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Preguntas MIR y DGP (temas 7 y 8)

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Unido
16 Ago 2018
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Buenas a todos,

Tengo el temario RDP y me han corregido la oficina de europol diciéndome que depende de la DGP en España y no de la DAO, por lo que ya me entra la duda, pues al ver el rd952/2018 me aparecen europol, sirene e interpol en la DAO.

Alguien me echa una mano? Gracias de antemano,
 
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Unido
2 Mayo 2016
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Yo pregunté lo mismo la semana pasada...

Yo tengo que están incardinadas en la DGP pero la dirección y coordinación depende del SES según el 2.1 de ese decreto
 
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Unido
16 Ago 2018
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Yo pregunté lo mismo la semana pasada...

Yo tengo que están incardinadas en la DGP pero la dirección y coordinación depende del SES según el 2.1 de ese decreto
Según el RD952/2018 en el art 3.2 la DAO depende de la DGP y dentro de la DAO están las OCN INTERPOL, UN EUROPOL y Oficina SIRENE.
Lo que no entiendo es por qué RDP ha corregido que la UNEUROPOL no depende de la DAO sino de la DGP, supongo que por ser el órgano superior del que depende la DAO.
 
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Unido
27 Jun 2017
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Buenas tardes compañeros. Se ha cumplido más de un mes desde que caí en las prueba físicas y he decidido empezar esta semana a retomar los estudios después de haberme dado un descanso. Los temas 7 y 8 no los llegué a estudiar porque quise dejarlos para las últimas 2 semanas antes del examen teórico, y como no salí apto de las físicas dejé el temario automáticamente y esos 2 temas se me quedaron colgados. Hace tiempo que no los toco y la mayoría de cosas se me habrán olvidado. Siguiendo mi planificación normal no debería volver a estudiarlos hasta que llegue el mes anterior al próximo test de conocimientos, pero tampoco lo quiero dejar tanto tiempo aparcado sin repasar y quiero ponerme a ello ahora para refrescar conceptos y demás. El caso es que los temarios con los que estudio son uno de OCS del 2016 y el MAD de la convocatoria XXXIV. El de OCS ya tiene más de 2 años desde que lo cogí, y de MAD la verdad es que no me fío mucho por falta de información relevante en muchos temarios y errores importantes que me he ido encontrando. El tema es que no me quiero gastar un pastón en comprar otro temario entero, sino únicamente conseguir los temas 7 y 8 actualizados, y por eso quería saber si hay alguna forma de obtener esos dos temarios de alguna manera que no sea comprando el temario entero. ¿O pensáis que puede valerme el temario de OCS? Lo que tampoco quiero es estar teniendo que pararme constantemente a comprobar si la información está anticuada y ha cambiado.
 
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2 Mayo 2016
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No te hace falta al menos para el 7. Coges el boe 952/2018 del 27 de julio y ahí está todo.
 
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JScnp

Persigue tu sueño
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5 Dic 2017
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Me acaba de dejar flipando jurispol, yo creo que han patinado.

Pregunta: La Dirección General de la Policía tiene rango de:

a) Subsecretaría
b) Secretaría General Técnica
c) Dirección General

He marcado la a sin dudarlo. Pues dice que es la c. La retro dice que el artículo 3.1. del RD 952/2018 dice literalmente: "1. La Dirección General de la Policía, cuyo titular tiene rango de subsecretario". Y que por lo tanto, sólo su titular tiene rango de subsecretario, pero el órgano es una dirección general.

¿Qué opináis? ¿Se les ha ido la olla, verdad? Si el titular tiene rango de subsecretario, qué me estás contando?

En el temario de OCS de 2017 refleja que la DGP es subsecretaría...
 
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Unido
7 Nov 2017
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Creo que en mi temario viene mal.

Tenemos;
Jefatura de Sistemas Especiales
Servicio de Medios Areos

Dependencia orgánica de la Jefatura Central de Operaciones y funcional?

