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Pero el centro de refugio y asilo entonces? Ese es CIAR tambienNo, no, yo solo conozco el de UCRIF
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Pero el centro de refugio y asilo entonces? Ese es CIAR tambienNo, no, yo solo conozco el de UCRIF
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Ahora mismo me pillas muuuuuyyy verde porque desde el examen no toco un libro, pero me suena en ambas la C...pero no me hagas caso que puede estar mal.Hay un par de preguntas en un test de la academia a la que estoy apuntado que me tienen bastante mosqueado. A ver cuál diríais que es la respuesta:
La inscripción de asociaciones de ámbito estatal es una competencia de:
a. Subdirección General de asociaciones documentación y publicaciones.
b. Subdirección General de asociaciones y registro.
c. Subdirección General de asociaciones, archivos y documentación.
Cual de los siguientes órganos, no depende directamente del Secretario de Estado de Seguridad:
a. Gabinete de Coordinación y Estudios.
b. CITCO
c. Secretaría General de Instituciones Penitenciarias

Habiendo dejado el temario desde el 6 F, la primera c y la segunda todos dependen directamente del SES.Hay un par de preguntas en un test de la academia a la que estoy apuntado que me tienen bastante mosqueado. A ver cuál diríais que es la respuesta:
La inscripción de asociaciones de ámbito estatal es una competencia de:
a. Subdirección General de asociaciones documentación y publicaciones.
b. Subdirección General de asociaciones y registro.
c. Subdirección General de asociaciones, archivos y documentación.
Cual de los siguientes órganos, no depende directamente del Secretario de Estado de Seguridad:
a. Gabinete de Coordinación y Estudios.
b. CITCO
c. Secretaría General de Instituciones Penitenciarias




Una duda que me ha surgido haciendo un test, os pongo la pregunta:
¿Dónde se puede constituir una Junta de Seguridad?
a) En todas las CC. AA.
b) Solo en las CC. AA. que dispongan de Cuerpos de Policía propios.
c) En las CC. AA. cuyos Estatutos dispongan, o prevean la creación, de Cuerpos propios de Policía.
Yo entiendo que la correcta sería la opción b), y así viene reflejado en mi temario, pero el test me marca como buena la opción c). ¿Qué pensáis vosotros?
Gracias.![]()


La C podría ser válida ya que aunque no los tengan propios podrían tenerlos adscritos, caso de Andalucía, Galicia...Si se dice b en esos casos no podrían constituirse dichas juntas. Pero hablo desde el recuerdo.
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Tienes por ahí algo para cerciorarme de eso?, porque lo desconocía. Además no lo veo porque una Junta es para coordinarse entre policía autonómica y las del Estado, entonces es verdad que la adscrita funcionalmente depende de la CC. AA, pero orgánicamente sigue dependiendo del MI..., pero vaya que no descarto nada hoy por hoy, si le haces el favor y lo avalas te lo agradezco.


Es que de lo que recuerdo, las CA que contaban con cuerpos propios pueden crear juntas de seguridad y por la respuesta B la limita solo a estas, sin embargo, recuerdo qie las que no tenían propios y en sus estatutos preveían la creación podían adscribirse unidades completas, por lo tanto en estas también se podrían crear. Es más por deducción que porque venga en mis apuntes.Tienes por ahí algo para cerciorarme de eso?, porque lo desconocía. Además no lo veo porque una Junta es para coordinarse entre policía autonómica y las del Estado, entonces es verdad que la adscrita funcionalmente depende de la CC. AA, pero orgánicamente sigue dependiendo del MI..., pero vaya que no descarto nada hoy por hoy, si le haces el favor y lo avalas te lo agradezco.

Yo hubiera optado por la C, la veo más completa pero tenía la duda de si con unidades adscritas tendrían Juntas de Seguridad.
Según el Estatuto de Autonomía de la Generalitat Valenciana sí que pueden, art. 55.5.

Creo que hace referencia al art. 50.1 de la LO 2/86: "En las Comunidades Autónomas que dispongan de Cuerpos de Policía propios podrá constituirse una Junta de Seguridad, integrada por igual número de representantes del Estado y de las Comunidades Autónomas, con la misión de coordinar la actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y de los Cuerpos de Policía de la Comunidad Autónoma, en los términos que reglamentariamente se determinen".No sé qué decirte..., pone "según la legislación Estatal", y tampoco encuentro que esté creada. En fin, no descarto nada.

Creo que hace referencia al art. 50.1 de la LO 2/86: "En las Comunidades Autónomas que dispongan de Cuerpos de Policía propios podrá constituirse una Junta de Seguridad, integrada por igual número de representantes del Estado y de las Comunidades Autónomas, con la misión de coordinar la actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y de los Cuerpos de Policía de la Comunidad Autónoma, en los términos que reglamentariamente se determinen".
Pero esto me genera otra duda, ¿"podrá" es voluntario?¿Puede una CCAA no tener Junta de Seguridad?

