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Seguimiento de los exámenes generales promoción XXXV "objetivo azul"

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10 Oct 2017
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@Pf95 Bienvenido!

Antes me pasaba el mismo error, estas mezclando los Tribunales de Excepción y los Tribunales de Honor.

Los tribunales de excepción estan prohibidos, TODOS.
Los tribunales de honor estan prohibidos en el ámbito de la administración civil y de las organizaciones profesionales.

Un saludo!
 
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Pf95

XXXV
POLICÍA
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28 Jun 2018
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Segun la CE es la opción A no?
 
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Pf95

XXXV
POLICÍA
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28 Jun 2018
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@Pf95 Bienvenido!

Antes me pasaba el mismo error, estas mezclando los Tribunales de Excepción y los Tribunales de Honor.

Los tribunales de excepción estan prohibidos, TODOS.
Los tribunales de honor estan prohibidos en el ámbito de la administración civil y de las organizaciones profesionales.

Un saludo!
Ahhh hostia es verdad jajaja muchas gracias por resolverme la duda!
 
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30 Ago 2017
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Me uno, si algún día falta alguien para algún tema contar conmigo de forma esporádica, sacaré tiempo si es necesario jejeje. Voy hacer el cruji a ver que tal.... =/
 
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31 Oct 2012
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Lo que he corregido de momento me salen estas dudas/impugnaciones. Que grande Wiwino metiendo crujis antes de tiempo, igual de imprevisible que la DFP :D

En el estado de excepción el artículo 17.3 no puede suspenderse, por lo que yo puse como opción correcta la A. ¿Hay algo que se me está escapando? La opción que da como correcta" es la B (art. 17.2) que sí se puede suspender hasta los famosos 10 días.

Coincido con @Opositor Canario, es la C (mayoría 3/5 adoptado por ambas cámaras)
Tienes razón, mandaría las correcciones mal.
 
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7 Sep 2013
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¿La pregunta 19 está bien corregida? Tengo entendido que según la CE es la opción A.

PD: soy nuevo en el foro y no sé cómo poner lo del spoiler jajaja
PD2: me he creado usuario solamente por el cruji, bendito cruji. Muy buen nivel.

Suerte a todos en este duro camino.
Cómo poner spoiler viene explicado en la primera pág del hilo
Por otra parte estás confundiendo tribunales de honor (art. 26) con tribunales de excepción (art.117)
 
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Unido
10 Oct 2017
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La Agencia Europea de la Guardia de Fronteras y Costas (FRONTEX) es un organismo internacional situado en Polonia, no está incardinado en la Policia Nacional. La referencia a la Comisaría General de Extranjería y Fronteras es porque coordinará los puntos de contacto nacionales para el interacambio de información ...etc con FRONTEX, EUROSUR y más organismos internacionales.

La opción A es correcta, sin olvidar que también existe un "plazo razonable" que puede ser antes de esos 3 años para presentar una orden de levantamiento. Pero mi duda aquí es la opción C, según lo que yo he estudiado sí se puede expulsar a un menor de edad miembro de UE por motivos de seguridad pública. Da igual que no esté de acuerdo con su extradición. Valdría tanto la A como la C.

No sé, ¿qué piensan ustedes?
 
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Unido
30 Ago 2017
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La Agencia Europea de la Guardia de Fronteras y Costas (FRONTEX) es un organismo internacional situado en Polonia, no está incardinado en la Policia Nacional. La referencia a la Comisaría General de Extranjería y Fronteras es porque coordinará los puntos de contacto nacionales para el interacambio de información ...etc con FRONTEX, EUROSUR y más organismos internacionales.

La opción A es correcta, sin olvidar que también existe un "plazo razonable" que puede ser antes de esos 3 años para presentar una orden de levantamiento. Pero mi duda aquí es la opción C, según lo que yo he estudiado sí se puede expulsar a un menor de edad miembro de UE por motivos de seguridad pública. Da igual que no esté de acuerdo con su extradición. Valdría tanto la A como la C.

No sé, ¿qué piensan ustedes?
sobre la pregunta 95
tiene que poner motivos imperiosos de seguridad, si son solo motivos de seguridad no los puedes expulsar, mismos motivos que los residentes de 10 años
 
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Unido
30 Ago 2017
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Pregunta 96
el visado es el de trásito, la opción correcta seria la A no creen?
 
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fcommh

POLICÍA
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19 Sep 2017
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La buena seria la opción A ¿no?

En esta seria la respuesta C, porque son 3/5 congreso y 3/5 senado en primera vuelta, siendo en la segunda vuelta 3/5 congreso y mayoría absoluta en senado

Yo en mi temario tengo, 1 director con rango de director y un "máximo" de 5 asesores con rango de subdirector, eso en el caso del MIR

FRONTEX no depende de la PN, lo que si hace la PN en el CNIF (centro nacional inmigración y fronteras) es coordinar la información con ellos y con EUROSUR también
 
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Copwoman

Alumna con brilli brilli
POLICÍA
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24 Ene 2017
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Lo que he corregido de momento me salen estas dudas/impugnaciones. Que grande Wiwino metiendo crujis antes de tiempo, igual de imprevisible que la DFP :D

En el estado de excepción el artículo 17.3 no puede suspenderse, por lo que yo puse como opción correcta la A. ¿Hay algo que se me está escapando? La opción que da como correcta" es la B (art. 17.2) que sí se puede suspender hasta los famosos 10 días.