En examen de Depol marca División Económica y Técnica, en temario OCS dependencia funcional de la Jefatura Central de operaciones.
 
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Dani Herrerin

Policía Alumno
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11 Sep 2018
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Es una pregunta de tirar a matar, pero tienen razón , recuerdo que mi primer año que fue una micropromoción discutiamos sobre paridas como esas que podían preguntar, y como el propio nombre indica, la DGP es una dirección general y como tal tiene ese rango...Fíjate que por debajo del DGP no existe ninguna persona con rango de Secretario General o SGT o Director General , son todo Subdirecciones.

El rango de Subsecretario que le dieron al DGP( a la persona ) fue por la importancia que conlleva esa Dirección General( fíjate como la he nombrado), pero independientemente de eso, la DGP sigue siendo una Dirección General...
Perdona que responda a tu respuesta unas semanas después, pero después de haber leído tu respuesta me ha surgido una duda, y es que con ese razonamiento tanto la Secretaria General de Instituciones Penitenciarias y la Dirección General de la Guardia civil ambas los encargados de esas tendrían rango de subsecretario pero en sí la institución tendría rango de secretaria general y GC de dirección general? O me estoy liando mucho?
 
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Unido
16 Ene 2017
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Perdona que responda a tu respuesta unas semanas después, pero después de haber leído tu respuesta me ha surgido una duda, y es que con ese razonamiento tanto la Secretaria General de Instituciones Penitenciarias y la Dirección General de la Guardia civil ambas los encargados de esas tendrían rango de subsecretario pero en sí la institución tendría rango de secretaria general y GC de dirección general? O me estoy liando mucho?

No es tan complicado como parece, como bien has dicho la SGIIPP tiene rango de subsecretaría porque es una Secretaría General, y la DGGC de Dirección General , y sus titulares ya sabemos de sobra que rango tienen, una cosa es la Administración Pública y otra los titulares de estas, como dije en el anterior mensaje lo de la DGGC Y DGP son casos particulares por la importancia que tienen.

Mírate bien el tema de la AGE y luego fijate en la estructura del MIR, para evitar confusiones.
 
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AAD

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28 Ene 2019
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Con el RD 952/2018 vuelve el DAO, desapareciendo las Jefaturas Centrales creadas con anterioridad (no confundir con Jefatura Central de Operaciones que esa sí sigue vigente).
Igualmente pasan a depender del DAO la OCN Interpol, la UN Europol y la Oficina Sirene.
 
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AAD

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28 Ene 2019
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Pero la jefatura central de operaciones no sale en RD 952/2018,
Me vuelvo loca con esto...
En la pagina de la dgp tampoco sale
 
M
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Pero la jefatura central de operaciones no sale en RD 952/2018,
Me vuelvo loca con esto...
En la pagina de la dgp tampoco sale
Revisa el artículo 2 de la ORDEN INT/28/2013, que sigue en vigor hasta nueva regulación.
 
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AAD

Unido
28 Ene 2019
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Si, lo he mirado pero tambien el INT/2678/2015, el cual modifica el articulo 2 del int/28/2013, no me queda claro, a versi me puedes ayudar a entenderlo porfavor
 
M
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Miembro eliminado 26960

Guest
Orden INT/28/2013 Artículo 2. Dirección Adjunta Operativa.
Dependiendo directamente de su titular existirá una Secretaría General que se encargará de lo relativo al asesoramiento, coordinación documental y apoyo en los aspectos técnicos y de gestión de los medios personales y materiales.

Además, estará integrada por las siguientes unidades:

1. Jefatura Central de Operaciones.

Le corresponde la asistencia y apoyo al Director Adjunto Operativo en la coordinación, gestión y supervisión en el ámbito de la operatividad policial.

De la Jefatura Central de Operaciones dependerán las Comisarías Especiales de la Casa Real; de la Presidencia del Gobierno; del Congreso de los Diputados, Defensor del Pueblo y Tribunal de Cuentas; del Senado; del Tribunal Constitucional; y del Consejo General del Poder Judicial, Tribunal Supremo y Audiencia Nacional, que prestarán los servicios policiales necesarios en los órganos en que tienen su sede.

