En excedencia quedas en el momento de jurar el cargo, pero durante el curso de formación y las prácticas tu estarias en una especie de "permiso" en el cual tu puedes optar a cobrar por parte del ministerio del interior o de tu pagador de procedencia, que en este caso imagino que sera el ayuntamiento donde trabajasOstras me podrias confirmar eso? No tenia ni idea. Soy policia local y en el hipotetico caso de que consiguiera aprobar podria optar por seguir cobrando mi sueldo actual? Pero en base a que? Como puedo cobrar mi sueldo sin ejercer? Mi plaza quedaria en excedencia por prestacion de servicios en el sector público.



