
- Unido
- 18 Jun 2012
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xav186 dijo:Vespero dijo:Agente00 dijo:La del Habeas Corpus era: No, salvo que sea también su representante legal. Analicemos: El "No" se refiere a según la ley del Habeas Corpus. Según esa ley el letrado no puede. Ahora bien, hay una coma y ahí es cuando se muestra la excepción de la STC que permite al letrado instar el habeas corpus, siempre que sea su representante legal.
Pero la STC permite al abogado siendo representante legal o por el simple hecho de ser el abogado, lo desconozco![]()
Y entonces, según la Ley a la que se refiere la pregunta, que personas entrarían en "representante legal del menor" , el abogado no podría pero si otra persona?
No se si me entiendes, ¿La Ley suprime al abogado siendo representante legal? ¿Pone limitaciones a eso? :guau:
La ley no suprime nada, solo que no menciona a los abogados directamente. Lo que hizo el TC es pronunciarse para aclarar que un abogado se considera representante legal a dichos efectos.
Salió también el año pasado y la respuesta es la que hace referencia a la jurisprudencia.
Recuero la pregunta del año pasado, pero después de mirar mucho lo que quiero decir es lo siguiente
Si yo soy el abogado del menor y a su vez su representante legal, a Ley me legitima para instar el procedimiento por el hecho de que soy el representante legal, no el abogado.
Igualmente la sentencia del TC declara que el abogado puede instarlo, pero no como representante legal, simplemente como abogado.