Coincido con @Opositor Canario, es la C (mayoría 3/5 adoptado por ambas cámaras)

La respuesta que da el corrector según mi temario no es cierta. La decisión autorizante de la circulación y entrega vigilada podrá ser tomada por el Juez de Instrucción si lo fuese en causa penal ya incoada, por el Ministerio Fiscal en sus diligencias prejudiciales, o por los Jefes, centrales o provinciales, de las Unidades Orgánicas de la Policía Judicial, o sus mandos superiores, dando cuenta al Ministerio Fiscal o al Juez de Instrucción, según que hubiese o no procedimiento judicial en curso.

* Está pregunta la vi en clase, yo no tengo mucho conocimiento en materia penal ni procesal... pero mi profesor ( ademas de poli es jurista), solo me puedo remitir al art.263 bis del cp, es una anotación qu hicimos en clase cuando vimos el tema y surgieron dudas...

Cuando la vi me recordó a una duda que planteé a mi profesor. Según la Ley 3/2015, textualmente en ningún artículo se menciona que los embajadores tienen rango de subsecretario. Sí pone que son ALTO CARGO al igual que los representantes permanentes ante organizaciones internacionales. Ese último matiz es importante, en la respuesta del corrector da por bueno "Embajadores y representantes ante organismos internacionales", ser representante a secas no garantiza ser alto cargo, la coletilla permanente es importante.

Igual que @Opositor Canario yo tengo que el Gabinete del Ministro (DG) son máximo 5 asesores y el Gabinete del SES (Subd. G.) son máx 3 asesores. Si ha cambiado, que alguien lo aclare :D
 
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10 Oct 2017
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@Copwoman Me ha costado encontrar lo que me decías, ya que es de la LECRIM :p,
Ley Orgánica 5/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal en materia de perfeccionamiento de la acción investigadora relacionada con el tráfico ilegal de drogas y otras actividades ilícitas graves.

Lo que dice el propio 263 bis es : "Los Jefes de las Unidades Orgánicas de la Policía Judicial centrales o de ámbito provincial o sus mandos superiores darán cuenta inmediata al Ministerio Fiscal sobre las autorizaciones que hubiesen otorgado de conformidad con el apartado 1 de este artículo y, si existiese procedimiento judicial abierto, al Juez de Instrucción competente.

Yo lo entiendo así: Si por ejemplo que llega una carta por correo al aeropuerto con droga dentro, entrará en juego algún tipo de protocolo para detectar si destinatario o remitente están siendo investigados previamente como parte de una trama de narcotráfico por unidades de Policía Judicial. En el caso de que ya haya procedimiento judicial en marcha investigando a esa banda, se dará cuenta al juez, pero si no se tiene noticias de ningun procedimiento contra las personas involucradas, el Ministerio Fiscal puede autorizar la entrega vigilada a efectos de investigación, de igual manera que los Jefes de PJ.

Sigo creyendo que el Ministerio Fiscal puede autorizar una entrega vigilada sin necesidad de que haya procedimiento judicial previo. Si alguien puede echar luz sobre este asunto estaría genial :D
 
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Copwoman

Alumna con brilli brilli
POLICÍA
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24 Ene 2017
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@Copwoman Me ha costado encontrar lo que me decías, ya que es de la LECRIM :p,
Ley Orgánica 5/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal en materia de perfeccionamiento de la acción investigadora relacionada con el tráfico ilegal de drogas y otras actividades ilícitas graves.

Lo que dice el propio 263 bis es : "Los Jefes de las Unidades Orgánicas de la Policía Judicial centrales o de ámbito provincial o sus mandos superiores darán cuenta inmediata al Ministerio Fiscal sobre las autorizaciones que hubiesen otorgado de conformidad con el apartado 1 de este artículo y, si existiese procedimiento judicial abierto, al Juez de Instrucción competente.

Yo lo entiendo así: Si por ejemplo que llega una carta por correo al aeropuerto con droga dentro, entrará en juego algún tipo de protocolo para detectar si destinatario o remitente están siendo investigados previamente como parte de una trama de narcotráfico por unidades de Policía Judicial. En el caso de que ya haya procedimiento judicial en marcha investigando a esa banda, se dará cuenta al juez, pero si no se tiene noticias de ningun procedimiento contra las personas involucradas, el Ministerio Fiscal puede autorizar la entrega vigilada a efectos de investigación, de igual manera que los Jefes de PJ.

Sigo creyendo que el Ministerio Fiscal puede autorizar una entrega vigilada sin necesidad de que haya procedimiento judicial previo. Si alguien puede echar luz sobre este asunto estaría genial :D
No sé compi, yo le hago caso a mi profe... yo poca ayuda puedo darte ahí! Lo explicas tú mejor que yo... pero lo que me has puesto en negrita hace referencia a los jefes de la unidad... el inicio del artículo hace referencia al juez y al mf...
pd: perdón! Me equivoqué y era la LECrim :rolleyes:
 
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Wiwino

Policía Alumno
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23 Jun 2017
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Cruji tema 11 al 20. Fecha límite para enviar las preguntas, jueves 5 de julio. El viernes por la mañana habrá test, porque yo me voy de viaje ese finde.

Tema 11
Tema 12
Tema 13
Tema 14
Tema 15//
Wiwino
Tema 16
Tema 17
Tema 18
Tema 19
Tema 20
 

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