¿Todavía hay gente que defiende que la pregunta de la Reina era la A solo porque es la que contestaron?
Vamos por partes:
Artículo 58. Constitución Española
La Reina consorte o el consorte de la Reina no podrán asumir funciones
constitucionales, salvo lo dispuesto para la Regencia.
Examen.
La Reina consorte no puede asumir funciones
institucionales, salvo lo dispuesto para la Regencia.
¿Se confundió el Tribunal al poner institucionales en lugar de constitucionales? NO, es una trampa, si no la vieron mala suerte amigos.
¿Es presidir instituciones benéficas es una función constitucional? NO, esa función no aparece en la Constitución, por tanto puede hacerlo ya que ésta solamente le prohíbe asumir funciones constitucionales, no institucionales.
¿Es la Regencia una función institucional, como así afirma la respuesta del
examen? NO, por tanto además de no ser la respuesta correcta la afirmación que hace es falsa.
"El Centro Reina Sofía, denominación de la Fundación de la Comunidad Valenciana para el Estudio de la Violencia, es una institución que, bajo la Presidencia de Honor de S. M. la Reina Doña Sofía, se dedica desde 1997 al análisis de la agresión en sus distintas formas."
http://www.centroreinasofia.es
http://www.spanishinstitute.org
Y como esta pregunta con trampas así unas cuantas... empiecen a asumir sus fallos o se llevarán una sorpresa el día de las notas. Saludos.