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Preguntas SEGURIDAD PRIVADA (Tema 13)

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Unido
22 Ene 2017
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Si, pero no es lo mismo creo que uno habilita y el otro expide, a ver si alguien mas dice algo, Gracias
 
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Unido
14 Ago 2018
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Eso de expedir....te estás liando , igual habla por el hilo general , por aquí no se pasa nadie , me ha saltado a mi la alarma del mensaje porque escribí hace tiempo aquí...

Artículo 27. Habilitación profesional.
1. Para el ejercicio de las funciones de seguridad privada, el personal al que se refiere el artículo anterior habrá de obtener previamente la correspondiente habilitación del Ministerio del Interior, en los términos que reglamentariamente se determinen.

2. A quienes soliciten la habilitación, previa comprobación de que reúnen los requisitos necesarios, se les expedirá la tarjeta de identidad profesional, que incluirá todas las habilitaciones de las que el titular disponga.

La tarjeta de identidad profesional constituirá el documento público de acreditación del personal de seguridad privada mientras se encuentra en el ejercicio de sus funciones profesionales.

3. La habilitación de todo el personal de seguridad privada corresponderá a la Dirección General de la Policía, excepto la de los guardas rurales y sus especialidades que corresponderá a la Dirección General de la Guardia Civil.

4. El personal de seguridad privada ejercerá exclusivamente las funciones para los que se encuentre habilitado.

5. Reglamentariamente se determinará el régimen de incompatibilidades para el ejercicio de funciones de seguridad privada.

Lo único que puede hacer el MI y que no puede hacer la DGP es la retirada de la habilitación del personal de seguridad privada por una falta muy grave , pero habilitar habilita el MI a través de la DGP , eso de expedir....
 
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Unido
22 Ene 2017
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Yo no lo veo así, te habilitan los dos,pero uno habilita al personal y otro te habilita para ejercer las funciones pero yo ahora te pregunto en el examen te pone : quién se encargara de la habilitación del personal de seguridad ? M interior dgp o dggc qué respondes?
 
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Unido
14 Ago 2018
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Yo no lo veo asi,te habilitan los dos,pero uno habilita al personal y otro t habilita para ejercer las funciones pero yo ahora t pregunto en el examen te pone : quien se encargara de la.habilitacion del personal de seguridad ? M interior dgp o dggc que respondes ?
Pues es muy sencillo , en la 3 respuesta te tienen que poner ambas son correctas , y marcaría eso , es lo mismo que si yo te digo de quién dependen los CAR ? La dirección general de migraciones o el ministerio de trabajo migraciones y seg social? Pues ambos ya que la dirección está en el ministerio obviamente , otra cosa sería si la función es del ministerio y te dicen la dirección....

Estás en tu derecho de no verlo así , yo te digo lo que hay en la ley y lo que puede caer , el fragmento que te envié es lo que te dice la ley , ahora sí cuando te salga en el examen quien habilita al personal de seguridad privada y te salga el M interior , si tu no marcas MI porque crees que es la DGP , eres libre. B noches!
 
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Unido
26 Feb 2018
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Tras las dudas anteriores, ya que ahora me surge a mí:
Respecto al personal de seguridad privada le corresponde la habilitación para el ejercicio de sus funciones al Ministerio del Interior, a través de la expedición de la TIP (salvo guardas rurales, guardas de caza y guardapesca marítimo) pero le corresponde la habilitación como personal de seguridad privada a la DGP. ¿Correcto? Gracias.
 
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