Asimismo, sin perjuicio de la dependencia funcional de las autoridades autonómicas competentes, dependen orgánicamente de la Jefatura Central de Operaciones:

a) Unidades Adscritas a las Comunidades Autónomas, constituidas de conformidad con los artículos 37.2 y 47 de la Ley Orgánica 2/1986, de Fuerzas y Cuerpo de Seguridad, por el Real Decreto 221/1991, de 22 de febrero, modificado por el Real Decreto 1089/2000, de 9 de junio.

b) Unidades de Colaboración Policial Adscritas a las Comunidades Autónomas, incluidas en el artículo 37.3 de la citada Ley Orgánica.

"Dependerá también de la Jefatura Central de Operaciones el Área de Seguimiento y Control de la Violencia en el Ámbito Familiar, a la que corresponde el seguimiento y análisis, en el ámbito policial, para el tratamiento de la violencia doméstica, promoviendo iniciativas y medidas dirigidas a la lucha contra el problema social que estas violencias suponen."


Orden INT/2678/2015. Artículo único. Modificación de la Orden INT/28/2013, de 18 de enero, por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los Servicios Centrales y Periféricos de la Dirección General de la Policía.
La Orden INT/28/2013, de 18 de enero, por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los Servicios Centrales y Periféricos de la Dirección General de la Policía, queda modificada como sigue:

Uno. Se suprime el último párrafo del apartado 1 del artículo 2.

CONCLUSIÓN: Lo que suprime la Orden INT/2678/2015 es el último párrafo del apartado 1 del artículo 2, es decir, lo que hace referencia al Área de Seguimiento y Control de la Violencia en el Ámbito Familiar el cual deja de depender de la Jefatura Central de Operaciones, si bien, dicha Jefatura Central de Operaciones se mantiene vigente.
 
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Piroclastico

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18 Ago 2013
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Orden INT/28/2013 Artículo 2. Dirección Adjunta Operativa.
Dependiendo directamente de su titular existirá una Secretaría General que se encargará de lo relativo al asesoramiento, coordinación documental y apoyo en los aspectos técnicos y de gestión de los medios personales y materiales.

Además, estará integrada por las siguientes unidades:

1. Jefatura Central de Operaciones.

Le corresponde la asistencia y apoyo al Director Adjunto Operativo en la coordinación, gestión y supervisión en el ámbito de la operatividad policial.

De la Jefatura Central de Operaciones dependerán las Comisarías Especiales de la Casa Real; de la Presidencia del Gobierno; del Congreso de los Diputados, Defensor del Pueblo y Tribunal de Cuentas; del Senado; del Tribunal Constitucional; y del Consejo General del Poder Judicial, Tribunal Supremo y Audiencia Nacional, que prestarán los servicios policiales necesarios en los órganos en que tienen su sede.

Asimismo, sin perjuicio de la dependencia funcional de las autoridades autonómicas competentes, dependen orgánicamente de la Jefatura Central de Operaciones:

a) Unidades Adscritas a las Comunidades Autónomas, constituidas de conformidad con los artículos 37.2 y 47 de la Ley Orgánica 2/1986, de Fuerzas y Cuerpo de Seguridad, por el Real Decreto 221/1991, de 22 de febrero, modificado por el Real Decreto 1089/2000, de 9 de junio.

b) Unidades de Colaboración Policial Adscritas a las Comunidades Autónomas, incluidas en el artículo 37.3 de la citada Ley Orgánica.

"Dependerá también de la Jefatura Central de Operaciones el Área de Seguimiento y Control de la Violencia en el Ámbito Familiar, a la que corresponde el seguimiento y análisis, en el ámbito policial, para el tratamiento de la violencia doméstica, promoviendo iniciativas y medidas dirigidas a la lucha contra el problema social que estas violencias suponen."


