del Gobierno en las Comunidades Autónomas uniprovinciales. Cuando una Comunidad Autónoma tenga atribuidas competencias en materia de autorización inicial de trabajo de extranjeros la imposición de las sanciones establecidas en esta Ley en los supuestos de infracción a que se refiere el párrafo siguiente corresponderá a la Comunidad Autónoma y se ejercerá por la Autoridad que la misma determine, dentro del ámbito de sus competencias.

En los supuestos calificados como infracción leve del artículo 52.c), d) y e), graves del artículo 53.1.b), y 53.2.a), y muy grave del artículo 54.1.d) y f), el procedimiento sancionador se iniciará por acta de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, de acuerdo con lo establecido en el procedimiento sancionador por infracciones del orden social, correspondiendo la imposición de las sanciones a las autoridades referidas en el párrafo anterior.

En los supuestos de participación en actividades contrarias a la seguridad nacional o que pueden perjudicar las relaciones de España con otros países, previstos en el artículo 54.1.a), de acuerdo con lo establecido en el procedimiento sancionador que se determine reglamentariamente, la competencia sancionadora corresponderá al Secretario de Estado de Seguridad.
 
{xen:phrase moderator}
Unido
1 Jul 2016
Mensajes
95
Felicitaciones
177
Puntos
4
Una pregunta sobre el examen de "orto" de la XXXI, ¿cuantas preguntas eran y cuanto tiempo para contestar?.
Porque el año pasado si no recuerdo mal, eran 100 palabras y 8 minutos, pero el otro no me acuerdo.
 
Yo entiendo que son las autoridades que determinen las CCAA cuando tengan competencia de la autorización inicial de trabajo de extranjeros o al subdelegado o delegado en resto de casos.(Cuando se inicia por acta de la inspección de trabajo).
Está todo en el art. 55.2:

La imposición de sanciones por las infracciones administrativas establecidas en la presente Ley Orgánica corresponderá al Subdelegado del Gobierno o al Delegado del Gobierno en las Comunidades Autónomas uniprovinciales. Cuando una Comunidad Autónoma tenga atribuidas competencias en materia de autorización inicial de trabajo de extranjeros la imposición de las sanciones establecidas en esta Ley en los supuestos de infracción a que se refiere el párrafo siguiente corresponderá a la Comunidad Autónoma y se ejercerá por la Autoridad que la misma determine, dentro del ámbito de sus competencias.

En los supuestos calificados como infracción leve del artículo 52.c), d) y e), graves del artículo 53.1.b), y 53.2.a), y muy grave del artículo 54.1.d) y f), el procedimiento sancionador se iniciará por acta de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, de acuerdo con lo establecido en el procedimiento sancionador por infracciones del orden social, correspondiendo la imposición de las sanciones a las autoridades referidas en el párrafo anterior.

En los supuestos de participación en actividades contrarias a la seguridad nacional o que pueden perjudicar las relaciones de España con otros países, previstos en el artículo 54.1.a), de acuerdo con lo establecido en el procedimiento sancionador que se determine reglamentariamente, la competencia sancionadora corresponderá al Secretario de Estado de Seguridad.
Ahí subrayo la clave, gracias compañero. La autoridad que determine la CA cuando tenga competencias en materia de autorización inicial de trabajo será la que resuelva. No me quiero meter a ver a qué autoridad le dan esas competencias porque sería rizar el rizo y puede ser que cada CA designe a un órgano diferente.

Me encantan estas cosas que se resuelven en el foro en "modo debate" porque no se te olvidan en la vida ya.

Edito: @DaniJu
http://www.todopolicia.com/foro/threads/preguntas-ortografÍa-tema-29.10063/page-111

Mensaje #2207 de @xpol
 
{xen:phrase moderator}
Unido
29 Oct 2016
Mensajes
529
Felicitaciones
1.238
Puntos
4
Una pregunta sobre el examen de "orto" de la XXXI, ¿cuantas preguntas eran y cuanto tiempo para contestar?.
Porque el año pasado si no recuerdo mal, eran 100 palabras y 8 minutos, pero el otro no me acuerdo.

Lo pedí por otro sitio pero no obtuve respuesta. Alguien, aparte de solucionarle la duda a este maravilloso chico, ¿podría pasarme los exámenes de orto de la 31 y la 32? ¡Gracias!
 
Estado
No esta abierto a más respuestas.
Superior