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Buenas a todos, a ver soy novata con respecto a temario. Tengo la edición de mad de 2015 (junio).
Como se si esta actualizado a fecha de hoy o donde buscar las actualizaciones?




Es como un entreno para psicotécnicos. [emoji4]


@Craving eres genial [emoji122][emoji122][emoji122] muchas gracias.En el Boe de hoy se ha publicado la Instrucción de 29/09/2015, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre aplicación de la Ley 12/2015 de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España.
Básicamente establece que el procedimiento es electrónico y la necesidad de concurrir en los solicitantes dos requisitos:
- Probar la condición de sefardí originario de España (establece varios tipos válidos como prueba) y
- Demostrar una especial vinculación con España (también establece varios casos como, por ejemplo, tener acciones en una empresa española o ser socio de cualquier club español deportivo, cultural...)
Bueno, lo pongo por si a alguien le interesa echarle un vistazo, que sepa que ya está regulado el procedimiento para que los sefardíes originarios de España puedan acceder a la nacionalidad española sin necesidad de renunciar a la anterior.

Máquina!!!!En el Boe de hoy se ha publicado la Instrucción de 29/09/2015, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre aplicación de la Ley 12/2015 de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España.
Básicamente establece que el procedimiento es electrónico y la necesidad de concurrir en los solicitantes dos requisitos:
- Probar la condición de sefardí originario de España (establece varios tipos válidos como prueba) y
- Demostrar una especial vinculación con España (también establece varios casos como, por ejemplo, tener acciones en una empresa española o ser socio de cualquier club español deportivo, cultural...)
Bueno, lo pongo por si a alguien le interesa echarle un vistazo, que sepa que ya está regulado el procedimiento para que los sefardíes originarios de España puedan acceder a la nacionalidad española sin necesidad de renunciar a la anterior.



Te has contestado solo si se ha publicado y no entra en vigor hasta dentro de un año que más quieres saber? Jajaj@Craving hoy se ha publicado en el BOE que se deroga la Lofage, aunque entiendo que entra en vigor en un año. ¿Sabes algo?

@Craving hoy se ha publicado en el BOE que se deroga la Lofage, aunque entiendo que entra en vigor en un año. ¿Sabes algo?





Buenos días a todos, llevo mucho tiempo siguiéndoos...hoy he decidido formar parte de este mundo "FORAO" donde así compartir opiniones y demás temas que nos ayuden a la hora de afrontar este proceso el cual pinta VELOZ
He aquí una de mis dudas , respecto a la modificación de la Lecrim pues en el proyecto aprobado por las CG en marzo se introducía lo siguientes:
520.2 f) Lecrimerecho a comunicarse telefónicamente, sin demora injustificada, con un tercero de su elección. Esta comunicación se celebrará en presencia de un funcionario de policía o, en su caso, del funcionario que designen el juez o el fiscal.
La cual en la LO 5/2015 ( aun no en vigor) no aparece dicho apartado...es pues por tanto que no queda recogido como nueva modificación y que lo acordado en el proyecto de las CG no queda valido a día de hoy....
Un saludo y animo por esto que tanto soñamos conseguir