Orden INT/2678/2015. Artículo único. Modificación de la Orden INT/28/2013, de 18 de enero, por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los Servicios Centrales y Periféricos de la Dirección General de la Policía.
La Orden INT/28/2013, de 18 de enero, por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los Servicios Centrales y Periféricos de la Dirección General de la Policía, queda modificada como sigue:

Uno. Se suprime el último párrafo del apartado 1 del artículo 2.

CONCLUSIÓN: Lo que suprime la Orden INT/2678/2015 es el último párrafo del apartado 1 del artículo 2, es decir, lo que hace referencia al Área de Seguimiento y Control de la Violencia en el Ámbito Familiar el cual deja de depender de la Jefatura Central de Operaciones, si bien, dicha Jefatura Central de Operaciones se mantiene vigente.
Una pregunta os voy a hacer a raíz de esto, porque hay disparidad de opiniones en cuanto a la dependencia de las oficinas nacionales de Europol, sirene, etc... Sé que aquí ya se ha tratado, pero preguntando en diversas academias te dan respuestas diferentes.
En principio dependerían de la DAO según algunos, pero según otros, la DFP ha sacado una adenda donde dice que siguen dependiendo de la Div. De cooperación internacional hasta que se desarrolle una nueva instrucción que las “saque” de ahí. ¿Vosotros qué opináis?
 
M
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Miembro eliminado 26960

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Una pregunta os voy a hacer a raíz de esto, porque hay disparidad de opiniones en cuanto a la dependencia de las oficinas nacionales de Europol, sirene, etc... Sé que aquí ya se ha tratado, pero preguntando en diversas academias te dan respuestas diferentes.
En principio dependerían de la DAO según algunos, pero según otros, la DFP ha sacado una adenda donde dice que siguen dependiendo de la Div. De cooperación internacional hasta que se desarrolle una nueva instrucción que las “saque” de ahí. ¿Vosotros qué opináis?

Exactamente, existe mucha disparidad de criterios según editoriales y la interpretación del RD 952/2018. Lo que sí queda claro es la necesidad de una regulación normativa que actualice los Servicios Centrales y Periféricos de la DGP. Como bien sabes, cada vez que hay algún cambio normativo en cuanto a estructuras el llevarlo a cabo en la realidad no resulta ni tan ágil ni tan inmediato (y más en nuestras cosas de palacio).

Ante tales hechos nos limitamos al literal de la normativa
RD 952/2018 : "La Dirección Adjunta Operativa, encargada de la colaboración con el Director General en la dirección de las funciones de mantenimiento del orden y la seguridad ciudadana, y la dirección, coordinación y supervisión de las unidades centrales, supraterritoriales y territoriales; el seguimiento y control de los resultados de los programas operativos, y en la definición de los recursos humanos y materiales aplicables a dichos programas; y la Oficina Central Nacional de INTERPOL, la Unidad Nacional de EUROPOL y la Oficina SIRENE."

El propio texto no es muy aclaratorio y deja abierta a interpretación la tan temida pregunta sobre la DEPENDENCIA o no del DAO de dichas unidades, es más, cuando habla de Oficina Central Nacional de INTERPOL, Unidad Nacional de EUROPOL y la Oficina SIRENE la desmarca del resto de funciones que tiene la Dirección Adjunta Operativa. No existe una respuesta contundente y nuestra conclusión es simplemente la que has dado; hasta que haya una nueva regulación todo queda en el aire y en el transcurso de dicho proceso la División de Cooperación Internacional seguirá teniendo potestades en relación a estas unidades.
Si aparece una pregunta en tal sentido nos ceñiríamos a la literalidad del texto legal. Y si no se ciñe a él estaríamos en campo de nadie; sujeto a interpretaciones diversas. A veces saber cuando no marcar una respuesta es la respuesta correcta.

Pero insistimos, cada regulación estructural requiere de un tiempo para que sea efectiva dentro de nuestro cuerpo. Recordemos la época en la que la ODAC comenzó a formar parte de Policía Judicial.
 

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